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RETENCIóN DE FINIQUITO

  • Consulta : 1849
  • Autor : abalterego
  • Publicado : 2011-09-29 15:52 desde la IP: 189.134.150.108
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 589
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  • Autor
    Consulta

  • abalterego
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Hola buenas tardes,

     

    Hace una semana renuncié a mi trabajo pues encontré un empleo mejor.

    Lo notifiqué en la empresa y les informé que trabajaría solo 2 días más para hacer la entrega del trabajo pendiente.

     

    Mi jefe me dijo que no había ningún problema, redacté mi renuncia, la aceptaron y firmaron.

    Hice la entrega del trabajo a otro empleado (el cual tiene mucho menos experiencia que yo en mi area) , le expliqué el contenido y me firmó de aceptado.

     

    El día de hoy me notificaron que no van a pagarme mi finiquito hasta que enseñe a la nueva persona a manejar los sistemas que desarrollé y hasta que entregue una documentación extensa de los mismos.

     

    Yo entregé la documentación que se me solicitó elaborar cuando trabajaba con ellos y nunca tuve ningún problema con mi trabajo pues siempre resolví los problemas y realicé los desarrollos que se mi iban pidiendo. Yo era un empleado en nómina, no un consultor y realizaba el trabjo según me lo iba requiriendo mi jefe inmediato superior.

     

    ¿Es legal que me retengan el pago de mi finiquito por esta razón?

     

    Gracias y agradezco de antemano su ayuda.

    Buen día.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 2070

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    No, la empresa no debe retenerle su finiquito, ni imponerle condición alguna para pagárselo.

    La obligación de capacitar al personal, es de la empresa, no suya, por tanto, usted no tiene porqué estar a su servicios hasta que otro trabajador conozca las funciones y trabajo que desempeñaba.

    El artículo 40,de la Ley Federal del Trabajo, expresamente señala que los trabajadores no están obligados aprestar sus servicios por un período mayor a un año, de forma tal que el derecho a renunciar a la permanencia en el empleo, le corresponda única y exclusivamente al trabajador, y cuando éste decide renunciaral trabajo, la relación laboral termina por decisión unilateral del empleado, sin requerir el consentimiento de la patronal; simplemente, deja de presentarse a trabajar, sin que ello le signifique la pérdida del deecho a recibir el finiquito que legalmente le corresponde.

    Hágase asistir de un abogado especialista en derecho laboral, a fin de que demande a la empresa por el pago de lo que le corresponde por concepto de vacaciones, prima vacacional, aguinaldo proporcionales y otras prestaciones a las que podría tener derecho; en su defecto, puede acudir a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo en su localidad, en donde le brindarán la asistencia y apoyo jurídico necesario en forma gratuita.



  • Autor
    Respuesta No: 2072

  • abalterego
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Hola buenas noches,

     

    Le agradezco mucho su respuesta y su tiempo.

    Ya ubiqué la Procuraduría de la Defensa del Trabajo de mi localidad y procederé a contactarlos para iniciar la demanda.

     

    Nuevamente muchas gracias por la orientación.

    ¡Buen fin de semana!



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