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NO LOCALIZAN A MI EXJEFA, POR ESO NO ME HAN RESUELTO LO DE MI DESPIDO

  • Consulta : 677
  • Autor : emau
  • Publicado : 2010-12-27 16:15 desde la IP: 189.234.127.84
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 592
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    Consulta

  • emau
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Querétaro

    HOla,

     

    espero alguien me pueda ayudar.

    Fui a poner mi queja a conciliacion desde el 19 de agosto de 2010, pues me dijo mi exjefa ya no me podía seguir pagando, no me ha dado mi liquidacion ni mis dos meses de sueldo que me debe.

    No se presentó a la primera cita (yo le di el citatorio en su mano).

    Para la segunda cita me dijeron que alguien de conciliacion iba a ir a darle citatorio, a lo que yo les dije que no siempre habia gente en la oficina, y ellos me contestaron que no habia problema, que dejaban el citatorio y ya.  Se llegó la fecha de la segunda cita y me dijeron que no habían podido hacer nada porque el actuario había ido al domicilio y que nadie le abrió la puerta. Me pusieron la cita para el 14 de enero para otra cita.

     

    Me gustaría saber como se puede proceder en este caso de que la persona se esconda o no se pueda localizar, o la nieguen, o nieguen que yo he laborado ahi.

     

     El abogado de conciliación modificó el acta y también puso su domicilio particular.

     

    Lo que no quiero es llegar a la cita el 14 de enero y que me digan de nuevo que no pudieron avanzar en mi caso porque no hubo nadie quien les abriera la puerta.

     

    se agradece de antemano su ayuda,

    saludos.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 767

  • emau
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Quiero aclarar que la empresa sigue funcionando, no han cerrado, es una empresa la cual comenzaron trabajando en la publicidad, el diseño grafico y editorial, pero con el curso de tiempo el giro cambió, y ahora se dedican más a hacer eventos (es por eso que no siempre hay gente en la oficina, pues se van todos a trabajar al evento). 

     

    Al cambiar el giro de la empresa, empezaron a utilizar un nombre comercial (el cual no esta registrado). yo estoy demandando a esta empresa con su nombre que tienen dado de alta ante hacienda, pues yo comencé laborando ahi desde antes que pusieran el nuevo nombre. El nombre viejo lo siguen utilizando algunas veces.



  • Autor
    Respuesta No: 769

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    Si bien es cierto, usted no menciona expresamente haber presentado en contra de la empresa para la que laboraba y de la que fue despedida, la demanda correspondiente, ya que solamente señala haber puesto una queja, infiero que efectivamente el trámite que usted realizó, fue precisamente demandar, y la audiencia de conciliación, demanda y excepciones, ofrecimiento y admisión de pruebas, que es la inicial del juicio, no ha podido llevarse a cabo, en virtud dew que no ha ido posible notificar y emplazar a juicio a la empresa demandada, razón ésta por la que se ha diferido hastaen tres ocasiones y, muy probablemente, volverá a ocurrir lo mismo en la que se fijpo para el 14 de enero del año próximo, pues es de suponerse que tampoco se emplazó al patrón con la anticipación orevista en la Ley Federal del Trabajo.

    Ahora bien, dado que por las razones que expone, es obvio que al constituirse el actuario para la práctica de la diligencia de notificación y emplazamiento, ha encontrado cerrado el lugar en el que ustedprestó sus servicios, lo que deberá hacer su abogado, en la fecha señalada para el 14 de enero, si apun no pudo notificarse a la demandada, es insistir que nuevamente se constituya el actuario en el domicilio señalado en la demanda, solicitando que sele permita a usted acudir en su compañía, y además, si usted puede saber la hora más probable en que se pueda encontrar alguna persona en el establecimiento, también haga esa precisión, y de esa forma, serámás seguro que pueda llevarse a cabo el emplazamiento y no haya más necesidad de seguir difiriendo la audiencia.

