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PRIMA DE ANTIGUEDAD DE TIEMPO NO LABORADO LAUDO CONDENO A REINSTALACIO

  • Consulta : 2204
  • Autor : Rosario Navarro
  • Publicado : 2012-02-24 14:43 desde la IP: 201.175.41.121
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 591
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  • Autor
    Consulta

  • Rosario Navarro
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Guanajuato

    buenas tardes, abogados, agradecere el apoyo que puedan brindarme, estoy atendiendo un asunto laboral en el cual la actora esta reclamando prestaciones del tiempo que no estuvo laborando para el patron, es decir, ingreso a laborar en 1984, y salio por rescision laboral en mayo del 2007 y fue reinstalada el 02 de junio del 2011, entonces esta reclamando vacaciones, agunaldo, prestaciones extralegales y prima de antiguedad del tiempo de la rescision laboral a la fecha de su reinstalacion, como controvierto por favor la prima de antiguedad para que en mi conestacion no se reconozca la antiguedad en ese tiempo que estuvo fuera, agradecere mucho su ayuda

     

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  • Autor
    Respuesta No: 2341

  • temillo
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    slo que tengas el finiquito,, ya que tu obligacion es tener los documentos en que inicia la relacion y cuando termina



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