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DESPIDO ANTES DE 28 DIAS
- Consulta : 1658
- Autor : LEONAVA23
- Publicado : 2011-07-28 02:34 desde la IP: 189.220.196.182
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 593
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 28 de Julio de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 1858
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Fecha de respuesta: Jueves 28 de Julio de 2011 12:23 2011-07-28 12:23 desde IP: 189.192.208.49
aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y 3 meses de salario,, si fue injustificado y se gana el juicio, saludos
Autor
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AutorRespuesta No: 1857
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Fecha de respuesta: Jueves 28 de Julio de 2011 12:23 2011-07-28 12:23 desde IP: 189.192.208.49
aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y 3 meses de salario,, si fue injustificado y se gana el juicio, saludos
Autor
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AutorRespuesta No: 1862
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Fecha de respuesta: Jueves 28 de Julio de 2011 16:44 2011-07-28 16:44 desde IP: 148.240.80.34
En respuesta a su consulta, le informo.
Si bien es cierto, en los casos en que el patrón despide injustificadamente a un trabajador, sin importar la antigüedad que tenga en el trabajo (aún cuando el despido sea el primer día de labores), tiene derecho al pago de la indemnización constitucional consistente en tres meses de salario, también lo es que en algunas ocasiones, la terminación de la relación laboral puede tener el carácter de justificada, tal y como lo prevé la fracción I, del artículo 47, de la Ley Federal de Trabajo, cuando el trabajador, o en su caso el sindicato que lo propuso, engañaron alpatrón presentándole certificados falsos u ostentándose con referencias en las que sele atribuyen al empleado capacidad, aptitudes o facultades que no tiene, pues la exhibición de esos documenntos apócrifos, constituye una falta de probidad y honradez en el trabajador; en este caso, el patrón, cumpliendo con las formalidades señaladas en el último párrafo del artículo 47, puede rescindir, si su responsabilidad el contrato de trabajo.
Por tanto, para que dicha rescisión sea justificada, además de existir esa causa, que deberá demostrarse plenamente en caso de ser demandado, el patrón debe entregar al trabajador aviso escrito, informándole la fecha a partir de la cual se le rescinde el contrato, indicándole los motivos de esa medida, es decir, señalándole que la terminación de la relación labvoral es debido a que presentó documentos, constancias o certificados falsos.
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Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
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