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EJECUCIóN DE LAUDO LABORAL

  • Consulta : 1475
  • Autor : nancymas
  • Publicado : 2011-06-18 18:43 desde la IP: 187.147.30.231
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 592
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  • Autor
    Consulta

  • nancymas
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Yucatán

    Buen día .

    Estimados  Licenciados,

     Que sucede o que procede en una ejecución de laudo laboral, si el demandado  intencionalmente  puso sus bienes y propiedades a nombre de otras personas dentro del período en que comenzó este juicio ( osea desde  el  2008  a la fecha ) .

    Espero sus valiosos comentarios. Por su amable atención, Muchas  gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 1625

  • CARLOS REYNADA
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    EN QUE TIPO DE NEGOCIO TRABAJASTE?

    EL NEGOCIO AUN FUNCIONA?

    Y EXISTE UN CRITERIO DE LA CORTE QUE ESTABLECE QUE LOS BIENES SALIDOS DEL DEUDOR NO SON SECEPTIBLES DE SER EMBARGADOS, ES DECIR YA NO PUEDEN EMBARGARSE LOS BIENES QUE SALIERON DE LA PROPIEDAD DEL DEUDOR.

    PERO SI EL NEGOCIO DONDE TRABAJASTE AUN CONTINUA, PUEDES EMBARGAR SOBRE EL O BIEN PROMOVER LA SUSTITUCION PATRONAL.



  • Autor
    Respuesta No: 1692

  • nancymas
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Le agradezco mucho ,pero no me queda claro .Vuelo a hacerle la  pregunta.

    Voy a  ejecutar un laudo laboral de un juicio que comenzó hace 3 años, pero el  demandado puso recientemente sus propiedades a nombre de sus hijos.

    Se pueden embargar sus bienes aúnque hayan cambiado de propietario. La empresa continúa activa, pero este  señor tiene varias propiedades y bienes que ha

    puesto a nombre de sus familiares para  evitar que se realice el embargo. Que se puede hacer en este caso.

    Le agradezco nuevamente.



  • Autor
    Respuesta No: 1693

  • teotletl
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Si el laudo dictado fue notificado al demandado antes de que esta persona cambiara sus propiedad a sus hijos, puedes denunciarlo penalmente, sin embargo si el laudo no le ha sido notificado y no le has requerido el pago de ese laudo posiblemente vas a tener problemas en ejecutar el laudo sobre esos bienes que ya fueron cambiados de dueños, por otra parte si la empresa sigue activa acelera tu tramite de embargo sobre los otros bienes disponibles, y si es el caso trata de investigar una cuenta bancaria ya que  esa puedes embargarla, es mucho mejor, porque te evitas de mas problemas y el embargo es directamente sobre la cuenta bancaria la cual se congela y posteriormente de ahi se saca la liquidacion del laudo, ya que si tratas de embargar bienes que por ende sabes que ya no soy del dominio de esta persona, es evidente el resultado que obtendras, pero porque dirigir tus esfuerzos al patron mejor pegale del lado de la empresa, ya que si como imagino el laudo quedo en el sentido de que tenian que pagarte tanto la empresa como el patron utiliza el consejo que te doy y vete sobre las cuentas bancarias de la empres y del patron y te evitas de problemas de ver que muebles o inmuebles vas a embargar.



  • Autor
    Respuesta No: 1704

  • nancymas
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Le agradezco enormemente sus comentarios, hay muchos empresarios disquehonorables  por  ahí,  enriqueciéndose  a costas de muchas personas, mismos que no respetan la antiguedad, la lealtad y  los derechos  de seguridad social  de los que estan por pensionarse. Despúes de toda una vida de contribuir al crecimiento de una Empresa como empleado de confianza, gerente o como obrero, es justo retirarse con una pensión como marca la ley. Muchas gracias por su valioso tiempo y por su ayuda  para la solución oportuna de tantos conflictos, Que Dios le bendiga...



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