Estado de Referencia: Estado de México
nuevamente les consulto señores.por lo de el incumplimiento de parte de la albacea.
queremos saber a ciencia cierta si recibiria castigo,sancion economica.multa o que?
entendemos que haciendo una remocion de albacea queda fuera de la responsabilidad,pero NO deseamos que se vaya asi de simple ,queremos que reciba castigo por la falta de atencion,interes y responsabilidad al cargo que le fue conferido no solo por nosotros sino por un juez.quien avalo el cargo..
ya nos dijeron que en base a los articulos 1745 y 1746 podemos hacer la remocion y pedir el rendimiento de cuentas .
pero que necesitamos.hacer primero la adjudicacion de bienes para cada uno,
la remosion y pedir el rendimiento de cuentas o que?
son ocho años y va para nueve en que no vemos un solo peso de esas viviendas......ademas deseamos que al momento de recibir el fruto (dinero )que les ha dejado durante ese tiempo...vender a la brevedad posible ...si ustedes conocen a quien este dispuesto a comprar se los agradeceremos en que nos informen..
por su atencion gracias........