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PAGO DE HORAS A LA QUINCENA
- Consulta : 92
- Autor : Mariliz
- Publicado : 2010-08-12 19:19 desde la IP: 189.216.124.87
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 594
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 12 de Agosto de 2010
Estado de Referencia: Distrito Federal
Hola, quisiera saber si hay una ley que regule el pago de las horas trabajadas a la quincena ya que he buscado pero no encuentro nada. Soy profesora y se me ha pagado siempre por el total de horas que trabajé a la quincena, por ejemplo, si la quincena fue de 11 días se multiplican las hrs trabajadas diarias por 11. Pero donde trabajo actualmente la quincena la toman sólo de 10 días, toman sólo 5 días de la semana. ¿es legal? Según yo no me están pagando un día completo trabajado.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 73
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Fecha de respuesta: Sábado 14 de Agosto de 2010 15:41 2010-08-14 15:41 desde IP: 189.189.106.199
mariliz; Recibe saludos de tu amigo el Abogado León de Ecatepec Estado de México: Efectivamente, la Ley Federal del Trabajo REGULA el pago de las horas EXTRAS por semana, es decir no son ACUMULABLES por quincena, por mes ó por cualquier otra modalidad y/o forma de pago, es decir, las primeras NUEVE horas laboradas se pagarán al DOBLE y de la DIEZ en adelante al triple. Ejemplo; Imaginemos que a usted le pagan por QUINCENA, y labora del 1° al 15 de X mes, en la SEMANA del 1° al 7 del mes trabajó OCHO horas, y del 8 al 15 del del mismo mes trabajó otras OCHO horas, entonces le deben de pagar el sueldo de CUATRO DIAS, más su salario de la quincena completo.
Ahora, maestra ayúdeme usted, en cuanto se pactó el pago de las horas por clase, ya que su situación es diferente a la señalada en la Ley laboral, es decir usted está contratada por horas y no por jornada legal.
Autor
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AutorRespuesta No: 87
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Fecha de respuesta: Miércoles 18 de Agosto de 2010 21:03 2010-08-18 21:03 desde IP: 189.216.238.36
Hola abogado León, agradezco muchísimo su respuesta y explicación. Y efectivamente, com usted dice mi situación es diferente. Anteriormente trabajé 2 años y medio en este colegio y renuncié y me fui a otro en donde me di cuenta de que sí se me pagaban todas las hrs trabajadas dependiendo los días que tenía la quincena. Ahora me llaman del trabajo anterior y por cuestiones académicas y personales prefiero volver sólo que esta vez quiero tener fundamentos para reclamar que me paguen como se debe y si la quincena X tiene 11 días y trabajaré 6 hrs a $115.00 (bruto) la hora, se me tiene que pagar $7,590.00 menos sus correspondientes impuestos (que tampoco sé bien cómo calcular). Y es que ellos lo que hacen es sólo contar que la semana tiene 10 días (5 de una semana y 5 de otra) y no quiero trabajarles un día de a gratis, son 6 hrs. Hay, de hecho, quincenas que tienen 12 días (las segundas de los meses que tienen 31 días) y hay otras de 10 pero quiero que me paguen lo que es y necesito saber si eso está estipulado o/y regulado.
Muchas gracias de nuevo. Salduos cordiales.
Autor
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AutorRespuesta No: 89
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Fecha de respuesta: Jueves 19 de Agosto de 2010 13:27 2010-08-19 13:27 desde IP: 189.136.182.229
mariliz; Recibe cordiales saludos de tu amigo el Abogado León; Tú no debes de REGALAR su trabajo en el CONTRATO se debe insertar en alguna de las CLAUSULAS que los MESES que traigan 31 días se deberá de pagar esas horas, TAMBÍEN considerar aquel que trae 28 ó 29 días según el año, entonces usted es quien debe de poner sus CONDICIONES, ya que le CONTRATO es un acuerdo de AMBAS aprtes, si no estan de acuierdo ambas partes entonces es un "contrato unilateral" es decir que estaría usted en deventaja.
Deben de pactarse las PRESTACIONES a las que usted tendrá derecho, por Ley. Más dudas? con gusto por este mismo medio puedo ayudarle. Mis datos aparecen en mi pficina virtual. Ok?
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AutorRespuesta No: 149
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Fecha de respuesta: Miércoles 25 de Agosto de 2010 23:30 2010-08-25 23:30 desde IP: 189.216.210.145
Muchísimas gracias por la información y la ayuda. Haré como me indica. Y, precisamente, es lo que yo quiero que quede claro. Si la quincena tiene 9 días se me deben pagar 9 días, si tiene 12 pues 12. Sólo quiero que se me pague lo que es. Sólo quería ver si había una legislación para por si me dicen algo yo tener con que fundamentar. Pero haré como dice para que pueda ser un contrato bilateral. Le agradezco nuevamente. Saludos cordiales.
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Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
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