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VACACIONES
- Consulta : 865
- Autor : eduardo1973
- Publicado : 2011-02-08 19:41 desde la IP: 201.160.193.18
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 594
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 08 de Febrero de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 967
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Fecha de respuesta: Miércoles 09 de Febrero de 2011 09:11 2011-02-09 09:11 desde IP: 189.208.200.29
En respuesta a su consulta, le informo.
De conformidad con el artículo 76, de la Ley Federal del Trabajo, usted tiene derecho a disfrutar, por el primer año de servicios cumplido, seis días de vacaciones con pago de salario íntegro.
Ahora bien, dado que su salario está constituido por una cantidad fija y una porción variable, resultado de las comisiones, para establecer el monto del que deben de pagarle en esas vacaciones, es necesario sacar el promedio de las comisiones que ha percibido durante el año de servicios, para lo cual, se suman todas las que haya devengado, y el resultado lo divide entre 360, lo que le permitirá conocer a cuanto asciende la parte variable de su salario, sumándola a la porción fija y así obtendrá el salario diario.
Adicionalmente al pago del salario de los seis días de vacaciones, también deberán pagarle la prima vacacional, que asciende el veinticinco por ciento del salario promedio de esos días de descanso.
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
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