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PAGO HE O DESCANSO LABORADO 12 HORAS

  • Consulta : 2316
  • Autor : Ira GS
  • Publicado : 2012-03-23 09:56 desde la IP: 12.130.197.16
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 591
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  • Autor
    Consulta

  • Ira GS
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Nuevo León

    Buen día,

    Manejamos turnos de 12 horas, el de día es de lunes a jueves de 7:00 AM a 7:00 PM y el de noche igual de lunes a jueves de 7:00 PM a 7:00 AM... si viniera a trabajar el viernes por decir el de turno de día, de 7:00 AM a 7:00 PM... ¿cómo se pagaría? ¿las 12 horas de descanso laborado o debe ser tiempo extra?

    Lo que pasa es que en el artículo 73 menciona que el trabajador no está obligado a tabajar en su descanso, si lo hace, se le pagará al doble... Mi duda va encaminada a que el viernes podría considerarse ya como descanso o él de lunes a jueves repone las horas que debió trabajar sábado y domingo y se debe considerar como prolongación de jornada.

    ¡Gracias!

     

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