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Sala Penal
AVERIGUACION PREVIA
- Consulta : 1502
- Autor : lued60
- Publicado : 2012-06-14 18:21 desde la IP: 187.194.30.154
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 9,014
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 14 de Junio de 2012
Estado de Referencia: Aguascalientes
Buenas tardes, me llegó una averiguación previa para que rinda declaración en carácter de imado, sé de que se trata, y esto es así: rente dos locales, el inquilino un día simplemente se fué, le pedí me entregara legalmente los locales y se negó. Esta demandado vía sumario de deshacio. Ahora esa averiguación consiste en que me acusa de despojo de cuatro locales ( son 4 locales en el mismo domicilio). Obviamente esta incurriendo en falsedad ya que los otros dos locales han estado rentados desde antes que llegara ese inquilino. Pregunta: que me aconsejan hacer. Gracias por su atención
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 1946
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Fecha de respuesta: Viernes 15 de Junio de 2012 14:55 2012-06-15 14:55 desde IP: 148.233.178.77
que tal, te saludo cordialmente ..... ante todo debes buscar la asesoría de un abogado de tu localidad, pues por la cotidaneidad de su labor tienen contacto directo con las leyes locales y son quienes pueden darte mayores luces al respecto .... no obstante, mi consejo es que te presentes a declarar, sin ningún temor de que puedan detenerte o algo parecido .... si sabes que el delito que se te impu-ta es DESPOJO, entonces hablamos de un delito patrimonial, que por ende no es grave y en consecuencia el MP no puede detenerte por un caso de urgencia o por tratarse de delito grave .... ademas, es evidente que no estamos ante un caso de FLAGRANCIA, por lo que menos aún puede ordenar tu detención el MP .... saludos, espero que mi opinion te sea útil.
Autor
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AutorRespuesta No: 1949
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Fecha de respuesta: Sábado 16 de Junio de 2012 14:10 2012-06-16 14:10 desde IP: 187.194.26.214
Gracias por su respuesta, me sirvió para estar tranquilo en el aspecto de una supuesta detención, pero como le digo, de lo que me acusan es completamente falso, no sé como el M.P. le pudo dar seguimiento para que se iniciara esa averiguación previa. Ahora ¿puedo ejercer alguna acción legal en su contra? (estoy seguro de que ésta persona buscará maneras de seguir molestando con otros recursos "legales" o artimañas tal vez con el propósito de desesperarme y yo parar el sumario de deshaucio, o de que incurra en algún error; no sé). Gracias nuevamente por su atención
Autor
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AutorRespuesta No: 1953
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Fecha de respuesta: Lunes 18 de Junio de 2012 13:21 2012-06-18 13:21 desde IP: 148.233.178.77
Que tal, te saludo nuevamente ..... el actuar del MP está regulado por el art. 21 Constitucional, que le otorga la facultad de perseguir los delitos; en ese sentido, cuando el MP recibe una denuncia o querella, su OBLIGACIÓN es inciar una investigación, siempre que de lo expuesto por el denunciante o querellante se dilucide la posible comisión de un hecho considerado en la norma como delito .... con esto quiero dejarte claro que el MP no tiene la obligación de investigar si el hecho es falso o no; ello corresponde a las partes, es decir, el ofendido (en este caso, la persona que dices se querelló en tu contra por la posible comisión de un despojo) debe probar sus pretensiones, y tú como inculpado debes probar tus defensas .... si el hecho carece de veracidad, a como lo planteas, te corresponde allegar las pruebas que demuestren ese extremo, pero te repito, el MP no tiene la obligación de investigar si los hechos son falsos .... espero que mi opinión te sea útil. Saludos.
Autor
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AutorRespuesta No: 1954
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Fecha de respuesta: Lunes 18 de Junio de 2012 13:25 2012-06-18 13:25 desde IP: 148.233.178.77
me disculpo, se me olvidó dar respuesta a tu otra cuestionante ..... por lo incipiente del asunto (es decir, el caso es muy reciente) no existe una acción legal que ejercer en contra de dicha persona, al menos por el momento .... si en dado caso, llegas a demostrar que los hechos que te impu-tó carecían de veracidad, o si buscó engañar a la autyoridad para lograr una sentencia en su favor, entonces podría configurarse alguna acción delictiva (impu-tación de querellas falsas, fraude procesal) pero ello requeriría de un estudio posterior .... espero haber aclarado tus dudas. Saludos.
Autor
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AutorRespuesta No: 1961
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Fecha de respuesta: Lunes 18 de Junio de 2012 19:40 2012-06-18 19:40 desde IP: 189.144.54.107
Hola nuevamente con respeeto a las opiniones emitidas, primero deberas acudir a la cita ante ministerio publico, segundo el delito de despojo
se castiga con pena de prision, es decir si amerita cárcel, pero una vez que se integre adecuadamente la indagatoria, deberas ´preguntarte
primero si deconocias lo que es el despojo, si estabas rentando y al no recibir la renta decidiste impedir el uso del oo los locales, efectivamente
se configua el despojo, si aun tenian la posesion los inquilinos y se las quitaste estas en problemas, si se habian salido, no hay delito
alguno
Autor
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AutorRespuesta No: 1968
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Fecha de respuesta: Martes 19 de Junio de 2012 22:25 2012-06-19 22:25 desde IP: 189.234.192.128
Muchas gracias por su respuestas, me fueron de gran ayuda. Saludos
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
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