- Inicio
- Sala Penal
Sala Penal
DAñO CULPOSO ACCIDENTE VEHICULAR // APRENSIóN
- Consulta : 1230
- Autor : Carlos79
- Publicado : 2012-03-14 01:08 desde la IP: 187.179.8.45
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 9,017
-
AutorConsulta
-
Publicado el Miércoles 14 de Marzo de 2012
Estado de Referencia: Guanajuato
Hola a todos los amigos de esta página.
Mi consulta es la siguiente:
Fui acusado, culpado y aprendido por el delito de daño culposo por un accidente vehicular.
El afectado nunca comparesio al juzgado (mi intención era llegar a un arreglo con el), la aseguradora continuo con el juicio fui aprendido, despues de 2 meses estar preso y de esperar a encontrar al afectado (quien curiosamente se fue de la ciudad a los dias del accidente) pagamos una fianza y continue firmando en el juzgado cerca de 8 meses, hasta que por una oportunidad de trabajo y problemas familiares cambie mi lugar de residencia a otro estado y deje de ir a firmar al juzgado.
La aseguradora no quiso llegar a un acuerdo, el peritaje salio con un valor excesivo (desde nuestra perspectiva) ni siquiera a pagar en plazos fue considerado por la aseguradora.
Las preguntas son:
Caduca este delito? Son mas de 3 años que deje de firmar
Cambio la forma de los juicios ahora son orales, me ayuda en algo?
Quisiera visitar a mi familia y no se si sigue vigente la orden de aprensión?
si viajo en avión es probable que me detengan en el aeropuerto?
Puedo sacar un amparo?
Gracias de antemano por sus respuestas, saludos.
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 1670
-
Fecha de respuesta: Viernes 16 de Marzo de 2012 13:11 2012-03-16 13:11 desde IP: 189.194.252.180
Para darte una respuesta a la altura,es necesario que aclares tu consulta y ver si es porsible que proporciones la entidad en la que se te juzgó?
Asi como la fecha en que se te sentencia al pago? y la fecca en que dejaste se firmar?
en cuanto a tus preguntas:
Es posible que te acojas a los veneficios del juicio oral y opotar por uno de los medios alternativos de solución de conflictos.
En tu caso, no opera la prescripcion de la acción, sino de la pena. Pero para responderte sin especular en conveniente aclarar tu consulta.
SALUDOS.....
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
Columna leida: 78765040 veces.
Lecturas completas: 4100