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ME DESPIDIERON DE MI TRABAJO
- Consulta : 958
- Autor : garciaggv
- Publicado : 2011-02-27 13:56 desde la IP: 189.221.67.249
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 590
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 27 de Febrero de 2011
Estado de Referencia: Aguascalientes
Por favor diganme a que tengo derecho, ya que voy a poner mi demanda laboral, addemas de que lo considero un acto en contra de los derechos humanos al despedirme de esa manera.
En espera de su respuesta hoy mismo ya que mañana pondre mi demanda, gracias
Jerry Garcìa
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 1067
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Fecha de respuesta: Domingo 27 de Febrero de 2011 14:17 2011-02-27 14:17 desde IP: 189.208.200.29
En respuesta a su consulta, le informo.
Si usted fue despedido injustificadamente, tiene derecho a las siguientes prestaciones:
Indemnización constitucional, consistente en tres meses de salario; prima de antigüedad, consistente en doce días por cadaaño de servicios prestados, o parte proporcional, prestación ésta que sepagacon un salario máximo equivalente a dos veces el salario mínimo delárea geográfica en que se ubique el centro de trabajo; vacaciones y prima vacacional correspondientes al último año de servicios cumplidos, en caso que no le hayan otorgado las primeras y pagado la segunda; vacaciones y prima vacacionalproporcionales al tiempo trabajado, desde el último año de servicios cumplido, hastala fecha en que lo despidieron; aguinaldo proporcional alos días trabajados durante 2011; sueldos y prestaciones devengadas que no le hayan sido pagadas al momento del despido, y los salarios caídos, desdela fecha del despido hasta eldía que elpatrón de cumplimiento al laudo que lo condene a pagarlos; estas prestaciones son en base a la Ley Federal del Trabajo, en caso que en su empresa rija algún contrato colectivo que considere mayores prestaciones que las establecida en la ley, su liquidación deberá ser conforme al contrato colectivo.
Debe asistirse de un abogado espeialista en derecho laboral, a fin de que lleve a cabo los trámites legales necesarios.
Asimismo, le recomiendo que, bajo ninguna circunstancia, no firme el patrón ningún documento si nolo ha revisado el abogsado que contrate, ni finiquito, ni liquidación, ni convenio ni renuncia, ni ninguno otro del cual pueda desprenderse que no lo despidieron injustificadamente, sino que usted se separó voluntariamente del trabajo.
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
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