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PATRON SUSTITUTO

  • Consulta : 876
  • Autor : MARTINA
  • Publicado : 2011-02-10 13:09 desde la IP: 189.135.220.69
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 593
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  • Autor
    Consulta

  • MARTINA
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Estimados laboristas, si pudieran ayudarme con una duda, cómo se acredita la figura de patrón sustituto en la fase de ejecución de laudo. El supuesto es: Que al momento de requerir el cumplimiento del Laudo, al presentarse al domicilio de la Empresa demandada, se encuentra una Empresa diferente, pero con el mismo giro y uno de los socios de la antigüa empresa es socio de la nueva. Que excepciones podrían oponer en el incidente. Agradeciendo de antemano su ayuda quedo a sus órdenes.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 975

  • SENTIDOJURIDICO
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    SALUDOS COMPAÑERA;  LOS ELEMENTOS QUE SE TIENEN QUE ACREDITAR CUANDO LA EMPRESA DEMANDADA HA DEJADO DE EXISTIR PERO SE ENCUENTRA EN SU LUGAR OTRA ES A SABER:

    QUE EXISTA IDENTIDAD DEL DOMICILIO DE LA EMPRESA PRIMIGENEA; QUE SE HAYA ADQUIRIDO PARCIAL O TOTALMENTE EL PATRIMONIO DE LA EMPRESA ANTERIOR Y LA CONTINUACIÓN DE LAS ACTIVIDADES QUE REALIZABA EL PATRON SUSTITUIDO; ADEMAS SE PUEDE CONSULTAR JURISPRUDENCIA AL RESPECTO; PERO EN ESENCIA ES LO QUE SE TIENE QUE DEMOSTRAR. SI TIENES ALGUNA DUDA O COMENTARIOS EN MI OFICINA SE ENCUENTRAN LOS NUMEROS A LOS QUE TE PUEDES COMUNICAR. SUERTE



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