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RESPUESTA A LA CONSULTA 2214

  • Consulta : 2230
  • Autor : MIGUEL A LÒPEZ A
  • Publicado : 2012-03-04 21:56 desde la IP: 189.168.72.206
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 592
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  • Autor
    Consulta

  • MIGUEL A LÒPEZ A
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Michoacán

    04/03/2012.

    BUENAS NOCHES.

    LO INVITO A QUE LEA POR FAVOR DEL ARTÌCULO 141 AL 148 DE LA LEY DEL ISSSTE VIGENTE, ESTOS SE REFIREN A LA TRANSFERENCIA DE DERECHOS ENTRE EL ISSSTE Y EL IMSS.

    TAMBIÈN PUEDE CONSULTAR A UN CONTADOR PÙBLICO A LA PAR QUE EL ABOGADO.

    RECIBA UN CORDIAL SALUDO.

     

     

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