    Por otra parte, usted debió mencionar a su abogado que la empresaopera con un nombre comercial, y no con su razón social, ya que con esa información, él pudo haber demandado, tanto a la sociedad mercantil, como a la empresa con la denominación comercial o a quien resultara ser propietario y responsable de la fuente de trabajo, pues de esa forma, por lo menos, el actuario tendrá oportunidad de asentar en el acta que levante con motivo de la diligencia, la forma en que se cercioró que el o los demandados tienen su domicilio en ese inmueble; sin embargo, a la fecha y dado que han transcurrido ya más de dos meses contados a partir de la fecha de su despido, la acción para demandar a la persona moral con el nombre comercial, se encuentra ya prescrita. por lo que su abogado deberpa subsanar esa omisión mediante la estrategia que le sugiero u otra similar.



  • Autor
    Respuesta No: 770

  • emau
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Hola, Raúl Cadena, 

    gracias por su orientación. 

    Si le mencioné al abogado el nombre comercial, pero no lo anotaron en el acta, lo anotaron en una hoja anexa y se lo hice saber, pero me dijeron que no habia problema, que estaba bien todo. El anoto en el acta el nombre mercantil y el nombre completo de esta persona. Y anotó tres domicilios, dos donde opera la empresa, y el domicilio particular de esta persona.

    Le pregunté al abogado de conciliación que si contratando a otro abogado externo se podría acelerar el proceso (porque al parecer ellos solo van una sola vez y no insisten) y no me respondió nada concreto, solo le dio vueltas al asunto, pero no me dijo "si" o "no".

    Cree que se podría acelerar el proceso contratando a un abogado externo o es lo mismo?



  • Autor
    Respuesta No: 771

  • emau
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Otra pregunta:

    ¿Que pasará en caso de que no puedan localizar a esta persona ni en su domicilio particular? ¿nunca se resolverá mi caso entonces?



  • Autor
    Respuesta No: 772

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Evidentemente, deberás contratar a un abogado particular, pero que sea especialista en derecho laboral, ya que si bien es cierto, los abogados de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo te proporcionan gratuitamente sus servicios, también lo es que las cargas de trabajo que tienen, por el gran número de asuntos que lesasignan, traen como consecuencia que no se involucren con algunas cuestiones como ésta, y se esperan todo el tiempo que el actuario demore en emplazar a la parte demandada; en cambio, un abogado particular, que generalmente tecobrarápor concepto de honorarios un porcentaje del monto delo que en ejecucipn del laudo cobres, agilizan el juicio, porque de otra foma, también tararán en recibir sus honorarios.

    Por otra parte, al acompañar tú al actuario a practicar el emplazamiento, podrás identificar a la persona propietaria del centro de trabajo, oues en muchas ocasiones, son ellas mismas quienes les dicen a los diligenciarios que la persona que busca no se encuentra en ese domicilio, y como ellos no las conocen,no les queda más que asentar ese en elacta, señalando que no pudieron llevar a cabo la notificación y emplazamiento.



  • Autor
    Respuesta No: 774

  • emau
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Ok muchísimas gracias, mi oficio es otro y desafortunadamente no se nada de derecho ni de leyes, me ha sido de mucha utilidad su asesoría.



  • Autor
    Respuesta No: 775

  • LIC FAVELA
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    HOLA , TU CASO ES IGUAL QUE MUCHOS PORQUE LA PROCURADURIA DE LA INDEFENSA DEL TRABAJO CASI NUNCA TRABAJA COMO DEBE SER AQUI EN CULIACAN SINALOA  ES IGUAL , Y PONTE LISTA PORQUE NO TE EXTRAÑE QUE " ARREGLEN EL ASUNTO"  A TU MEJOR FAVOR .

     MIRA , ES OBVIO QUE CONTRATAR A UN ABOGADO PARTICULAR SIEMPRE ES LA MEJOR OPCION , PARA ELLO PREGUNTA EN LA JUNTA DE TU LOCALIDAD A QUE ABOGADO SE RECONOCE COMO EXCELENTE EN EL LADO OBRERO , LUEGO ESA RECOMENDACION CONFIRMALA MINIMO 3 VECES , PREGUNTA POR EL ABOGADO QUE TE RECOMIENDEN Y UNA VEZ QUE ESTES SEGURA ENTONCES ABORDALO .

    LOS ESPECIALISTAS EN DEFENSA OBRERA POR LO GENERAL NO COBRAMOS HASTA EL FINAL .

    OJALA Y QUE ESTOS COMENTARIOS TE AYUDEN A APRECIAR LOS HECHOS COMO SON EN LA REALIDAD.

     

    LIC JOSE ANTONIO FAVELA C





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