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COMO SABER SI HAY UNA AVERIGUACION PREVIA EN MI CONTRA
- Consulta : 1373
- Autor : lusia
- Publicado : 2012-05-02 19:14 desde la IP: 189.233.70.12
- Tipo de Usuario :
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 02 de Mayo de 2012
Estado de Referencia: Distrito Federal
EN DIAS PASADOS SEGUN LEVANTARON UNA AVERIGUACION PREVIA POR LESIONES Y PANDILLERISMO PERO EL MP DICE K NO PUEDE DARNOS INFORMACION AL RESPECTO Y ENTONCES COMO PODEMOS DEFENDERNOS SI NO SABEMOS QUE ESTA SUCEDIENDO ESPERO QUE ME PUEDAN ORIENTAR AL RESPECTO AUN NO CUENTO CON ABOGADO Y POR SER UNA PERSONA CIVIL NO ME PUEDEN DAR ESTA INFORMACION ¿ESO ES CIERTO? ¿COMO PUEDO VER MI AVERIGUACION PREVIA?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 1765
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Fecha de respuesta: Miércoles 02 de Mayo de 2012 22:42 2012-05-02 22:42 desde IP: 189.165.121.170
saludos. en los casos en que no se es detenido en flagrancia, ante la imposibilidad del ministerio para detener a persona alguna, a lo sumo podra girar un citatorio para que te presentes a declarar y en esa diligencia podras nombrar a tu defensor, en ella podras declarar o abstenerte de hacerlo, segun tu conveniencia y se te informara del señalamiento que pudiese existir en tu contra y de o las personas que te señalen en algun hecho ilicito. lo recomendable es que consultes el asunto con el abogado que pretendas nombrar, para que te asesore, en caso de que seas abordado por los investigadores y no te vayan a perjudicar, escudandose tras una supuesta orden de presentacion que aunque es voluntaria, en la practica no tiene nada de eso, maxime que si no asistes con abogado te nombran al de oficio y la verdad no son nada confiables.
Autor
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AutorRespuesta No: 1766
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Fecha de respuesta: Jueves 03 de Mayo de 2012 11:11 2012-05-03 11:11 desde IP: 189.233.70.12
LO QUE PASA ES QUE LAS PERSONAS DENUNCIANTES FUERON EN DIAS PASADOS A BALACEAR LA CASA Y ELLOS LEVANTARON LA DENUNCIA ALEGANDO PANDILLERISMO Y LESIONES SIENDO QUE ELLOS FUERON LOS AGRESORES Y AL QUERER LEVANTAR LA DENUNCIA NOSOTROS POR ALLANAMIENTO DE MORADA ,DISPAROS CON ARMA DE FUEGO , Y DAÑO A LAPROPIEDAD NOS DIJIERON QUE NO PROCESIDIA PORQUE NO HUBO MUERTOS U HERIDOS MI PREGUNTA ES ¿COMO SABER SI REALMENTE HAY UNA AVERIGUACION PREVIA POR ESOS DELITOS? YA QUE EL MINISTERIO PUBLICO ESTA MUY RENUENTE AL RESPECTO LAS PERSONAS IMPLICADAS YA NO ESTAN EN EL D.F. POR SEGURIDAD MAS SIN ENCAMBIO LOS DENUNCIANTES INTIMIDAD A LOS DEMAS FAMILIARES CON ARMA EN MANO Y SUPUESTOS SEUDOJUDICIALES RONDAN LA CASA ESTO SUCEDIO EL DOMINGO Y TODAVIA NO HAY UN CITATORIO O ALGO PARECIDO POR ESO ES MI INCERTIDUMBRE ¿EN CUANTO TIEMPO LLEGA UN CITATORIO?¿SI NO HAY NADIE EN LA CASA QUIEN LO VA A RECIBIR? ESPERO NO MOLESTAR CON MI INQUIETUDES Y ESPERO PRONTO SU RESPUESTA GRACIAS
Autor
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AutorRespuesta No: 1767
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Fecha de respuesta: Jueves 03 de Mayo de 2012 11:57 2012-05-03 11:57 desde IP: 189.165.121.170
saludos.
el hecho de que la autoridad se ponga en ese plan al que aludes no debe extrañar, pues creeme que no eres la excepcion, asi se las gastan. tus dudas son:
¿COMO SABER SI REALMENTE HAY UNA AVERIGUACION PREVIA POR ESOS DELITOS?
muchos te podrian decir que tramitando un amparo, pero en lo particular creo que estaria de sobra pues como no existe flagrancia, no va existir orden de detencion, que es el acto que en dado caso podria ser susceptible de ampararse en contra de ello, no asi contra la posible orden de presentacion, que por su naturaleza juridica conlleva una connotacion voluntaria, que no afecta la libertad. no existe sistema en el que puedas checar averiguacion previa, por el siguilo que ese tipo de investigaciones llevan. como dijiste en tu primera aportacion, hablaste ya tuviste un acercamiento con el M.P., por lo que te aconsejo que libremente acudas con un abogado y lo nombres como tu defensor, haber que acuerda la autoridad a dicha promocion. es decir si existe la previa tendran que citarte a ratificar la promocion y discernirle el cargo, ademas que obviamente ya te habras entrevistado con quien vayas a nombrar y te aconseje.
