- Inicio
- Sala Laboral
Sala Laboral
PARA ESTAR PREPARADOS
- Consulta : 2707
- Autor : FORCADO
- Publicado : 2012-06-23 10:27 desde la IP: 187.204.189.24
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 593
-
AutorConsulta
-
Publicado el Sábado 23 de Junio de 2012
Estado de Referencia: Jalisco
Otorgué un poder a tres abogados, pero sólo uno podrá asistir y solo el firmo (con tinta, por que no se imprimio espacio para ello) aceptando el poder, únicamente él podrá estar en la audiencia, o tienen que estar los otros....y los otros pueden en todo caso aceptar el poder en la audiencia..no?
Es posible suspender la audiencia de desahogo de una confesional para PLATICAS por parte del demandado, o tienen que estar de acuerdo ambas partes, o no se puede? O en todo caso expresar que se desea llegar a un convenio y solicitar que o se desahoge la prueba?
Los apoderados del trabajador están facultados para recibir el dinero del pago al trabajador, o la Junta solo lo entrega a éste? Toda vez que todos los poderes ototgan la facultad de PERCIBIR VALORES y entregar recibos....Esto permite entregarles el dinero a ellos, si es que el trabajador no asiste?
Para otorgar un nuevo poder, ya no necesito acompañar mi licencia municipal ni identificaciones, puesto que ya las había presentado y ´tengo reconocida mi personalidad? solo con mencionarlo en el poder basta..verdad?
El pliego de posiciones no lo voy a conocer hasta la audiencia'? los apoderados del patrón pueden intervenir para defenderme? y pueden intervenir para preguntarme a mi, o sólo la parte actora me puede pregutar?
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 2701
-
Fecha de respuesta: Sábado 23 de Junio de 2012 11:57 2012-06-23 11:57 desde IP: 189.161.228.36
BUEN DÍA. ¿SE TRATA DE UN PODER ESPECIAL SIMPLE O DE UNO NOTARIADO? SI PUEDE PRESENTARSE UNO SÓLO, PERO, SI EL PODER ES NOTARIADO, Y EXISTE DUDA RESPECTO DE LA PERSONALIDAD Y PERSONERÍA DEL ABOGADO, MÁS VALE QUE EL PATRÓN DEMANDADO, OTORGANTE DEL PODER, ESTÉ PRESENTE PARA RESOLVER PERSONALMENTE CUALQUIER PROBLEMA.
LA AUDIENCIA NO SE PUEDE SUSPENDER. PERO SI SE PUEDE TRATAR DE LLEGAR A UN CONVENIO DENTRO DE LA AUDIENCIA.
EN JALISCO. NO OBSTANTE QUE EL PODER TENGA ESAS LEYENDAS, ÚNICAMENTE EL TRABAJADOR PUEDE RECIBIR LAS CANTIDADES, EN LEÓN, GUANAJUATO, EL ABOGADO SI PUEDE RECIBIR LAS CANTIDADES EN NOMBRE DEL TRABAJADOR...¡Y SE DA CADA ABUSO DE CONFIANZA!
YA NO ES NECESARIO RATIFICAR LA PERSONALIDAD PARA OTORGAR UN NUEVO PODER, PERO PARA EVITAR PROBLEMAS, LE RECOMIENDO QUE ESTÉ USTED PRESENTE EL DÍA DE LA AUDIENCIA. SI EL PODER ES NOTARIADO, SUPONGO QUE LAS CONSTANCIAS LEGALMENTE COTEJADAS Y COMPULSADAS SE ENCUENTRAN DENTRO DEL EXPEDIENTE.
