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Sala Laboral
RENUNCIA
- Consulta : 568
- Autor : Sonnia
- Publicado : 2010-11-27 05:14 desde la IP: 201.166.84.35
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 609
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 27 de Noviembre de 2010
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 617
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Fecha de respuesta: Sábado 27 de Noviembre de 2010 08:22 2010-11-27 08:22 desde IP: 189.208.200.29
En respuesta a su consulta, le informo.
Si usted renuncia voluntariamente al empleo, solamente tendrá derecho a que le paguen las vacaciones y prima vacacional correspondientes al primer año de servicios cumplido (6 días hábiles de vacaciones y 25% de prima por el sueldo de esos días), más la parte proporcional de vacaciones y prima vacacional por el mes trabajado en exceso a ese primeraño de seervicios (0.66 días de vacaciones y 25% de prima), así como a lka parte proporcional de aguinaldo 2010 (13.75 dpias, si renuncia a partir del 1 de diciembre).
Para el pago de esas prestaciones, deberá considerarse su sueldo, tanto fijo como variable; el primero, se obtiene de dividir $ 1,700.00 entre 15 días ($ 113.33 diarios), y el segundo, se obtiene dela suma de todas las comisiones percibidas durante el último año laborado, y la cantidad que resulta, se divide entre 365 días, el resultado será la cantidad que por concepto de comisiones diarias haya percibido, por lo que esa cantidad deberá sumare a la del salario dijo para obtener finalmente el diario promedio.
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
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