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TRABAJO POR HONORARIOS

  • Consulta : 19
  • Autor : adrilura
  • Publicado : 2010-07-21 15:27 desde la IP: 189.137.9.77
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 603
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  • Autor
    Consulta

  • adrilura
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    HOLA, ME GUSTARIA SABER EN QUE ARTICULO DE LA LEY DEL TRABAJO ME PUEDO BASAR EN EL CASO DE TRABAJO POR HONORARIOS, QUE IMPLICA, QUIENES LABORAN BAJO ESTE REGIMEN, EN CASO DE INCAPACIDAD QUE PROCEDE, EN FIN, COMO PUEDO YO DEFENDERME SI TRABAJO POR HONORARIOS, PERO AUN NO TENGO CONTRATO, INICIE HACE DOS MESES Y AUN NO ME PAGAN, ESTOY CUMPLIENDO CON UN HORARIO EN UN ESTABLECIMIENTO, BAJO ORDEN DE SUBORDINACION, Y AUN ME PIDEN JUSTIFICANTE MEDICO (INCAPACIDAD) POR AUSENCIA DE DOS DIAS. NECESITO SABER DE DONDE SACO LA INFORMACION PARA YO DEFENDER MIS DERECHOS. (ARTICULOS Y LEYES)

     

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  • Autor
    Respuesta No: 13

  • erick7474
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En tu caso, considero que de existir subordinación, horario y pago de salario se actualiza la existencia de una relación laboral en términos del artículo 20 de la Ley Federal del Trabajo, máxime que laboras dentro de instalaciones de la patronal; es común que a efecto de pretender evitar responsabilidad alguna de tipo laboral, algunos patrones pretendan establecer que la relación que existe es meramente de honorarios; lo cuál creo en tucaso no se actualiza ya que por los datos que proporcionas se presume la existencia de una relación laboral al materializarse la existencia de los elementos antes indicados



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