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CONTRATO Y RENUNCIA

  • Consulta : 1859
  • Autor : alvarezmx2003
  • Publicado : 2011-10-02 00:53 desde la IP: 189.237.136.213
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 591
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  • Autor
    Consulta

  • alvarezmx2003
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Tamaulipas

    Saludos abogados, gracias de antemano por leer esta consulta,

     

    En Enero de 2008, mi madre entro a trabajar a un franquisia de restaurantes aqui en tamaulipas muy famosa de gorditas, cuando entro a trabajar la hicieron firmar un contrato, y a la vez una renuncia, porque hacen esto y como se podria defender mi madre de eso.

    aparte cuando comenzo el ejercicio fiscal nuevo, cambiaron de patron y segun creo yo les dan algo por cambio de dueño pero no se bien, si alguien me pudiera ayudar en que prestaciones son las que le deben de respetar por cambio de dueño, aparte dice que le van a pagar las vacaciones como esta el sueldo en la hoja 

     

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  • Autor
    Respuesta No: 2075

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    Es importante que nos haga saber si, cuando su mamá fue contratada para trabajar en ese establecimiento y la hicieeron firmar, además del contrato de trabajo, un escrito de renuncia, dicha renuncia estaba ya redactada, o si solamentela hicieron firmar una hoja en blanco, pues de esas circuntancias, puede derivarse una defensa más fácil,respecto la nulidad de la renuncia a los derechos del trabajador contenido en el escrito mencionado, considerando que si está redactado y dirigido a nombre del patrón sustituído, fácilmente podrá acreditarse que fue firmada con anterioridad a la sustitución patronal y, por tanto,no puede surtir ningún efecto, ni tiene ningún alcance, fuerza y valor demostrativo para acreditar la terminación de la relación laboral, si continuó prestando sus servicios con el patrón sustituido.

    En los casos en que se presenta una sustitución patronal, el artículo 41, de la Ley Federal del Trabajo establece que ello no es motivo para la pérdida de los derechos adquirtidos por los trabajadores; en consecuencia, el patrón sustituído es solidariamente responsable con el sustituto de las obligaciones generadas con motivo de la prestación del servicio por parte de los empleados, durante los seis meses posteriores a la sustitución, contados a partir de la fecha en que los trabajadores tengan conocimiento de la misma, y transcurrido ese lapso de tiempo, la responsabilidad es solamente del patrón sustituto.

    Portanto, a su mamá, el nuevo patrón debe respetarle su antigüedad general en la empresa, y la relativa al número de vacaciones que le correspondan, de acuerdo al número de años que tenga trabajando desde su fecha de ingreso, dado que si la sustitución patronal se dió al inicio del ejercicio fiscal (enero de dos mil once), ya transcurrieron los seis meses en los que la responsabilidad también recaía en el patrón sustituído, subsistiendo solamente a cargo del sustituto.



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