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DEBO LLEVAR TESTIGOS A LA PRIMERA AUDIENCIA??
- Consulta : 1287
- Autor : LenaSol
- Publicado : 2011-05-10 19:24 desde la IP: 189.158.248.191
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 591
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 10 de Mayo de 2011
Estado de Referencia: Aguascalientes
muy vuenas tardes y disculpen la molestia.
soy algo nueva en esto y todavia no llevo derecho laboral, lo poco que se es porque lo he investigado por mi cuenta.
el dia de mañana mi sacrosanta madre tiene la primera audiencia en arbitraje, y no se si tenga que llevar a los testigos, ademas que no se si yo puedo servir como testigo...
si alguien me pudiera decir se lo agradeceria mucho.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 1428
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Fecha de respuesta: Martes 10 de Mayo de 2011 22:02 2011-05-10 22:02 desde IP: 189.208.200.29
En respuesta a su consulta, le informo.
Si used, no solamente no ha concluido la carrera de derecho, sino que ni siquiera ha cursado las materias de derecho sustantivo y procesal laboral, difícilmente podrá, no solamente defender los derechos laborales de su madre, sino que ni siquiera tendrá una adecuada intervención en el juicio.
Contraten inmediatamente a un abogado especialista en derecho laboral, porque si usted se aventura a fungir como apoderado jurídico de su mamá, se lo van a comer los tiburones, ya que seguramente, ni siquiera sabrá si es procedente o no impugnarla personalidad de quienes comparezcan por la demandada y, en todo caso, de qué forma hacerlo, de quémanera replicar a la contestación a la demanda, qué pruebas ofrecer para acreditar cada uno de los elementos constitutivos delas acciones deducidas, cómo ofrecer esas pruebas cumpliendo los requisitos que exige la Ley Federal del Trabajo para que sean admitidas y no desechadas, como impugnar las ofrecidas por la parte demandada, cómo se desahogan, qué se argumenta y en qué momento procesal, etcétera, y en este foro, aunque exista la mejor voluntad de quienes brindamos orientación, será insuficiente, ya que para poder intervenir adecuadamente, se requiere tener a la vista, en el acto mismo de la audiencia, las constancias de autos, y los foristas no tenemos ni siquiera acceso a ellas, ya no digamos en dichas audiencias, sino ni siquiera en momento alguno.
Es preferible que al abogado que contraten le paguen sus honorarios de lo que obtenga su madre en el laudo, sacrificando una parte de su indemnización, que por ahorrarse ese dinero, absuelvan al demandado de todo lo que se le reclamó.
Autor
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AutorRespuesta No: 1431
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Fecha de respuesta: Miércoles 11 de Mayo de 2011 18:06 2011-05-11 18:06 desde IP: 189.158.248.191
claro, es lo que habia yo comentado, pero por ser de escazos recursos ella opto por los defensores de oficio de arbitraje, a los que no les tengo mucha confianza por el hecho de que la parte demandada es amistad de gente del partido al que pertenece la administracion publica municipal, es decir, entre ellos se tapan.
el dia de hoy era la primera audiencia, a 5 meses de que se celebro la junta de advenencia (creo que asi se llama cuando es la primera vez que llaman al patron y al empleado para llegar a un acuerdo conciliatorio), y la hicieron esperar toda la mañana para decirle que el actuario no habia entregado la notificacion y darle otra cita para dentro de dos meses.
sabia que los procesos laborales eran tardados, pero no me imagine que seria porque al actuario se le "paso" entregar elcitatorio.
Autor
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AutorRespuesta No: 1432
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Fecha de respuesta: Miércoles 11 de Mayo de 2011 18:53 2011-05-11 18:53 desde IP: 189.208.200.29
Le insisto, contrate a un abogado especialista en derecho laboral; si continúa su mamá siendo asesorada por la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, su juicio será lento y tardado, pues por las cargas de trabajo que tienen en la dependencia, no están al pendiente de las notificaciones y emplazamientos, como lo estará un abogado particular que, cobará sus honorarios hasta que el trabajador reciba el pago de su inedemización.
Generalmente, los abogados que nos deducamos al litigio laboral, cobramos un porcentaje (entre el veinte y el treinta por ciento, generalmente), por concepto de honorarios, los que recibiermos una vez que el trabajador cobre las cantidades a que la empresa resulte condenada en el laudo; por tanto, su mamá no tendrá que estar cubriendo los honorarios del profesionista durante el trámite del juicio, salvo los gastos que tenga que efectuar, como por ejemplo, copias fotostáticas, traslados a la Junta o a los domicilios en que tengan que practicarsealgunas diligencias, si es necesario, etcétera.
Autor
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AutorRespuesta No: 1455
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Fecha de respuesta: Viernes 13 de Mayo de 2011 18:07 2011-05-13 18:07 desde IP: 187.140.130.110
´ps yo opinaria pero seeguro ya no sierve de mucho ya que la audiencia ya paso.... pero eso si, contrata a un abogado especialista, y no porque el de oficio no sepa,, sino porque no le tienes confianza... suerte
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
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