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DESISTIMIENTO DE REPRESENTACION

  • Consulta : 2359
  • Autor : monstiz
  • Publicado : 2012-04-02 12:22 desde la IP: 148.244.180.20
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 592
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  • Autor
    Consulta

  • monstiz
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    BUENAS TARDES:

    INTERPUSE UNA DEMANDA EN LA JUNTA DE CONCILIACION DE TLALNEPANTLA, POR ENCONTRARME LABORANDO ACTUALMENTE TENDRE DESISTIR DE LA REPRESENTACION DEL ABOGADO DE OFICIO Y CONTRATE LOS SERVICIOS DE OTRO ABOGADO PARA Q ME REPRESENTE, MI DUDA ES SI DESPUES PUEDO VOLVER A SOLICITAR LA DEFENSORIA DE OFICIO, YA QUE NO CUENTO CON RECURSOS O SI PUEDO FALTAR A ESTA QUE ES LA 2 FECHA DE AUDIENCIA ( CONCILIACION Y ADMISION DE PRUEBAS)

    ESPERO SU RESPUESTA. GRACIAS

     

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  • Autor
    Respuesta No: 2455

  • SENTIDOJURIDICO
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    ok. usted puede revocar a su abogado cuando crea que no le esta cumpliendo regularmente en materia laboral se estila que no se cobra hasta en tanto no haya usted recuperado algo de dinero porque para eso se establece un porcentaje al final; por otra parte en esta segunda audiencia, no es necesario que vaya, pero seria bueno por si hay alguna propuesta por parte de la empresa; así usted si esta de acuerdo en ese momento se hace el convenio y se fijan fechas; si su abogado es laboralista confie en el, no pasa nada si no va; cualquier duda o comentario mande un mensaje al 5522549667 y con gusto le regreso la llamada. suerte.



  • Autor
    Respuesta No: 2459

  • abogado leon
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    monstiz: Recibe cordiales saludos de tu amigo el Lic. Polo de Ecatepec Estado de México: Efectivamente, lo que comenta el colega que me antecede, NO ES NECESARIO que asistas a todas las audiencias, tu abogado te tiene que decir, en caso de que sea necesario le desahogo de tu CONFESIONAL, y de la misma manera para cuando lleves a tus testigos, esas dos audiencias serían las únicas a las que tendrías que asistir.

    Por otro lado el abogado de la Procuraduría no te puede obligar a asistir a todas las audiencias (es su estilo de ellos),

    pero debes de SER MUY CONCIENTE. Porque? Fíjate, nada más porque estas trabajando, quieres REVOCAR al abogado de la Procuraduría, para CONTRATAR UN PARTICULAR, No???? 

    Ahora el PARTICULAR gana TU ASUNTO, entonces..... que dices...... a ya se ganó el ASUNTO, ahora me regreso con el de la PROCURADURIA, porque este no me COBRARA, y el particular se llevará su 35%.

    Así lo entiendo, y creo que, si lo hicieras cometerias una ARBITRARIEDAD, ya que el particular trabajó y cuidó tu asunto, entonces es justo QUE LE PAGUES o no???

    OK? SALUDOS Y MUCHA PERO MUCHA SUERTE !  !  !  ! 



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