- Inicio
- Sala Laboral
Sala Laboral
DESPIDO INJUSTIFICADO
- Consulta : 933
- Autor : franciscorenato
- Publicado : 2011-02-21 21:52 desde la IP: 189.210.252.116
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 590
-
AutorConsulta
-
Publicado el Lunes 21 de Febrero de 2011
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 1042
-
Fecha de respuesta: Martes 22 de Febrero de 2011 08:37 2011-02-22 08:37 desde IP: 189.208.200.29
En respuesta a su consulta, le informo.
Con motivo del despido injustificado de que ha sido oibjeto, usted tiene derecho a las siguientes prestaciones:
Indemnización constitucional, consistente en el pago de tres meses de salario (artículo 48, de laLey Federal del Trabajo): $ 22,860.00;
Prima de antigüedad, consistente en doce días por cada año de servicios, o parte proporcional (rtículo 162, de la Ley Federal del Trabajo), que en su caso, serán 79.5 días, prestación que se paga, no con su salario, sino con el equivalente a dos veces el salario mínimno del área geográfica en que se ubique la empresa (aproximadamente $ 116.50): $ 9,261.75;
Vacaciones y prima vacacional correspondientes al sexto año de servicios cumplido en julio de 2010, en caso que no se las hayan otorgado y pagado, respectivamente (12 días de vacaciones y el 25% del sueldo de esos días, por concepto de prima vacacional): $ $ 3,810.00;
Vacaciones y prima vacacional proporcionales al tiempo trabajado de julio de 2010, a febrero de 2011 (7.5 días de vacaciones y 25% deprima): 2,381.256;
Aguinaldo proporcional al tiempo trabajado durante 2011 (1.875 días): $ 476.25
Sueldos y prestaciones devengadas y no pagadas al momento del despido.
Debe asistirse de un abogado especialista en derecho laboral, a fin de que inicie los trámites legales correspondientes, con la presentación de la demanda en contra del patrón, en la que además de los conceptos ya señalados, deberá también reclamar el pago de salarios caídos, desde la fecha del despido, hasta el día que el patrón de cumplimiento al laudo que lo condene a pagarlos.
Como recomendación, le sugiero que no firme alpatrón ningún documento, ni finiquito, ni liquidacón, ni convenio, ni renuncia, ni cualquiera otro del que pueda desprenderse que no fue despedido injustificadamente, sino que usted fue quien diópor terminada voluntariuamente la relación de trabajo.
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
Columna leida: 78807812 veces.
Lecturas completas: 4103