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TIEMPO EXTRAORDINARIO
- Consulta : 3057
- Autor : Mariaesther13
- Publicado : 2012-09-11 23:47 desde la IP: 189.130.61.154
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 591
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 11 de Septiembre de 2012
Estado de Referencia: Puebla
Si en una semana trabajo: el día uno una hora extra como continuación de jornada, dos horas mas tarde me mandan traer y trabajo por decirlo, dos horas mas. PREGUNTA: Son comables 3 horas de tiempo extra o para los efectos de pago triple en caso de rebasar las 9 a la semana solo llevo 1 en la cuenta? El día dos trabajo 5 horas de continuación de jornada. PREGUNTA: estas ultimas 5 si ya rebasaron el limite de 3 establecido en la LFT son remuneradas dobles o triples? Y suponiendo que trabajo en mi día de descanso trabajo 3 horas mas.PREGUNTA:Se pagaran dobles o triples. TODAS ESTAS DUDAS SON PORQUE MI ADTVO ME DICE QUE LAS HORAS LABORADAS EN DÍAS: FESTIVOS, DE DESCANSO Y CUANDO ME MANDAN TRAER DESPUÉS DE HABER CHECADO SALIDA, SIEMPRE SE PAGARAN DOBLES, NO IMPORTANDO QUE REBASES EL LIMITE DE 9 HORAS SEMANALES. QUE PORQUE ASÍ YA LO DICTAMINO LAL LEY, YA QUE CONSIDERAN PAGAR ESTAS HORAS EN EL RUBRO DE EXTRAORDINARIAS PERO QUE REALMENTE NO SON. ...........???? MI CONTRATO COLECTIVO DICE AL RESPECTO DE TIEMPO EXTRAORDINARIO: TIEMPO EXTRAORDINARIO Se considera como tiempo extra: a) El que exceda de la jornada reglamentaria. b) El que se trabaje en los días de descanso semanal, u obligatorio. c) El que se trabaje dentro del período de vacaciones y a solicitud de la Empresa. d) El tiempo extra que se trabaje durante los días mencionados en el inciso b) de esta Cláusula, será pagado independientemente del salario ordinario que como día de descanso corresponde a cada trabajador. e) El que se emplee viajando y que se exceda de la jornada reglamentaria, mencionada en el inciso a). f) El que se exceda por no hacer la Empresa el pago de salarios dentro de las horas de trabajo. g) El que se trabaje en el tiempo destinado para tomar alimentos, a solicitud de la Empresa. -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 3046
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Fecha de respuesta: Sábado 15 de Septiembre de 2012 10:37 2012-09-15 10:37 desde IP: 189.189.157.8
Mariaesther13: Disculpe, pero para que habre más consultas si en una anterior se le dió toda la información o no? Porque, si sigue habriendo mas consultas se perderá la continuidad de sus dudas. OK? SALUDOS.
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
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