EL PLIEGO DE POSICIONES, SI USTED ES EL ABSOLVENTE, SÓLO LO CONOCERÁ EL DÍA D ELA AUDIENCIA Y LOS ABOGADOS DE USTED, NI SIQUIERA PUEDEN ESTAR PRESENTES. EL SECRETARIO LOS VA A RETIRAR. SOLO EL OFERENTE DE LA PRUEBA LO PUEDE INTERROGAR, UNA VEZ QUE EL SECTRETARIO CALIFIQUE DE LEGAL LA PREGUNTA. NO RESPONDA PRECIPITADAMENTE; SI NO ENTIENDE LA PREGUNTA,PIDA QUE SE LE REPITA O EXPLIQUE CON DETENIMIENTO. SI AGUNA PREGUNTA LE FAVORECE, RESPONDA CON LA VERDAD, SI LE PERJUDICA, NIEGUE EL HECHO. NO PERMITA QUE EL ABOGADO CONTRARIO, QUE SI PUEDE ESTAR EN EL LUGAR, LO INTIMIDE O ASUTE CON QUE, "ES UN DELITO MENTIR ANTE UNA AUTORIDAD". SI LA PREGUNTA ES CONTRARIA A SUS INTERESES, LIMÍTESE A DECIR NO ES CIERTO. SI ES FAVORABLE, O CREE IMPORTANTE ACLARAR EL PUNTO, EXTIÉNDASE EN LA RESPUESTA, NO DIGA SIMPLEMENTE "SI ES CIERTO".ES MUY IMPORTANTE QUE MEDITE LA RESPUESTA...NADIE LO VA A ESTAR CORRETEANDO Y, RECUERDE, ANTE LA DUDA,MEJOR NIEGUE EL HECHO...SALUDOS.
Autor
-
AutorRespuesta No: 2704
-
Fecha de respuesta: Domingo 24 de Junio de 2012 13:45 2012-06-24 13:45 desde IP: 187.204.189.24
Muchas gracias. Lic. Seguimos en contacto y les estaré contando como nos va en este y otros asuntos...
Autor
-
AutorRespuesta No: 2705
-
Fecha de respuesta: Domingo 24 de Junio de 2012 18:02 2012-06-24 18:02 desde IP: 189.142.245.101
FORCADO: Reciba un cordial saludo de su amigo el Lic. Polo de Ecatepec estado de México: Si el poder es otorgado mediante CARTA PODER, y en dicha carta se mencionan a todos los abogados, y sólo firma una, con eso es bastante para que le representen en juicio dichos abogados, los cuales deberán comparecer en forma conjunta y/o separadamente, si así lo menciona la carta poder.
Ahora bien si el poder es notariado y/o usted tiene PLENAS FACULTADES para sustituir y/o otorgar poderes, no importa, siempre y cuando dicho poder se extienda para cada uno de los abogados a quienes usted otorga poder amplio.
Por lo que respecta a las "leyendas" que aparecen en las CARTAS PODER que otorgan a los abogados para recibir valores, y otro tipo de recibos, yo, en lo personal, le ACONSEJO que no haga NINGUNA entrega a esos MALHECHORES, porque? simple y sencillamente ATRCARIAN al actor, y EXISTE la posibilidad que el actor vuelva a demandar, (sin riesgo, porque el actor SIN FIJARSE firmó dicha carta poder).
Pero al final de cuentas, tiene que volver a contestar la demanda manifestando que "ya se le pagó al actor", y si los abogados no le entregaron su dinero, al final de cuentas se quedó "chiflando en la loma", y es ahí donde surge que TODOS los abogados somos tranzas. O no?
Y claro que el pliego de "posiciones" (preguntas) usted las sabrá hasta el momento de llevar a cabo dicha diligencia (confesional), claro que la junta las debe de "calificar" de legales, y para mí (en lo particular) a TODO DEBE DECIR NO), y no aclare nada, simple y sencillamente a todo "NO", salvo mejor criterio (aclaro, no abogados civilistas), porque, es de suponerse que su abogado ya hizo la contestación de la demanda, aceptando y/o negando lo que corresponda. OK? SALUDOS Y MUCHA PERO MUCHA SUERTE. ! ! ! ! !
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
Columna leida: 78970075 veces.
Lecturas completas: 4117
D.R. © Todos los derechos reservados Justicia México ®