Estado de Referencia: Campeche
Buen día a todos!
Es común en el ámbito del trabajo en sitios remotos (plataformas marinas) donde las relaciones laborales son 14 días continuos en jornadas de 12 horas y 14 días de descanso; desconocer los derechos inherentes al trabajo que se efectua; Por ejemplo si bajo ese esquema se puede disfrutar del pago de prima dominical, o si los dias de descanso en periodo vacacional son los mismos días que se contemplan para los trabajos en tierra, o en su defecto si la cotización de las semanas en el IMSS para efectos de jubilación son las mismas para trabajos que no son en sitios remotos, por mencionar algunos temas.
Me podran apoyar con el sustento legal sobre los puntos antes mencionados, bajo que esquema de la LFT se puede soportar lo antes enunciado.
Cabe mencionar que estas dudas surgen a que el personal que labora en estos esquemas de trabajo y corresponden a la iniciativa privada, se tiene que sustentar en la LFT, por otra parte el personal que labora en la iniciativa publica PEMEX en estos mismos esquemas tienen su propio contrato colectivo y este diverge mucho sobre los derechos de los trabajadores de la inciativa pública en los temas antes citados y los cuales casi nunca posee un contrato colectivo.
Agradezco de antemano y envio saludos cordiales