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AYUDA PARA LIBERACION...

  • Consulta : 835
  • Autor : LicJesus
  • Publicado : 2011-07-12 15:49 desde la IP: 189.155.242.3
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  • Autor
    Consulta

  • LicJesus
    ESTUDIANTE

    Estado de Referencia: Aguascalientes

    Hola, buenas tardes a todos. Solicito de esta manera ayuda para poder iniciar algun proceso de liberacion para mi padre.

    Les contare su caso:

    Su caso fue muy famoso en la ciudad de Chihuahua, el atendia y administrava los seguros de una empresa muy grande en Chihuahua. Ya llevaba alrededor de 6 años administrandolos y sin ninguna queja, cuando de repente mataron a una de las gerentes de dicha empresa. Todo apuntaba hacia el director y/o el amante que la senora tenia quien laboraba tambien en la empresa.

    A mi padre lo secuestraron judiciales un jueves en la maniana, lo torturaron para que se declarara culpable de un delito que no habia hecho. Una semana despues fue trasladado al CERESO de Chihuahua, ya con una orden de aprension con fecha del domingo, y se le acuso de ser el Autor Intelectual del asesinato de esta señora, y el motivo por que habia hecho fraude con los seguros la señora lo descubrio y la mando matar.

    Se comprobo con la ayuda de las aseguradoras que no hubo ningun fraude, por tanto el movil no era cierto, y como no hay pruebas en su contra parecia todo que saldria a nuestro favor. Tambien denunciamos el secuestro y las violaciones indebidas en la CNDH lo cual no procedio porque no se podia comprobar nada. Este amparo fue negado...

    Despues, el MP cambio su movil a que esta senora tenia el poder de decidir quien se quedaria con los seguros y a mi papa le iban a quitar los seguros por su culpa. Nosotros comprobamos que quien decidia de los seguros era solamente el dirigente y no ella, y que la relacion de esta senora y mi papa siempre fue buena, no en comparacion con la del director con quien tenia muchos problemas y mas con su amante...  Esta instancia, la segunda, fue negada tambien.

    Finalmente el MP cambio el movil, argumentando que como esta senora "HABIA DECIDIDO QUITARLE LOS SEGUROS", mi papa la mando matar. Ahora fue como si fuera venganza. Uff... en fin, y aparte acusaron a mi padre de ser el autor intelectual E inductor del asesinato.

    Cabe destacar, que en el caso no existe el autor material, y el unico "testigo" que utilizan, fue un malandro que le pagaron para declararse culpable y acusar INDIRECTAMENTE A MI PADRE, y toman su testimonio como si fuera 100% real, como si su testimonio valiera mas que el de mi padre, o el de los miles de empleados que tiene la empresa y que acusaban al amante o al director. En fin, a lo que voy es que al no existir un autor material, no se puede acusar en linea ascendente a un autor intelectual.

    Aun asi el MP sentencio a mi padre a 40 años de prision, y asi se han ido agotando todas las instancias. En su momento solicitamos juicio oral, el cual nos negaron por "que no podian hacer la ley retroactiva en su beneficio, por que el delito era muy grave".

    Hace poco movieron del Cereso de Chihuahua a un CEFERESO en Veracruz, y la razon fue para darle mas proteccion, pero la verdad es que esta muriendo lentamente, siendo que el es inocente esta cumpliendo la pena del ricachon que lo mando a el, que nada tenia que ver....

     

    Que puedo hacer en este caso? Alguna manera de reabrir el caso, alguna manera de liberacion condicional, etc?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 1200

  • abogadomendoza
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Respondo:

    El tema que expone es delicado, toda vez que por su redacción, el agente del MP no agotó todas las instancias de investigación y consigno el expediente, más sin embargo y a reserva de revisar los autos, consideramos que existen argumentos de defensa para su padre y con los cuales se puede reducir la pena y/o en el momento porcesal oportuno desvirtuar los hechos que se argumentarón para fundamentar la defensa de forma que su padre pueda ser absuelto del delito en virtud de que existen argumentos de defensa que no fuerón agotados por el MP que integró la averiguación.

    Quedamos a sus ordenes.

    Abogado Mendoza

    Mendoza, Miranda & Reynoso Abogados.

    Tel: 01-3064-2782

    Cel: 044-55-3064-2782



  • Autor
    Respuesta No: 1202

  • LeX-Martín
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola, es obvio que tu padre ha librado ya un proceso penal por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO, en el cual el Órgano Jurisdiccional estimó justa una condena de 40 años; siendo así, el juzgador, cuando menos en teoría, valoró todas y cada una de las pruebas ofrecidas por las partes, otorgándole pleno valor probatorio a unas y desestimando por completo otras; esto se debe a que la figura del Juez posee libre arbitrio en relación a sus funciones y autoridad. Sería interesante que nos comentaras si esta condena corresponde a una sentencia definitiva de PRIMERA INSTANCIA o a un recurso interpuesto ante el tribunal de alzada [APELACIÓN].

    En relación a tu pregunta respecto a "reabrir" el caso, te puedo comentar que efectivamente la ley contempla un aparato procesal denominado REPOSICIÓN DE PROCEDIMIENTO, pero este sólo podrá ser ordenado por un Tribunal Superior de Justicia a razón de un recurso interpuesto en tiempo y forma, tomando en cuenta lo previsto en el Código de Procedimientos Penales para tu entidad.

    La reducción de una condena depende de los beneficios que la Ley local establezca, y estos se otorgarán a partir de una correcta clasificación del tipo y exacta aplicación de la ley, contemplando circunstancias atenuantes del delito, tarea un tanto difícil para la conducta de Homicidio, y mucho menos calificado, además de que ya no se encuentra en la etapa procesal oprtuna toda vez que ha sido sentenciado.

    En tu redacción comentas: "el M.P. sentenció a mi papá a 40 años..." = ¡NO! , quien dictó sentencia condenatoria fue el Juez, el M.P. simplemente es la Representación Social. Ahora bien, comentas que en algún momento solicitaron el JUICIO ORAL, esta modalidad procesal se refiere a un nuevo sistema judicial que lamentablemente NO PODRÁ SER APLICADO RETROACTIVAMENTE para averiguaciones previas, procesos y sentencias iniciadas con anterioridad a la entrada en vigor de éste mismo, nada tiene que ver si el delito es grave o no, y por el contrario, las leyes SÓLO SERÁN RETROACTIVAS CUANDO SUS EFECTOS SEAN EN BENEFICIO DEL INCULPADO, PERO LAMENTABLEMENTE ALGUNOS ARTÍCULOS TRANSITORIOS DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES IMPIDEN SU APLICACIÓN RETROACTIVA.

    El Ministerio Público ADSCRITO se debe dar a la tarea de conseguir una sentencia condenatoria, en ningún caso librará conclusiones NO ACUSATORIAS; es decir, contundentes o no, utilizará las pruebas recabadas en favor de la Procuraduría, con el fin de condenar al inculpado. Que no te sorprenda ninguna de las maniobras que el M.P. realiza para acreditar el tipo penal, es normal, de hecho es su trabajo, por encomienda de la Procuración de Justicia.

    No cuento con mucha información sobre la causa penal, pero a simple vista me resulta idóneo y hasta cierto punto próspero el interponer AMPARO ANTE LA JUSTICIA FEDERAL...

    Ojalá nos puedas comentar más detalles sobre el expediente de tu papá; personalmente te deseo mucha suerte y te sugiero que te mantengas fuerte, además de una buena defensa, los litigios se ganan con mucha paciencia...

    Estoy a tus órdenes...

    Dr. Martín Fidel R.



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