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NO MEREZCO AGUINALDO EN CONTRATO X HONORARIOS?

  • Consulta : 700
  • Autor : memisusu
  • Publicado : 2011-01-05 15:13 desde la IP: 189.239.65.145
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 593
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  • Autor
    Consulta

  • memisusu
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Aguascalientes

    A quien corresponda.

    Necesito por favor me asesoren, mi caso es el siguiente.

     

    Llevo trabajando para un empresa industrial 30 años como el único médico de la empresa, tengo a mi cargo todo lo relacionado a seguridad industrial desde manuales hasta simulacros, sin embargo mi contrato siempre a sido por honorarios. Esto debido a que la empresa me comenta que dentro de su presupeusto no tiene asignado para un médico de planta.

    Cuando cumpli 25 años SI me reconocieron, me dieron si reconocimiento impreso y un bono, sin embargo en Agosto cumpli 30 años y con toda seguridad esperaba mi reconocimiento y mi bono como años pasados, pero esta vez me salieron con que por estar contratado por honorarios no tengo derecho a NADA, esto obvio desato muchas inconformidades en mi y reclame el aguinaldo QUE NUNCA en mis 30 años de trabajo e recibido.

    Sin embrago ellos se justifican diciendo que el buffete de abogados de la empresa es lo que estipula y quesimplemente no tengo derecho a nada.

    ( yo firmo contrato por honorarios cada año y  voy solo 3 dias en horario completo)

    Por tal razon necesito saber si esos 30 años de trabajo continuo, con certificaciones, reconociemtos etc, me dan el derecho de solicitar algunas prestacionese incluso hasta prepararme en caso de que decidan liquidarme.

    A que tengo derecho y a que no?... Necesito saberlo con  bases para que la próxima junta que tengo con ellos tenga argumento solidos.

     

    AGRADEZCO DE ANTE MANO SU VALIOSA Y PROFESIONAL ASESORIA.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 801

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    A fin de poder darle una adecuada, completa y correcta orientación, es necesario que seamás explícito respecto las funciones que desempeña como médico en la empresa, y si sus actividades se encuentran subordinadas a los directivos y/o funcionarios del centro de trabajo, o usted determina cuándo, cómo, dónde y a quien brinda ese servicio.

    Lo anterior, porque el elemento que distingue a un contrato de prestación de servicios profesionales con un contrato de trabajo, es precisamente la subordinación, siendo irrelevante la denominación que se le de a la congraprestación económica que usted devengue por sus servicios.

    Si lo desea, puede usted ingresar a mi oficina virtual en este mismo foro,  dando un click con el ratón en el ícono que se encuentra en la parte superior a esta respuesta y que representa un maletín, en donde podrá tener acceso a mi nombre completo, domicilio, teléfono y ciudad en que ejerzo, así como a mi correo electrónico, medio de comunicación que puede ser empleado para que me remita la documentación e información siguiente.

    Contrato que tiene usted celebrado, ya que deberá efectuarse un detenido análisis de sus cláusulas, a fin de estaglecer si de las mismas se desprende o no ese elemento de subordinación distintivo de todo contrato laboral; asimismo, proporcionarme los datos siguientes:

    Hacer una detallada descripción de las actividades que desarrolla, relacionadas con el tipo de atención médica que se brinda en la empresa a los trabajadores, indicando si las personas a quienes debe examinárseles, la decide usted, o bien, le es ordenada por algún directivo del centro de trabajo, y la forma en que usted recibe esas indicaciones.

    Qué tipo de manuales de seguridad industrial es usted responsable de elaborar, y en base a qué toma en consideraciónlos aspectos que deben contemplarse en los mismos, esto es, si son decisión propia, o bien, siguiendo alguna política institucional del establecimiento que expresamente le sea señalada por algún directivo, funcionario o representante de la empresa, y en caso de ser así, si las indicaciones son verebales o por escrito.

    Qué tipo de simulacros prepara, programa y lleva a cabo dentro de las instalaciones del centro de trabajo, y en base a qué se llevan a cabo los mismos, señalando si los aspectos que en ellos se consideran, son decididos por usted, o bien recibe instrucciones de algún directivo de la empresa, y en caso afirmativo, si esas instrucciones son verbales o por escrito.

    En los casos de visitas de inspección de las autoridades del trabajo encargadas de supervisar los programas de seguridad industrial, usted tiene alguna intervención en representación de la empresa, o solamente los diretivos del establecimiento lo hacen; rinde usted informes para dichos efectos a las mencionadas autoridades; lleva usted a cabo programas de capacitación en seguridad industrial al personal de la fuente de trabajo, y en caso afirmativo, si es usted quién decide qué tipo de capacitación debe impartirse y a qué trabajadores se les proporciona, o bien, son los directivos de la empresa y solamente le dan a usted las instrucciones respectivas, y en caso afirmativo, si son verbales o por escrito.

    Qué intervención tiene usted como médico, en los casos delos trabajadores que sufren un riesgo de trabajo; firma los formatos MT-1, mediante los cuales se informa al Instituto Mexicano del Seguro Social de esos accidentes laborales en su carácter de representante de la empresa, o lo hace otro directivo; usted decide señalar en dichos formularios las circunstancias de tiempo, modo, lugar y ocasión del evento laboral, o bien, la decisión la toman en otra área, por parte de otro funcionario de la empresa.

    Al asistir a prestar sus servicios, usted cumple con algún medio de control de asistencia, como lista de asistencia o tarjeta de asistencia marcada mediante reloj checador, o a través de algún reloj digital u otra forma similar.

    Cómo le son pagados los honorarios que devenga (al respecto, me permito informarle que en términos de lo dispuesto por los artículos 82, 83 y 84, de la Ley Federal del Trabajo, el salario es la retribución queel trabajador recibe como contraprestación por su servicio personal subordinado, el cual puede fijarse por unidad de tiempo, por unidad de obra, por comisión, a precio alzado o de cualquier otra forma, pues finalmente, se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación,primas, prestacionesen especie y cualquier otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo, sin importar la denominación que se le de a ese pago, de forma tal que, existiendo el elemento de subordinación en su contrato, esos honorarios constituyen propiamente su salario).

    En espera de serle útil, le envío un cordial saludo.



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