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LIQUIDACION DESPIDO INJUSTIFICADO SIN 3 MESES DE SUELDO
- Consulta : 3526
- Autor : santofj
- Publicado : 2013-02-25 14:58 desde la IP: 200.94.143.46
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 591
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 25 de Febrero de 2013
Estado de Referencia: Nuevo León
Buenas tardesA mi esposa la liquidaron en la empresa que laboraba , ella contaba con una antiguedad de 5 meses, acudieron a Conciliacion y Arbitraje y firmo la carta de finiquito , mas sin embargo solo le pagaron su ultimo sueldo , vacaciones y prima vacacional y aguinaldo proporcionales , dejando fuera los 3 meses de sueldo que prevee la ley.Estos nunca le fueron liquidados , hasta donde se , ella tiene derecho a esa indemnizacion , ya que su contrato era por tiempo indefinido.Se puede aun solicitar que le liquiden los 3 meses de sueldo ?Pierde el derecho aun y cuando se haya firmado en conciliacion?De antemano agradezco sus respuestas -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 3527
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Fecha de respuesta: Viernes 12 de Junio de 2015 00:46 2015-06-12 00:46 desde IP: 189.198.82.209
los 3 meses 90 días de pago unicamente se paga cuando existe un laudo en donde la Junta condena al patrón a pagarlo, por qué se comprueba el despido injustificado, lo que pasa con tu esposa es que existío un convenio ante la junta o en su defecto en una procuraduria de la defensa del trabajo.
Autor
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AutorRespuesta No: 3538
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Fecha de respuesta: Jueves 25 de Junio de 2015 17:19 2015-06-25 17:19 desde IP: 189.141.10.173
Difiero un poco con la colega que me antecede, la Ley laboral refiere que los trabajadores tienen derecho a 90 días de salario sin son despedidos injustificadamente, si no los pagan enrtonces procede la demanda laboral por esa omision así como las salrios caídos hasta por un año; ahora bien aqui la empresa mañosamente llevo a tu esposa a firmar el convenio ante la Junta de conciliación sin haberle dicho antes cuanto le iban a dar o sin asesorarse; por lo que ya no es posible reclamar los 90 dias de indemnización, puesto que el convenio que hace ante la conciliación no presume renuncia de derchos, esto es que fue voluntada de tu esposa dejar de trabajar por lo que solo tiene derecho a sus prestaciones y partes proporcionales; inlcuso hay criterios jurisprudenciales que robustecen esto. Lo conveniente siemrpe es asesorarse antes de firmar.
Autor
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AutorRespuesta No: 3540
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Fecha de respuesta: Viernes 26 de Junio de 2015 15:48 2015-06-26 15:48 desde IP: 189.146.175.163
Desgraciadamente ya no puede requerir dicha prestacion debido a que ya firmo un convenio ante la junta de conciliacion y arbitraje donde quedo asentado que ella no se reservaba la accion y derecho de interponer alguna cuestion legal de cualquier naturaleza ni en lo presente ni en lo futuro en contra de su parton o de quien o quienes sean dueños de la fuente de trabajo.
Debio asesorarse con un abogado para que le asistiera en la negociacion o en la implementacion de un juico laboral.
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
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