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NOTIFICACION DEL AVISO DE RECISIóN AL TRABAJADOR
- Consulta : 1585
- Autor : Amalia.2011
- Publicado : 2011-07-16 04:02 desde la IP: 201.165.128.154
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 591
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 16 de Julio de 2011
Estado de Referencia: Sinaloa
Que pasa si en la notificación hecha por el representante de la empresa que le quiere entregar el aviso de notificación de la empresa de recisión por haber acumulado más de cuatro faltas en un periodo de un mes, en compañía de los dos testigos al trabajador no se le encuentre en el domicilio que tiene registrado, se pone esta situación en la parte de atrás del aviso o en hoja por separado del aviso, para que despues lo notifique el actuario de la junta en el procedimiento para procesal, cuál de los dos ejemplos es el correcto.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 1758
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Fecha de respuesta: Sábado 16 de Julio de 2011 10:47 2011-07-16 10:47 desde IP: 148.240.80.34
En respuesta a su consulta, le informo.
Ninguno de los dos procedimientos que señala es correcto.
La Ley Federal del Trabajo es clara y terminante, el aviso de rescisión de contrato debe notificársele PERSONALMENTE el trabajador, y sólo en el caso que se niegue a recibirlo, podrá iniciarse el trámite paraprocesal para que la notificación sea hecha por conducto de la Junta de Conciliación y Arbitraje.
Si en el domicilio en que pretenden notificar al trabajador, no lo encuentra, entonces deberá acudir tantas veces sea necesario hasta que lo localice, y cuando ese domicilio no es aquél en el que vive el trabajador, entonces el patrón deberá investigar, antes de que transcurra el término de treinta días, contado a a partir de la últimafalta injustificada, para notificar la rescisión y/o hacer el trámite paraprocesal respectivo.
Autor
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AutorRespuesta No: 1759
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Fecha de respuesta: Sábado 16 de Julio de 2011 18:38 2011-07-16 18:38 desde IP: 201.164.189.159
Hola,señor Raul Cadena, entonces aunque el trabajador ya acomulo mas de las 4 faltas dentro de un periodo de un mes, no basta que vaya el represetante del patron en el tenor que mencione, en la pregunta si ir hasta encontrarlo y que reciba el aviso y lo firme o se niege a recibirlo. Me podria recomendar alguna tesis aislada o jurisprudencial sobre este tema, no la he econtrado yo en el supuesto de no encontrar al trabajador.Saludos.
Autor
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Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
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la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
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