- Inicio
- Sala Laboral
Sala Laboral
PENSION IMSS
- Consulta : 1114
- Autor : MYRODRI2
- Publicado : 2011-03-29 16:53 desde la IP: 189.172.108.39
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 591
-
AutorConsulta
-
Publicado el Martes 29 de Marzo de 2011
Estado de Referencia: Baja California Sur
Quiero solicitar pension en el IMSS, tengo 1300 semanas cotizadas (25 años) y 61 de edad, recuperé derechos y me di de baja en febrero del 2010. A la fecha trabajo para el Estado y llevo cotizados en el ISSSTE 14 años, bajo el Regimen de Sistema de Cuentas Individuales.
Puedo pensionarme por lo pronto en el IMSS? Por favor asesoreme qué tengo que hacer, por lo que estoy enterada que no se ha aceptado lo de la portabilidad. Agradezco de antemano su ayuda.
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 1200
-
Fecha de respuesta: Miércoles 30 de Marzo de 2011 01:46 2011-03-30 01:46 desde IP: 189.248.79.224
hola buen dia:
si puedes solicitar tu pension por la edad seria de cesantia en edad avanzada, las semanas las tienes cotizadas pero es necesario saber en que año fuiste registrado, puedes solicitarlo de forma adminsitrativa, ya que s cotizaste por ley 73 solo requieres 500 semanas cotizadas y las demas restantes te ayudan para incrementar tu pension el salario que se toma en consideracion es el salario promedio mas no el registrado, mientras hayas recuperado semanas no debes tener ningun inconveniente con el tramite de tu pension, estando dentro del periodo de conservacion de derechos, teniendo las semanas cotizadas, deben tramitarle la pension sin ningun problema, mientras que este dado de baja puede solicitar la pension en cualquier momento que Usted desee, suerte y espero que la informacion le sirva estoy a tus ordenes.
ATENTAMENTE:
LIC. CLAUDIA JANETH SALDIVAR AVALOS
Autor
-
AutorRespuesta No: 1215
-
Fecha de respuesta: Jueves 31 de Marzo de 2011 15:39 2011-03-31 15:39 desde IP: 189.172.108.39
LIC. CLAUDIA: LE DOY LAS GRACIAS POR SU ATENCION Y LA VUELVO A MOLESTAR, QUE VA A PASAR CON EL TIEMPO QUE LLEVO COTIZADO EN EL ISSSTE, PORQUE HASTA AHORITA NO HAY UNA PERSONA CAPACITADA COMO DEBE DE SER, PARA QUE NOS INFORME BIEN, NI EN EL IMSS NI EN EL ISSSTE, TAL PARECE QUE LO QUE QUIEREN ES QUE QUEDE UNO CON UNA MISERIA DE PENSION.
SEGUN ME DICEN QUE NO SE ACEPTO POR EL IMSS LA PORTABILIDAD DE LA QUE HABLA LA LEY DEL ISSSTE, ENTONCES QUE, VA A QUEDAR SIN EFECTO O QUE DEBO HACER.
DICEN EN ELDEPARTAMENTO DE PENSIONES DEL ISSSTE QUE DEBO TENER 25 AÑOS COTIZADOS CON ELLOS PARA ACCEDER A UNA PENSION GARANTIZADA Y SI ME QUIERO RETIRAR SIN ESE REQUISITO ME ENTREGAN EL IMPORTE DE LO QUE TENGO EN EL SISTEMA DE REPARTO Y ME QUEDO SIN SERVICIO MEDICO, TAMBIEN ME HAN DICHO QUE SI ME PENSIONO EN EL IMSS NO PUEDO PENSIONARME EN EL ISSSTE PORQUE NO DEBO DE TENER DOS PENSIONES. SAQUEME POR FAVOR DE ESTAS DUDAS.
GRACIAS. QUE TENGA UN EXCELENTE DIA.
Autor
-
AutorRespuesta No: 1216
-
Fecha de respuesta: Jueves 31 de Marzo de 2011 16:33 2011-03-31 16:33 desde IP: 189.172.108.39
LIC. CLAUDIA: LE DOY LAS GRACIAS POR SU ATENCION Y LA VUELVO A MOLESTAR, QUE VA A PASAR CON EL TIEMPO QUE LLEVO COTIZADO EN EL ISSSTE, PORQUE HASTA AHORITA NO HAY UNA PERSONA CAPACITADA COMO DEBE DE SER, PARA QUE NOS INFORME BIEN, NI EN EL IMSS NI EN EL ISSSTE, TAL PARECE QUE LO QUE PRETENDEN ES QUE QUEDE UNO CON UNA MISERIA DE PENSION.
