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ME DESPIDEN TENGO CONTRATO INDEFINIDO Y AHORA DICEN QUE ES POR 3 MESES

  • Consulta : 1088
  • Autor : jesus0185
  • Publicado : 2011-03-23 12:37 desde la IP: 34.254.247.221
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 589
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  • Autor
    Consulta

  • jesus0185
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Tamaulipas

    Buen dia quisiera pedir su apoyo y asesoria,  fui liquidado de mi empleo , firme un contrato indefinido y en la liquidacion me dicen que mi trabajo era por contratos, nunca recibi ningun finiquito ni firme algun otro contrato, que puedo hacer? 

     

    Es impresindible un abogado? no tengo los recursos

    Gracias por su ayuda soy de reynosa tamaulipas.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 1188

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    Definitivamente, usted debe asistirse de un abogado especialista en derecho laboral, o bien, acudir a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo en Reynosa, a solicitarle brinden la asistencia legal que requiere, aunque debo aclararle que el trámite de los juicios que llevan los abogados de esa Dependencia, es sumamente lento por las cargas de trabajo que tienen.

    En cambio, si contrata a un abogado particular, su asunto tendrámayor celeridad, sobre todo considerando que los juicios  laborales son muy tardados; respecto a los honorarios del abogado, debo decirle que la mayoría de los profesionistas que ejercemos en esta área, pactamos con los trabajadores el pago de nuestros honorarios en base a un porcentaje, pago que se hace al concluir el juicio y cobrar el trabajador, por lo que no debe preocuparse en ese sentido, ya que dicho porcentaje será en función de la complejidad de su asunto, la experiencia y el prestigio del abogado que contrate, pero no busque escatimar esos honorarios.

    Usted debe demandar a la empresa, reclamándole el pago de la indemnización constitucional, consistente en tres meses de salario integrado, prima de antigüedad, consistente en doce días de salario por cada año de servicios prestados, o parte proporcional; vacaciones y prima vacacional, proporcionales al tiempo laborado que no haya disfrutado; aguinaldo proporcional a los días trabajadosen el 2011; sueldo y prestaciones ordinarias devengadas y no pagadas al momento del despido: tiempo extraordinario y días de descanso obligatorio trabajados y no pagados; media hora diaria de descanso, si no se le otorgaba para tomar alimentos teniendo jornada laboral contínua, y los salarios caídos, desdela fecha del despido hasta el día que el patrón de cumplimiento allaudo que lo condene a pagarlos.

    Por lo que hace al hecho que en la empresa le digan que su contrato era por tiempo determinado de tres meses,no se preocupe, pues por una parte, esa circunstancia no devirtuaría el despido, y por la otra, la Ley Federal del Trabajo solamente contempla la legalidad de los contratos temporales cuando se va a sustituir temporalmente a otro trabajador, o cuando la naturaleza del trabajo lo requiere, como por ejemplo, en ciertas épocas, en que las cargas de trabajo aumentan y se hace necesario contratar trabajadores para atenderlas, o en las empresas productoras, cuando existe un pedido extraordinario de productos que hace necesario incrementar su fabricación; y si los motivos señalados en el contrato, no son delos que permite la Ley, entonces, aunque se hubiera estipulado un peeríodo de tiempo determinado en el documento, la relación de trabajo es indefinida.

    Como recomendación, no firme al patrón ningún documento, ni recibo finiquito, ni liquidación, ni renuncia, ni convenio, ni ninguno otro del que pueda valerse para aducir que no fue despedido, sino que usted es quien voluntariamente dió por terminada la relación de trabajo.



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