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INTERROGATORIO EN A.P.

  • Consulta : 1791
  • Autor : jorge92
  • Publicado : 2012-10-03 13:06 desde la IP: 187.188.161.221
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 9,013
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  • Autor
    Consulta

  • jorge92
    ESTUDIANTE

    Estado de Referencia: San Luís Potosí

    Hola que tal soy estudiante de derecho de san luis potosi, mi duda no es tan complicada, unicamente quiero saber si en la averiguacion previa, el ministerio publico tiene las facultades para interrogar en una testimonial ofrecida por la parte ofendida, es decir si el ofendido puede solicitar que se le interroge al testigo, o si es a criterio del ministerio publico el hacerlo o no,  si es asi, les agradeceria que me dijeran en donde biene reglamentado. gracias. 

     

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  • Autor
    Respuesta No: 2436

  • AbogadoBernal
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    El ministerio publico esta facultado para realizar cualquier tipo de diligencia, conforme a derecho, para poder hacerse llegar elementos de conviccion.

    Esto esta legislado en el apartado de pruebas de tu Codigo de Procedimientos Penales local.



  • Autor
    Respuesta No: 2442

  • SERGIO GONZALEZ
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Jorge.  Recuerda que el C. Agente del Ministerio Publico es el que representa  a la Sociedad y quien vela dentro del Procedimiento para que el Presunto responsable sea Juzgado por los delitos cometidos y se le aplique la sancion . El ofendido coadyuva con el MP dentro del procedimiento para que a los presuntos responsables se les aplique el rigor de la Ley. Y si en un determinado caso el Ofendido solicita por medio del MP el que se presente un testigo  para aclarar un hecho. El MP tendra que solicitar al Juez que se cite a tal persona para aclarar un punto de controversia. y en este caso el MP  realizar el interrogatorio al testigo solicitado y  asi llegar a la verdad de los hechos. espero te haya ayudado . Buena Suerte.



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