¿EN CUANTO TIEMPO LLEGA UN CITATORIO?
es imposible saber cuando va a llegar, pues lo uncio que de alguna manera sirve de motivacion al M.P. es el plazo de prescripcion de la accion penal, entonces mientras no llegue a su termino ese plazo, igual es que te citen hoy o hasta meses o casi un año. por ello es que lo importante es que para cuando te llegue, tu ya cuentes con quien te vaya a representar.
¿SI NO HAY NADIE EN LA CASA QUIEN LO VA A RECIBIR?
lo dejan en el domicilio. depende del estilo propio de la agencia. hay quienes mandan personal de la agencia, hay quienes utilizan al grupo de policia investigadora. en este ultimo caso, es cuando va a depender de la buena fe del grupo a cargo, pues en lo personal, me ha tocado casos, en los que lo menos que le hacen saber al citado es que tiene que comparecer voluntariamente y se los llevan voluntariamente a fuerzas, ya estando en las instalaciones, si no va el abogado en el momento, en defcto se te asigna el de oficio y es vital la primera declaracion que vayas a dar sobre el asunto, pues involuntariamente o por desconocimiento podrias aceptar hechos que despues te sean adversos y que a la postre dificilmente podrias cambiar tu version. hay otros investigadores que si respetan las formalidades y hacen la invitacion a la persona y hacen saber el citatorio, esto es el dia y hora para presentarse. por ello que te insista en la eleccion de la persona que pretendas designar como tu defensor y evitar asi un contratiempo en su nombramiento.
Autor
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AutorRespuesta No: 1769
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Fecha de respuesta: Jueves 03 de Mayo de 2012 20:44 2012-05-03 20:44 desde IP: 189.233.70.12
OK MUCHAS GRACIAS MANDARON UN CITATORIO AL ANTIGUO TRABAJO DE UNA DE LAS PERSONAS IMPLICADAS PERO COMO YA NO TRABAJA EN ESE LUGAR EL PATRON NO LO QUISO RECIBIR PERO IGUAL NO SABEMOS QUE DESIA YA EN ESTOS MOMENTOS QUE SEGUIRIA ¿USTED CUANTO NOS COBRARIA POR LLEVAR EL CASO?NO CONTAMOS CON MUCHO DINERO YA QUE SOMOS PERSONAS DE ESCASOS RECURSOS Y TODO ESTO SI NOS PREOCUPA POR ESA SITUACION ESPERO SEA PRONTA SU RESPUESTA Y MUCHAS GRACIAS POR TODO
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AutorRespuesta No: 1770
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Fecha de respuesta: Jueves 03 de Mayo de 2012 23:18 2012-05-03 23:18 desde IP: 189.240.1.7
AMIGO YA RESOLVISTE TU PROBLEMA, ESTOY INSCRITO EN AMNISTIA INTERNACIONAL,.
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AutorRespuesta No: 1775
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Fecha de respuesta: Viernes 04 de Mayo de 2012 00:45 2012-05-04 00:45 desde IP: 189.165.121.170
disculpa, litigo en guadalajara jalisco, veo que tu asunto es del D.F. te sugiero que lo consultes con algun abogado de tu localidad
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AutorRespuesta No: 1776
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Fecha de respuesta: Viernes 04 de Mayo de 2012 00:46 2012-05-04 00:46 desde IP: 189.165.121.170
disculpa, litigo en guadalajara jalisco, veo que tu asunto es del D.F. te sugiero que lo consultes con algun abogado de tu localidad
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AutorRespuesta No: 1777
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Fecha de respuesta: Viernes 04 de Mayo de 2012 15:01 2012-05-04 15:01 desde IP: 189.233.70.12
MUCHAS GRACIAS DE TODOS MODOS SUS CONSEJOS ME HAN SERVIDO DE MUCHO Y ESPERO ME SIGA ACONSEJANDO GRACIAS
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AutorRespuesta No: 1778
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Fecha de respuesta: Sábado 05 de Mayo de 2012 18:44 2012-05-05 18:44 desde IP: 189.233.70.12
BUENAS TARDES OTRA VEZ YO CONSEGUIMOS UN ABOGADO EL CUAL NOS DIJO QUE MIS CONOCIDOS
PUEDEN TRAMITAR UN AMPARO EL CUAL NOS COSTARIA 3000 PESOS MI PREGUNTA ES ¿SI SE PUEDE
TRAMITAR DICHO AMPARO ?SEGUN EL DELITO ES POR LESIONES Y PANDILLERISMO EN ESTE CASO SERIAN
5 AMPAROS Y YA DESPUES DE ESTE AMPARO Y A SABIENDAS DE LA RESOLUCION ELLOS PODRAN TRANSITAR
LIBREMENTE POR LA VIA PUBLICA SIN QUE LOS DETENGAN Y SEGUIR SU PROCESO POR FUERA ESPERO SU
RESPUESTA YA QUE TENEMOS QUE JUNTAR ESE DINERO Y NO ME GUSTARIA QUE ME ENGAÑARAN CON
FALSAS EZPERANZAS MUCHAS GRACIAS
Autor
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AutorRespuesta No: 1779
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Fecha de respuesta: Lunes 07 de Mayo de 2012 11:23 2012-05-07 11:23 desde IP: 189.165.72.60
saludos desde Guadalajara.
