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Sala Laboral
DESPIDO INJUSTIFICADO
- Consulta : 926
- Autor : monique18cs
- Publicado : 2011-02-20 20:13 desde la IP: 189.136.43.151
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 588
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 20 de Febrero de 2011
Estado de Referencia: Distrito Federal
Hola podría ayudarme con este caso, tengo a un trabajador desdepdido de forma injustificada, su fecha de ingreso 24/07/2007 y la fecha de salida 09/06/2008, cómo debe calcular el monto del pago que debe recibir por la empresa, todo confome a la LFT, permaneció incapacitado hasta que regreso y le dieron las gracias, no hubo aviso por parte del patrón ni renuncia. Gracias por el apoyo.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 1039
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Fecha de respuesta: Lunes 21 de Febrero de 2011 19:33 2011-02-21 19:33 desde IP: 189.208.200.29
Si el cliente que usted tiene y respecto del cual pretende se le asesore para que pueda patrocinarlo, dejó de prestar sus servicios al patrón desde el nueve dejunio de dos mil ocho, entonces, conforme a la Ley Federal del Trabajo, no le corresponde nada, pues en términos del artículo 518, de la Ley Federal del Trabajo, su derecho a demandar al patrón prescribió alos dos meses de haber sido despedido.
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
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