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LA A.C. DONDE LABORO NO ME QUIERE DAR DE ALTA EN EL IMSS

  • Consulta : 456
  • Autor : mariab
  • Publicado : 2010-10-30 00:27 desde la IP: 189.192.16.189
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 590
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  • Autor
    Consulta

  • mariab
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Jalisco

    Apreciables moderadores:

    Mi consulta es referente a mi trabajo dentro de una asociación civil/congregación. Es una situación ambigua y reconozco que he laborado ahí muchos años con gratitud por haberme guiado en el conocimiento de Dios, pero ahora que abro los ojos ante lo que sucede actualmente, me doy cuenta de que no fueron éticos ni justos en mi trato.

    Como trabajadora, no tengo un contrato pre-establecido a pesar de que he colaborado ahí como empleada de oficinas desde hace más de 15 años. Hace un año, el fundador de esta asociación renunció y los que quedaron al frente en el acta constitutiva, me dijeron que era injusto que me tuvieran sin IMSS y ninguna prestación. Me prometieron que iban a legalizar mi situación y ya pasó un año en que les he insistido y nada. Lo que hicieron fue darme el nombramiento de "Directora" pero sin una firma, ni un papel en el que se reconozca mi cargo hasta el momento.

    Cada mes se recaudan varios miles de pesos a través de "diezmos y ofrendas". Mi salario de base es de 1,600 semanales.

    Este mes me llegó la noticia de que van a disolver la A.C. para abrir otra, por motivos de "poner orden en lo fiscal" pero a mí no se me notificado nada en lo referente a mi situación. Tengo 41 años de edad y no va a ser fácil colocarme en un trabajo nuevamente, ni tampoco podré recibir un apoyo por desempleo.

    Necesito de su orientación y apoyo para que se me restituya por los años que he estado ahí sin recibir los beneficios laborales a los que tengo derecho. De antemano, les expreso mi gratitud por sus atenciones.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 477

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    El pago de sus salarios llo recibe en efectivo, en cheque, en depósito a cuenta de nómina? le entregan constancia del mismo?

    Son muchas las formas en las que un trabajador puede acreditar la existencia de la relación laboral con el patrón; sin embargo, el abogado quela asesore necesita tener un mínimo de información que le permita, en todo cvaso si no hay constancia escrita del contrato de trabajo, otro medio de prueba que permita acreditar la existencia de esa relación laboral.

    Ahora bien, si no cuenta usted con NUNGUN tipode documento, ni tampoco existe antecedente en alguna Institución, pública o privada, de los servicios que usted está prestando, acuda a la Procuraduría Federal del Trabajo de su localidad, y presente una denuncia aduciendo las violaciones a la Ley Federal del Trabajo  y otras normas laborales en que el patrón (asociación civil), incurre, a efeceto de que lleven a cabo una inspección en el centro de trabajo; el acta que se levante con motivo de dicha visita, podrá servir para acreditar que efectivamente usted presta sus servicios para ellos, y con copia certificada de la misma, puede acudir a la Subdelegación del Seguro Social máscercanca a su domicilio, dirigiéndose al Departamenteo de Afiliación-Vigencia de Derechos, y exhibiendo la misma, solicitar se inscriba oficiosamente como trabajador al servicio de dicho patrón, con fundamento en el atículo 18 de laLey del Seguro Social.

    Si tiene comprobantes de pago de sus salarios, con éstos podrá solicitar ante el propio Seguro Social, su inscripción oficiosa.



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