tendria que comenzar explicandote que el amparo puede tramitarse en contra de un acto determinado, real y existente, pues en caso de que no exista el mismo, podran darle entrada al mismo, pero a la postre se va asobreseer, por no tener materia de estudio. es decir puedes ampararte y se va a admitir y radicar en un juzgado, incluso si se solicita la suspension se ordenara la suspension en los delitos que no sean considerados como graves, pero en cuanto la autoridad contra la que pides el amparo, rinda informe en sentido que no existe el acto reclamado que le imas, se va sobresser el amparo, es decir se va a dejar sin efecto, como si no hubieses tramitado nada, para que me entiendas.
ahora, en tu caso, es posible que existan dos actos que puedan afectar a estas personas, 1 orden de detencion que puede emitir el ministerio publico en casos de flagrancia, que en el caso, que comentas, no se actualiza por el solo transcurso del tiempo, por ende, por simple logica, es de anticipar, que un amparo de este tipo se va a sobreseer inminentemente. y 2. Orden de aprehension girada por un juez, si es que la previa ya se consigno a los juzgados y se hizo el pedimento correspondiente y se obsequio la orden en el juzgado. este es el acto que normalmente uno, no esta en condiciones ciertas de saber si existe o no, por la misma naturaleza dl acto, es decir se lleva con riguroso sigilo, y solo se comunica al M.p. por lo que es dificil saberlo, si no estas nombrado en un asunto. la manera de preverlo o anticiparlo, es que al abogado este checando la previa, estar pendiente de cuando se consigne y una vez consignada, rastrearla en los juzgados y ahora si tramitar en su momento oportuno el amparo, cuando la posibilidad de la concesion de la orden sea mas real y no meras presunciones o suposiciones.
Lo que te quiero dar a entender, es que si tramitas el amparo y no existe el acto que reclamas, ahi termina tu amparo y adios dinero que diste. y mas aun, el hecho de hubieras tramitado un amparo y este se sobresea, no te da garantia alguna de que a la postre no se girara la orden de aprehension , o si se llegase a girar, no puede tener efectos sobre ese acto, el amparo anterior que se promovio cuando nisiquiera existia la propia orden. y si bien en un primer momento no existia, pues tal vez nisiquiera se habian consignado los hechos al propio juez, el amparo no puede tener efectos a futuro sobre jhechos inciertos e inexistentes, pero si a la postre llega a tener vida juridica, de nada te va a valer el amparo que previamente se hubiese tramitado.
sinceramente, yo cuando tramito ese tipo de amparo y en esa etapa, es por lo siguiente: que varios de las personas que consultan a uno para un determinado problema, tienen algunos otros problemas pasados que pueden tener repercusiones ahora y lo que es innegable, es que aunque comparezca como presentado a declarar en una previa determinada, lo que hacen los investigadores, es consultar que esa persona no tenga algun mandamiento de captura pendiente, osea ya nisiquiera por esa causa, sino por otra cuestion anterior, entonces si da positivo, el cliente se queda detenido, no por el asunto que actualmente va, sino por lo otro, entonces en estos casos si conviene tramitarlos, porque si existe duda de que se le ande buscando (porque ya estuvo detenido, dejo de firmar, en alguna ocasion estuvo en problemas, etc) existe el riego que se le haga efectiva una orden anterior.
como te decia en lineas anteriores, sigo afirmando, que lo mejor es que pagues al abogado, por asistirte en la declaracion, por darle seguimiento a la previa, hasta que se consigne a juzgados, de forma tal que te haga saber el momento que se consigno y ahora si tramitar el amparo en caso necesario y gastes cuando realmente lo ocupes. un amparo por tres mil pesos, no es mucho realmente, pero tal vez no sea el momento idoneo y cuando realmente se necesite, tal vez ocupes mas de fianza, eso se puede observar tras checar la previa, es decir viendo, que tipo de lesiones, su gravedad, etc., pero no porque pagues por el de 3,000 implica que te vas a ahorrar el que realmente necesites, por eso te insisto que puede ser un gasto de mas. te repito, si lo recomiendo, en los caos que ya te dije.
en conclusion yo recomiendo ampliamente el amparo indirecto, para el caso de que por los antecedentes de la persona que se pretende presentar ante la agencia, tenga dudas de que lo vayan a detener, por algun asunto pendiente. y una vez que informen que no existe orden alguna, presentarlo sobreseguro, de que cuando lo investiguen, no tendra un pedimento pendiente de cumplimentar y no lo detengan. ya si arroja algun pedimento, se tendra que determinar si el delito le permite o no gozar de la suspension para efecto de que no se le prive de su libertad, esto dependiendo si el delito se considere o no grave.
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
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