Sala Laboral



Regresar

   

 
Buscar respuesta No.:

QUE ES LO QUE LE CONVIENE A MI ESPOSO LIQUIDARCE O RENUNCIAR

  • Consulta : 3571
  • Autor : MERGU ZATO
  • Publicado : 2013-03-20 17:13 desde la IP: 187.214.56.145
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 595
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • MERGU ZATO
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Veracruz

    Mi esposo tiene 23 años laborando para la misma empresa y ahora lo quieren liquidar, pero no se lo han hecho oficial y el ya no esta a gusto con su trabajo tiene 59 años y la empresa tiene la costumbre de llevar doble contabilidad (doble nómina, en una le anotan $1,200.00 y en la otra $1,500.00 y cuando hace guardia le pagan $1,850.00 y tiene aproximadamente mas de un año y medio haciendo guardia ).

     

    Que articulo laboral aplicaría para su liquidación o renuncia y que es lo que le conviene mas cuanto podria pedir por su liquidacion, el solo quiere lo justo,  a parte de todo esto el Jefe de 62 años dice que mi esposo ya es una persona grande (se refiere a la edad) y que por eso ya no sirve para el puesto ( mi esposo es conductor de autobus de transporte de personal).

     

    gracias por su ayuda

     

    atentamente

     

    Mergu Zato

     

     

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 3272

  • SENTIDOJURIDICO
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    ok. pues en primer lugar si lo liquidan tendria derecho a sus prestaciones correspondioentes a aguinaldo, vacaciones y prima vacacional, mas otras prestaciones que tuviera; así mismo tiene derecho a una prima de antiguedad de 12 días por año, al doble del salario minimo como tope; ahora bien si por otra parte lo despiden son esas prestaciones mas una indemnizacion de 90 días. suerte



  • Autor
    Respuesta No: 3523

  • nay124
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Nada más, comento lo 90 días es en caso de despido injustificado y se le otorga al trabajador cuando acude a una Junta de Conciliación y Arbitraje en donde existe un laudo que condena al patrón, por lo demás noconviene  renunciar.



  • Autor
    Respuesta No: 3524

  • nay124
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Nada más, comento lo 90 días es en caso de despido injustificado y se le otorga al trabajador cuando acude a una Junta de Conciliación y Arbitraje en donde existe un laudo que condena al patrón, por lo demás noconviene  renunciar.



  • Autor
    Respuesta No: 3531

  • LUISSILVA1979
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    POR SU EDAD LOGICAMENTE LE CONVIENE QUE DEMANDE A LA EMPRESA Y QUE LO LIQUIDEN AL 100%, ES DECIR PAGO DE PRIMA DE ANTIGUEDAD, PAGO DE 20 DIAS POR AÑO, INDEMNIZACION DE 3 MESES, VACACIONES, PRIMA VACACIONAL Y AGUINALDO. YA QUE LA RENUNCIA NO OBTENDRIA MUCHO, SOLO LE PAGARIAN LOS 3 CONCEPTOS FINALES QUE HE MENCONADO Y DE MANERA PROPORCIONAL.

     

    Y SI SE ESPERA A PENSIONARSE LE DARAN MENOS.

     

    LO CONVENIENTE ES QUE HABLE CON SU JEFE Y PLANTEE LA POSIBILIDAD DE QUE LO INDEMNICEN.

    SALUDOS



  • Autor
    Respuesta No: 3534

  • RUBIO ABOGADOS
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Lo primero que tiene que hacer es esperar a que le notifiquen su despido o en su defecto la resicion laboral, despues de eso ya se veria la tactica a seguir en un procedimiento, es decir para saber que tipo de juicio es el que le corresponderia interponer ya que depende de esto que tipo de juicio se llegue a ventilar, enc uanto a los derechos laborales que a su esposo le corresponden son muchos entre ellos se le debera pagar la indemnizacion constitucional de tres meses de salario, vacaciones, prima de antiguedad, prima vacacional, jornadas extras, dias festivos laborados y no pagados, etc..... espero le haya servido mi respuesta



Para responder consultas en el Foro deberás estar registrado


Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.