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INDEMNIZACIóN POR MUERTE EN INCENDIO.
- Consulta : 2302
- Autor : RichiRR
- Publicado : 2012-03-21 00:13 desde la IP: 189.175.68.88
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 591
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 21 de Marzo de 2012
Estado de Referencia: Aguascalientes
Una amiga falleció en un incendio que se originó por unas remodelaciones en su trabajo, a qué tienen derecho sus padres que dependían económicamente de ella? Llevaba solo uno o dos meses trabajando, y el problema fue que no había salidas de emergencia adecuadas, por lo que fallecieron ella y otras 3 compañeras.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 2404
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Fecha de respuesta: Miércoles 21 de Marzo de 2012 17:54 2012-03-21 17:54 desde IP: 189.161.207.103
Tienen derecho a ser indemnizados, pero primero se les debe declarar beneficiariosde la indemnización, esto se hace una vez que interpongan la demanda por rieso de trabajo. Sus padres tienen un plazo de dos años, a partir de la fecha del fallecimiento para interponer dicha demanda. Para el caso de que la trabajadora no haya tenido seguro social a la fecha de la muerte, se debe hacer un llamamiento al seguro social para que, una vez emitida la sentencia, esta sea tomada como base para la formación de un capital constitutivo que le otorgue derechos de seguridad social a los beneficiarios, además de las cantidades que se les otorgue dentro de la indemnización. La declaración de beneficiarios consiste en una investigación que hace la Junta respecto de quienes tienen el derecho a recibir la indemnización. Suerte y saludos
Autor
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AutorRespuesta No: 2406
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Fecha de respuesta: Miércoles 21 de Marzo de 2012 21:03 2012-03-21 21:03 desde IP: 189.189.128.13
Richirr: Recibe cordiales saludos de tu amigo el Lic. Polo de Ecatepec Estado de México: Primero que nada deben de COBRAR los GASTOS funerarios, se le darán DOS MESES de salario, del difunto, Artículo: 500, de la Ley federal del Trabajo, cualquier familiar podrá hacerlo ante IMSS con la factura Original, y el acta de defunsion así como el Numero de Seguridad Social, pero a la de ya, porque esto prescriba muy rápido.
La indemnizacion que le corresponderá al o a los BENEFICIARIOS que lo acrediten, será de SETECIENTOS TREINTA DIAS de salario. Leer Artículos 501, 502, y 503, de la Ley Federal del Trabajo. Mas los proporcionales de las prestaci9ones adeudadas como vacaciones, prima vacacional, aguinaldo etc, etc, etc. OK? SALUDOS Y MUCHA PERO MUCHA SUERTE ! ! ! ! !
LIC. LOTARIO UN SALUDO CORDIAL.
Autor
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AutorRespuesta No: 2415
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Fecha de respuesta: Jueves 22 de Marzo de 2012 07:50 2012-03-22 07:50 desde IP: 189.161.215.181
Gracias Licenciado de León...Saludos
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
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