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TIEMPO EXTRA

  • Consulta : 366
  • Autor : sonia linda
  • Publicado : 2010-10-13 21:57 desde la IP: 201.153.10.45
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 592
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  • Autor
    Consulta

  • sonia linda
    ESTUDIANTE

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    buenas noches

    me interesa saber hasta cuantas horas extras puedo trabajar y como me lo pagan

    agradecere su respuesta

     

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  • Autor
    Respuesta No: 396

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    De acuerdo con lo señalado por el artículo 66, de la Ley Federal del Trabajo, la jornada legal laborada por el rabajador, podrá prolongarse por circunstancias extraordinarias, pero nunca deberá exceder de tres horas diarias, tres días a la semana, de forma tal que el tiempo extraordinario permitido por dicho orenamiento legal, es de nueve horas semanales, tiempo que el patrón deberá pagar con un salario doble, adicional al que corresponda al sueldo diario.

    Sin embargo, dicha disposición es común que no sea observada, ni por los patrones, ni por los trabajadores, por lo que de laborar más de nueve horas, el trabajador tendrá derecho a que el tiempo excedente a las mismas, le sea pagado con salario triple, adicional al que corresponda al sueldo diario.



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