Estado de Referencia: Estado de México
Los jubilados bancarios, de acuerdo al Reglamento Interior de Trabajo, deberíamos quedar con casi todas las prestaciones que teníamos cuando éramos trabajadores activos. La principal prestación, después de la pensión, es la del Servicio Médico Particular de acuerdo a convenios firmados por el banco con el IMSS mediante el cual el banco paga menores cuotas a cambio de prestar directamente o indirectamente el servicio médico a sus empleados. El año anterior me detectaron una Hernia Hiatal y derivado de esto también Esófago de Barret. Para la hernia me realizaron una cirugía que tuvo complicaciones por lo que hubo necesidad de una segunda cirugía con un cirujano diferente, en virtud de que el primero no quiso tomar el riesgo de volverme a operar. El Esófago de Barret es considerado de "alto riesgo" porque puede generar cancer en cualquier momento y debe valorarse contantemente. El Gastroenterólogo me mandó hacer la evaluación periódica con el cirujano, pero resulta que el único que existe en la Red de Médicos es el mismo que me operó la primera vez y esto por supuesto me inspira desconfianza, aparte de que no sé si quiera atenderme pues quedó en evidencia. Les comento que el segundo cirujano me operó con una autorización especial. He pedido que me asignen al segundo cirujano o a un tercero y me dicen que si pero hace 6 meses estoy esperando y no atienden mi solicitud, sin embargo de todos los jubilados es conocido que los empleados activos tienen una Red más amplia de médicos. Agrego algo más: De las dos cirugías que me realizaron el hospital no me entregó las películas correspondientes. ¿Es posible demandar al banco? ¿ Cuál sería el fundamento legal ? ¿ Existen posibilidades de éxito ? Mi salud está en riesgo y no he encontrado en ninguna Ley el marco en el cual me pueda apoyar....
De antemano muchas gracias por su consejo.