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REINSTALACION JUICIO LABORAL

  • Consulta : 3581
  • Autor : cesarironx
  • Publicado : 2015-11-04 00:53 desde la IP: 187.161.83.248
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 592
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  • Autor
    Consulta

  • cesarironx
    ESTUDIANTE

    Estado de Referencia: Aguascalientes
    Buenas tardes, demande a una empresa por despido injustificado, la empresa ofrecio la reinstalacion, mi abogado me dijo que lo mejor es aceptarla, por lo que leei al respecto en internet y me ocaciono varias dudas: 1.- si no acepto la reinstalacion la carga de la prueba la tendria yo 2.- como la acepte entonces la carga de la prueba sigue siendo del patron? 3.- la reinstalacion es falsa, segun me reinstalan y me salgo y vuelvo a demandar, mi pregunta es, cuantas veces el patron puede ofrecer la reinstalacion? Por que luego sera un cuento de nunca acabar... Y por ultimo 4.- es tan malo no aceptar la reinstalacion? Si no la acepto que pasa? Les agradeceria contestarme, de ante mano gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 3554

  • FABIAN LUZ
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    1.- EFECTIVAMENTE SI NO ACEPTAS EL TRABAJO LA CARGA DE LA PRUEBA DE ACREDITAR EL DESPIDO PASA AL ACTOR 2.- SI ACEPTASTE EL TRABAJO PARA QUE ESTE PUEDA REVERTIR LA CARGA PROBATORIA DEBE DE CALIFICADO DE BUENA FE DE LO CONTRARIO LA CARGA SIGUE SIENDO DEL PATRÓN 3.- TU PUEDES DEMANDAR LAS VECES QUE SEAN PERO TOMA EN CONSIDERACIÓN QUE SI EN LA TERCER DEMANDA QUE INTERPONGAS DE NUEVA CUENTA TE OFRECEN EL TRABAJO ESTE ES DE MALA FE POR LOS ANTECEDENTES DEL JUICIO LABORAL 4.- ES MALO Y A LA VEZ NO EJEMPLO SI TU TIENES COMO PRUEBA PARA ACREDITAR EL HECHO DEL DESPIDO UN VÍDEO CON AUDIO NO LA ACEPTAS POR OBVIAS RAZONES, EN OTRO CASO SI LO ÚNICO QUE TIENES PARA ACREDITAR EL DESPIDO SON TESTIGOS ES CUESTIÓN DE VALORARLO PORQUE RECUERDA QUE PARA QUE SEAN VERÍDICOS LOS TESTIMONIOS DEBEN DE REUNIR CIERTAS CARACTERÍSTICAS, COMO EL MODO TIEMPO Y LUGAR SI SON DE OÍDAS O PRESENCIALES, ETC. EN RESUMEN DEPENDE DE CADA CASO PERO ES MAS FÁCIL ACEPTAR LA REINSTALACION Y CHECAR SI EL OFRECIMIENTO DE TRABAJO ES DE BUENA O MALA FE, SI ES DE MALA NO TIENE EFECTOS PARA REVERTIR LA CARGA PROBATORIA



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