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PERIODO VACACIONAL Y PAGO DE VACACIONES CORRESPONDIENTE

  • Consulta : 1870
  • Autor : doris ivette
  • Publicado : 2011-10-09 18:11 desde la IP: 189.220.195.235
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 590
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  • Autor
    Consulta

  • doris ivette
    ESTUDIANTE

    Estado de Referencia: Baja California

    un trabajador ingreso a  trabajar el 1 de enero del 2001 y gana 253 pesos diaros

    trabaja solamente sabados y domingo de 6am a 6 pm y le va a dar sus vacaciones del año 2011

    cuanto de van a pagar de vacaciones y cuantos dias de vacaciones le corresponden?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 2091

  • efigueroa
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

     

     
    Artículo 77.- Los trabajadores que presten servicios discontinuos y los de temporada tendrán derecho 
    a un período anual de vacaciones, en proporción al número de días de trabajos en el año
     
    Artículo 77.- Los trabajadores que presten servicios discontinuos y los de temporada tendrán derecho 
    a un período anual de vacaciones, en proporción al número de días de trabajos en el año

     

     

     
    Artículo 77.- Los trabajadores que presten servicios discontinuos y los de temporada tendrán derecho 
    a un período anual de vacaciones, en proporción al número de días de trabajos en el año

     

     

     
    Artículo 77.- Los trabajadores que presten servicios discontinuos y los de temporada tendrán derecho 
    a un período anual de vacaciones, en proporción al número de días de trabajos en el año

     

     

    Hola Doris Ivette muy buen dia,
     
    Lo que debes hacer en este caso es dividir los dias que le corresponden de vacaciones al trabajador (16 dias por 11 años laborados) entre todos los dias del año, es decir, 16 entre 365, y el resultado, esto en base a lo dispuesto por el articulo 77 de la Ley Federal del Trabajo (Artículo 77.- Los trabajadores que presten servicios discontinuos y los de temporada tendrán derecho a un período anual de vacaciones, en proporción al número de días de trabajos en el año.) lo multiplicas por los dias laborados en el año y te da el resultado, a ese resultado, le calculas el 25% de la prima vacacional, se lo sumas y es lo que tienes que pagarle. De lo anterior no te puedo decir con exactitud porque no se si laboro todos los sabados y domingos del año, ya que si no laboro algun dia por falta o incapacidad, este se lo descuentas.
     
    Espero sea util mi respuesta, quedo a tus ordenes para cualquier duda, saludos!
     
     



  • Autor
    Respuesta No: 2092

  • efigueroa
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Disculpa, de la respuesta anterior te puse 16 dias por 11 años, es correcto por los 10 que tiene de antiguedad, ya que de 10 a 14 años laborados corresponden 16 dias, saludos.



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