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RESPONSALBILIDAD DE UNA EMPRESA ANTE UN EMPLEADO POR HONORARIOS (BAJA)

  • Consulta : 220
  • Autor : WAGA79
  • Publicado : 2010-09-10 15:34 desde la IP: 187.133.164.128
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 589
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  • Autor
    Consulta

  • WAGA79
    ESTUDIANTE

    Estado de Referencia: Jalisco

    Cual sera la responsabilidad del Patron ante un empleado por honorarios con trayectoria de 6 años y el procedimiento para notificarle que ya no se presente a laborar. ?

    En caso de no querer firmar la notificacion se me obliga como empresa a seguir pagandole sueldo o en su caso reintegrarlo a sus actividades?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 217

  • VelázquezLaboral
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Waga:  Su consulta no encuadra dentro de los fines de servicio social de este foro.

    Le recomiendo ampliamente consultar un Abogado laboralista de confianza sobretodo porque observo que Usted, si es responsable de algún Departamento de Recursos Humanos, no tiene una bendita idea de las relaciones profesionales y/o independientes que se generan a través de la prestación de servicios y se pagan bajo el régimen de honorarios y mucho menos las sabe diferenciar de los servicios prestados bajo la dirección y dependencia de un patrón, y que se pagan a través de salarios.

    Saludos cordiales.



  • Autor
    Respuesta No: 221

  • WAGA79
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    efectivamente no conozco la difecrencia por eso es mi pregunta y tal vez no me explique con claridad este es un negocio propio que comenzo hace 6 años y solamente lo trabajamos la persona que presta sus servicios por honorarios y yo pero desgraciadamente por cuestiones de falta de entendimiento necesito presindir de sus servicios  a su vez que el me pide una liquidacion )mi pregunta seria si esto me obliga a pagarle algun tipo de indemnizacion o simplemente le notifico que ya no requiero de sus servicios. La idea es que yo no quiero incurrir en alguna sutuacion que pudiera afectar mi negocio por falta de conocimiento y si hubiera que pagarle algo de acuerdo a ley hacerlo.

     De antemano le agradezco sus observaciones y si tomare su recomendacion de buscar un rofesional que me asesore.

    Gracias !



  • Autor
    Respuesta No: 224

  • erick7474
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En tu caso, sin ahondar demasiado creo que si te pide una liquidación deberías analizar la posibilidad de otorgársela ante la fe de la junta de conciliación que corresponda; ya que por tu comentario esta persona esta subordinada a tus instrucciones, más aún percibia un salario (aún y cuando se indique que es honorarios), por tanto en mi concepto se esta en presencia de una relación laboral; lo que eventualmente te convierte en patrón, con las consecuentes obligaciones que al efecto de impone la Ley Federal del Trabajo....



  • Autor
    Respuesta No: 226

  • WAGA79
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Gracias Erick7474 definitivamente acudire a la junta ya que ya se le ofrecio la liquidacion pero no la quiso firmar ; realmente no se lo que pretenda pero no quiero salir perjudicada.

    Y Bueno te comento ademas que el se siente con el derecho de pedirme el 50 % de lo que mi negocio vale con el argumento de que el puso el talento auque yo puse el capital. en ese sentido el no puede hacer eso que dice verdad ?



  • Autor
    Respuesta No: 227

  • SENTIDOJURIDICO
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    HOLA, ESPERO AYUDAR,  INDEPENDIENTEMENTE DE LA CONTRATACION QUE MENCIONAS DE HONORARIOS, SIEMPRE QUE SE ENCUENTREN ESTOS ELEMENTOS SERA UNA RELACION DE TRABAJO Y COMO TAL SE PUEDE CUADRAR: SALARIO, SUBORDINACION Y HORARIO, ES DECIR SI USTED LE PAGABA UN SALARIO Y POR ESE SALARIO ESTABA BAJO SUS ORDENES EN UN HORARIO DETERMINADO, ESTAMOS ANTE UNA RELACION DE TRABAJO, POR LO QUE ES POSIBLE QUE EL YA SE HAYA ASESORADO Y BUSQUE UN POCO MAS DE LO QUE LE HA OFRECIDO Y NO TARDE EN NOTIFICARLE LA DEMANDA, POR LO QUE TENDRA QUE CONTRATAR UN ABOGADO EN MATERIA LABORAL  DE LO CONTRARIO LE PODRIA RESULTAR CONTRAPRODUCENTE. SI GUSTAUNA ASESORIA MÀS AMPLIA ESTE ES MI CEL 04455 22 54 96 67 TODO EL DIA O TELEFONO 0155 82 84 20 68 POR LAS NOCHES Y LE PODRE ATENDER SUS DUDAS. ESTADO DE MEXICO.       



  • Autor
    Respuesta No: 235

  • abogado leon
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    WAGA: Recibe cordiales saludos de tu amigo el Lic. Polo de Ecatepec estado de México: Existe diversidad de puntos de vista para cada persona que requiere de una consulta, si bien es cierto que tu consulta es como patrón, tambien es cierto que no eres empresario de gran FUERZA ECONOMICA como las TRASNACIONALES. Bueno, aquí lo importante es decirte, que debes de llegar a una negociación con esta persona, porque INDEPENDIENTEMENTE de que aquel haya puesto el supuesto m"talento" también es cierto que me IMAGINO no aparece como SOCIO, es decir que no aparece algún documento que lo acredite como tal, entonces si no tiene como acreditar dicho extremo, no existe problema, te aclaro, si te quiere HACER LA MALDAD, sí lo puede hacer, es su derecho, pero si tienes ELEMENTOS LEGALES, confrontalo y ahí mismo le puedes pagar lo que le corresponda por Ley.

    Todo esto, es IMPORTANTE que te asesores con ABOGADO LABORALISTA, es muy importante, que no sean abogados CIVILISTAS, PENALISTAS, ni de ninguna otra materia, porque te meterían en problemas, tu asunto no es COMPLICADO si es que tienes como comprobar que no es tu socio. Ok? SALUDOS Y MUCHA PÉRO MUCHA SUERTE ! ! ! ! !

    Más Dudas? Con gusto por este mismo medio te puedo ayudar.  



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