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REPOSICION DE PROCESO

  • Consulta : 1523
  • Autor : valerilo
  • Publicado : 2012-06-22 20:04 desde la IP: 201.157.10.37
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 9,014
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  • Autor
    Consulta

  • valerilo
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    BUENAS TARDES... ES CIERTO QUE SE PUEDE GANAR UN AMPARO INDIRECTO, TAN SOLO PORQUE MI FAMILIAR TIENE 28 AÑOS EN LA PUESTA A DISPOSICION ANTE EL MP, Y EN JUZGADO TIENE LA EDAD DE 27?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 1992

  • LIC ESTRADA
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola: No, definitivamente no daria un motivo sustancial para llevar a cabo una reposicion de procedimiento, pues para ello deberian de valorarse hechos que afectaron la garantia de adecuada defensa, y que fueron determinantes... y por otro lado posibles violaciones a las reglas del debido proceso, por ahi creo que si podria encontrar elementos, que pudieran originar la reposicion del procedimiento... pero en el asunto que comentas definitivamente no es correcta esa apreciacion....

    LIC. ESTRADA email: despachoestrada arroba Hottmail

    cel. 55 43442775.

    Nextel: id 52 * 14 * 25471.



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