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PAGO DE HORAS A LA QUINCENA

  • Consulta : 92
  • Autor : Mariliz
  • Publicado : 2010-08-12 19:19 desde la IP: 189.216.124.87
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 594
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  • Autor
    Consulta

  • Mariliz
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Hola, quisiera saber si hay una ley que regule el pago de las horas trabajadas a la quincena ya que he buscado pero no encuentro nada. Soy profesora y se me ha pagado siempre por el total de horas que trabajé a la quincena, por ejemplo, si la quincena fue de 11 días se multiplican las hrs trabajadas diarias por 11. Pero donde trabajo actualmente la quincena la toman sólo de 10 días, toman sólo 5 días de la semana. ¿es legal? Según yo no me están pagando un día completo trabajado.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 73

  • abogado leon
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    mariliz; Recibe saludos de tu amigo el Abogado León de Ecatepec Estado de México: Efectivamente, la Ley Federal del Trabajo REGULA  el pago de las horas EXTRAS por semana, es decir no son ACUMULABLES por quincena, por mes ó por cualquier otra modalidad y/o forma de pago, es decir, las primeras NUEVE horas laboradas se pagarán al DOBLE y de la DIEZ en adelante al triple. Ejemplo; Imaginemos que a usted le pagan por QUINCENA, y labora del 1° al 15 de X mes, en la SEMANA del 1° al 7 del mes trabajó OCHO horas, y del 8 al 15 del del mismo mes trabajó otras OCHO horas,  entonces le deben de pagar el sueldo de CUATRO DIAS, más su salario de la quincena completo.

    Ahora, maestra ayúdeme usted, en cuanto se pactó el pago de las horas por clase, ya que su situación es diferente a la señalada en la Ley laboral, es decir usted está contratada por horas y no por jornada legal. 



  • Autor
    Respuesta No: 87

  • Mariliz
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Hola abogado León, agradezco muchísimo su respuesta y explicación. Y efectivamente, com usted dice mi situación es diferente. Anteriormente trabajé 2 años y medio en este colegio y renuncié y me fui a otro en donde me di cuenta de que sí se me pagaban todas las hrs trabajadas dependiendo los días que tenía la quincena. Ahora me llaman del trabajo anterior y por cuestiones académicas y personales prefiero volver sólo que esta vez quiero tener fundamentos para reclamar que me paguen como se debe y si la quincena X tiene 11 días y trabajaré 6 hrs a $115.00 (bruto) la hora, se me tiene que pagar $7,590.00 menos sus correspondientes impuestos (que tampoco sé bien cómo calcular). Y es que ellos lo que hacen es sólo contar que la semana tiene 10 días (5 de una semana y 5 de otra) y no quiero trabajarles un día de a gratis, son 6 hrs. Hay, de hecho, quincenas que tienen 12 días (las segundas de los meses que tienen 31 días) y hay otras de 10 pero quiero que me paguen lo que es y necesito saber si eso está estipulado o/y regulado.

    Muchas gracias de nuevo. Salduos cordiales.



  • Autor
    Respuesta No: 89

  • abogado leon
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    mariliz; Recibe cordiales saludos de tu amigo el Abogado León; Tú no debes de REGALAR su trabajo en el CONTRATO se debe insertar en alguna de las CLAUSULAS que los MESES que traigan 31 días se deberá de pagar esas horas, TAMBÍEN considerar aquel que trae 28 ó 29 días según el año, entonces usted es quien debe de poner sus CONDICIONES, ya que le CONTRATO es un acuerdo de AMBAS aprtes, si no estan de acuierdo ambas partes entonces es un "contrato unilateral" es decir que estaría usted en deventaja.

    Deben de pactarse las PRESTACIONES a las que usted tendrá derecho, por Ley. Más dudas? con gusto por este mismo medio puedo ayudarle. Mis datos aparecen en mi pficina virtual. Ok?



  • Autor
    Respuesta No: 149

  • Mariliz
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Muchísimas gracias por la información y la ayuda. Haré como me indica. Y, precisamente, es lo que yo quiero que quede claro. Si la quincena tiene 9 días se me deben pagar 9 días, si tiene 12 pues 12. Sólo quiero que se me pague lo que es. Sólo quería ver si había una legislación para por si me dicen algo yo tener con que fundamentar. Pero haré como dice para que pueda ser un contrato bilateral. Le agradezco nuevamente. Saludos cordiales.



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