SEGUN ME DICEN QUE NO SE ACEPTO POR EL IMSS LA PORTABILIDAD DE LA QUE HABLA LA LEY DEL ISSSTE, ENTONCES QUE, VA A QUEDAR SIN EFECTO O QUE DEBO HACER.
ME DICEN EN EL DEPARTAMENTO DE PENSIONES DEL ISSSTE QUE DEBO TENER 25 AÑOS COTIZADOS CON ELLOS PARA ACCEDER A UNA PENSION GARANTIZADA Y SI ME QUIERO RETIRAR SIN ESE REQUISITO ME ENTREGAN EL IMPORTE DE LO QUE TENGO EN EL SISTEMA DE REPARTO Y ME QUEDO SIN SERVICIO MEDICO, TAMBIEN ME HAN DICHO QUE SI ME PENSIONO EN EL IMSS NO PUEDO PENSIONARME EN EL ISSSTE PORQUE NO PUEDO TENER DOS PENSIONES. SAQUEME POR FAVOR DE ESTAS DUDAS.
GRACIAS. QUE TENGA UN EXCELENTE DIA.
Autor
-
AutorRespuesta No: 1234
-
Fecha de respuesta: Lunes 04 de Abril de 2011 21:20 2011-04-04 21:20 desde IP: 189.248.102.63
HOLA BUEN DIA:
NO ES NINGUNA MOLESTIA, PERO CON RESPECTO A LO QUE HAS COTIZADO ANTE EL ISSSTE, PREGUNTA ACERCATE A TU AFORE, POR QUE TENGO ENTENDIDO QUE APARTIR DEL PROXIMO MES LAS AFORES VAN A PODER UNIFICAR LAS CUENTAS, ASI QUE LO QUE TU HAZ COTIZADO DE SAR ANTE EL ISSSTE VAS A PODER RECUPERARLO, EN CUANTO A UNA PENSION CON ELLOS LAS LEYES DEL IMSS E ISSSTE NO SON COMPATIBLES CON LAS PENSIONES POR QUE CADA INSTITUCION TIENE SU PROPIA LEGISLACION, Y TENGO ENTENDIDO QUE SI TRABAJAS LOS AÑOS QUE DICEN TE PUEDEN DAR UNA PENSION POR JUBILACION ANTE EL ISSSTE, Y SI COTIZASTE COMO LO HACE LA CFE QUE COTIZAN ADEMAS ANTE EL IMSS PUEDES TENER TU PENSION DE CESANTIA, PERO YA NO PODRAS TENERLA SI TE LLEGAS A PENSIONAR POR EL ISSSTE YA QUE LA LEY SE MODIFICO YA NO PUEDEN TENER DOS PENSIONES COMO ANTES, PERO EN CASO DE QUE TU QUIERAS UNA MEJOR PENSION TE RECOMIENDO QUE SIGAS COTIZANDO ANTE EL IMSS, PARA QUE TE DEN UNA PENSION DIGNA TE RECOMIENDO QUE LO HAGAS CON EL SALARIO QUE TENIAS COTIZADO HASTA ANTES DE TU JUBILACION Y LO QUE COTIZASTE ANTE EL ISSSTE TE LO DA LA AFORE, ACERCATE A TU AFORE PARA QUE TE ASESOREN BIEN CON RESPECTO A LA UNIFICACION DE COTIZACIONES DEL ISSSTE A LA AFORE. Y CON RESPECTO A LA ATENCION MEDICA LA TENDRAS POR EL IMSS Y AUNQUE TE PENSIONEN TE RECUERDO QUE ES VITALICIA LA ATENCION MEDICA CUANDO TE PENSIONAN POR CESANTIA O VEJEZ. SALUDOS CORDIALES Y ESTOY A TUS ORDENES CUALQUIER DUDA.
ATENTAMENTE:
LIC. CLAUDIA JANETH SALDIVAR AVALOS
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
Columna leida: 78828763 veces.
Lecturas completas: 4104
D.R. © Todos los derechos reservados Justicia México ®