Sala Laboral



Regresar

   

 
Buscar respuesta No.:

TRABAJADOR DE CONFIANZA

  • Consulta : 1371
  • Autor : HUGOGARCIA
  • Publicado : 2011-05-26 22:32 desde la IP: 189.172.95.56
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 598
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • HUGOGARCIA
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Baja California Sur

    soy trabajador de confianza de un organismo descentralizado del gob del estado y fui despedicosin justificacion, quiero saber si tengo derecho a los 20 dias por año como indennizacion

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 1558

  • palaciosarvizu
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

     

    Los trabajadores de confianza al servicio del estado, solo tienen derecho a las medidas protectoras del salario y a los beneficios de la seguridad social, pero primero la dependencia tendría que demostrar fehacientemente que usted era trabajador de confianza según las actividades que desempeñaba.

    Si usted está inconforme con los antecedentes de su despido le recomiendo intentar el juicio laboral.

    Habría que analizar su caso. En caso de que quiera ejercer acciones legales o bien que no le paguen la parte proporcional de aguinaldo, algunos días de la quincena que hubiera laborado, ni prima vacacional.

    Respecto a la antigüedad primero habría que lograr el reconocimiento de la relación laboral y la antigüedad que generó desde que inició su trabajo, luego demandar el pago de esa prestación. Puede iniciar su juicio antes de los 4 meses después de que fue notificado del despido.



Para responder consultas en el Foro deberás estar registrado


Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.