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FINIQUITO PARA ERSONAA QUE SE ACCIDENTO Y FALLECIO EN SU TRABAJO

  • Consulta : 324
  • Autor : rocio falcon
  • Publicado : 2010-10-05 10:22 desde la IP: 187.137.170.210
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 595
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  • Autor
    Consulta

  • rocio falcon
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: San Luís Potosí

    buenos dias el motivo de mi colsulta es para solicitar su asesoria sobre el finiquito que le corresponde, ya que mi prima esta teniendo problemas con la espresa respecto alo qu ele corresponde, su pension del seguro es de ley, pero el ganaba 1900 por semana y trabajaba de 7 am a 7 pm, esto ya con sus rebajas de imms etc.... hace una semana al cambair un fusible debido a que no le daban el equipo necesario sufrio una descarga electrica y fallecio, miprima fue ala empresa para ver lo que le cdorrespondia ya que tienen 4 hijos, le comentaron que el trabajaba solo de 7 am a 3 pm yque lo demas era horas extras y no le quieren respatr lo que ganaba, lo que le quieren dar de indemnizacion le dicen qu ese lo darian en partes, el tenia dos años en su trabajo, me podrian asesorar sober lo que le corresponde.

     

    saludos

     

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  • Autor
    Respuesta No: 314

  • abogado leon
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    rocio falcon: Recibe cordiales saludos de tu amigo el Lic. Polo de Ecatepec Estado de Mexico: Es importante, que no deje pasar más tiempo vaya a la Procuraduría de la defensa del Trabajo de su Estado. El Artículo 501 de la Ley Federal del Trabajo dice: Tendrán derecho a recibir la indemnización en los casos de muerte: Fracción  I.- La viuda, ó el viudo que hubiese dependidod económicamente ........ ydemás fracciones. II, III, IV, y V. Este Artículo habla de las personas que tienen derecho a recibir la indemnización.

    Ahora bien el Articulo 502 de la Ley Federal del Trabajo. Dice a la letra: En caso de muerte del trabajador, la INDEMNIZACIÓN que corresponda a las personas a que se refiere el artículo anterior será la cantidad equivalente a el importe de 730 días de salariosin deducir la indemnización que percibió el trabajador durante el tiempo en que estuvo sometido al régimen de incapacidad temporal.

    Artículo 500: Cuando el riesgo traiga como consecuencia la muerte del trabajador, la indemnización comprenderá Fracción: I .- Dos meses por concepto de gastos funerarios.  Fracción II .- El pago de la cantidad que fija el Artículo 502.

    Es importante que para el cobro de la ayuda para los gastos funerarios, es necesario que se cuente con las FACTURAS de los gastos, y podrá cobrarlos la persona que se presente con dichos documentos en original. BUeno independiemntemente de la ya dicho, se le deberán pagar: Prima de Antigüedad, Vacaciones, Prima Vacacional y demás prestaciones que le adeuden. Aquí no procede la INDEMNIZACION CONSTITUCIONAL por no existir elemnto de despido. Ok? SALUDOS Y MUCHA PERO MUCHA SUERTE ! ! ! ! ! !

     

    Tiene más dudas? con gusto pr este mismo medio le podré ayudar.

    NO TARDEN EN PRESENTAR LA DEMANDA. ESTO ES URGENTE.



  • Autor
    Respuesta No: 316

  • erick7474
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En complemento a la respuesta del forista que me antecede...... Te comento que debes acudir a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo aqui en S.L.P., debiendo llevar consigo los documentos que tengas en tu poder relativos a la relación laboral que unió al extinto trabajador con la empresa, además deberan llevar e acta de defunción correspondiente, acta de matrimonio (de existir), actas de nacimiento de hijos, además diección y nombre correcro del patrón (empresa) a efecto de que se este en aptitud de presentar una demanda solicitando la declaración y econocimiento de legitima beneficiaria del ex trabajador , y con ello reclamar el pago de los conceptos que refiere el forista que antecede, además de las partes proporcionales correspondientes derivados de la relación laboral que existió..... Estoy a tus órdenes en S.L.P., de así requerirlo, en este foro encontrarás mis datos y teléfono



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