Estado de Referencia: Aguascalientes
Que tal he sido vinculado a proceso por concepto de incumplimiento de pensión alimenticia, el fondo de pensiones alimentarias giró un documento donde señala que no tiene nigun registro de depósito, pero yo cuento con los recibos correspondientes por concepto de pension, leyendo un poco con anterioridad el contenido de esta maravillosa pagina, leí un poco el código penal para el Estado de Hidalgo y he encontrado que en el capítulo de delitos contra la fe pública en su título IV INFIDELIDAD DE LA CUSTODIA DE DOCUMENTOS Y VIOLACIÓN DE SECRETOS en su artículo 302 a continuación transcribo dicho artículo menciona una pena para el servidor público que incurra en ese delito
"Artículo 302.- El servidor público que por sí o por interpósita persona sustraiga, destruya u oculte información o documentación que se encuentre bajo custodia o a la cual tenga acceso o de la que tenga conocimiento en virtud de su empleo, cargo o comisión, sufrirá la pena de uno a cinco años de prisión y multa de 20 a 250 días."
Ya que por lo que leí me podría enfrentrar a una pena de 3 a 5 años de prisión, puedo aquerellarme en contra de la persona que emitió este documento, es decir se encuadra con el delito que señala dicho artículo con la omisión o la destrucción de los recibos de los depósitos que he realizado y que procedimiento tengo que llevar para que se certifique que dichos recibos son jurídicamente válidos, ya que se me hace muy poco ético por parte de esta dependencia demuestre tan poco interés en su labor y a mi me pueda costar mi libertad.
Otra pregunta mi demandante en su declaración no afirma, ni niega que yo he realizado los depósitos ella podría estar cometiendo el delito de falsedad de testimonio ya que igualmente está omitiendo el reconocimiento delos depósitos que he realizado.
En verdad agradecería mucho su apoyo en esta situacion