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DESESPERADA - AYUDA POR FAVOR
- Consulta : 1600
- Autor : letyvizcarra78
- Publicado : 2011-07-18 17:49 desde la IP: 64.60.81.98
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 595
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 18 de Julio de 2011
Estado de Referencia: Nayarit
Intentaré resumir mi situación.
Empecé como gerente de ventas en mi compañía, después me ascienden a gerente de plaza pero sin haber firmado algún contrato, estuve encargada de la sucursal por casi 2 años y realizaba todas las labores.
El dueño de la empresa un día muy enojado me dice que ya no me necesita y que me va a reemplazar, yo le digo que haga lo que sea necesario pero como tengo mas de 18 años en la empresa, asumió que mi finiquito iba a salir muy alto y ha realizado situaciones que me tienen muy confundida.
Estoy muy desanimada y no alcanzo a distinguir lo que esta sucediendo.
He platicado con abogados pero me interesaría conocer la opinión de mas personas.
Vivo en una ciudad chica y los abogados no tienen tanto entusiasmo.
En fin, esta es la situación.
Después de esta pelea, asigna a otra persona y envía un correo electrónico diciendo que el se encargaría de lo que yo había estado haciendo, ojo, no le asigna ningún título; se me comunica que nada va a cambiar que yo seguiré como lo que siempre he sido "gerente de mercadotecnia" y que no me bajarán el sueldo.
El verlos a los ojos me hizo adivinar que salvo mucha gente y testigos y firmas y documentos firmados como gerente de plaza por mi, no tengo documento firmado por el dueño donde me diga que soy gerente de plaza. Y en teoría se puede decir que sólo fui de acuerdo con él y que siempre ne realidad he sido la gerente de mercadotecnia
Ayer llegó el contrato de la nueva persona y lo asignan tambien de gerente de mercadotecnia (el mismo puesto que se supone que yo tenía) y con un salario ridículamente bajo siendo que la persona jamas aceptaria algo asi..
En teoria los abogados me han dicho que podiamos acusar cambio de puesto y salario pero estos tipos lo han sabido manejar tan bien que al parecer ni el correo que mandó ni ls testigos ni las firmas serían suficientes para demostrar que yo era la gerente de plaza. que porque no hay nada firmado del dueño.
Por otro lado rescincion de puesto me tiene confundida porque pueden usar la misma estrategia de decir que no me han despedido que todo sigue igual como siempre.
Ya esta la otra persona haciendo mis funciones y yo ahi sintiendome horrible, no se muy bien que hacer, por favor orientenme.Se vale hacer eso?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 1767
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Fecha de respuesta: Lunes 18 de Julio de 2011 19:05 2011-07-18 19:05 desde IP: 189.162.192.86
una pregunta que es lo que tu quieres con la empresa?----
quieres tu puesto de gerente?
ya noo quieres trabajar ahi?
Autor
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AutorRespuesta No: 1770
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Fecha de respuesta: Lunes 18 de Julio de 2011 19:53 2011-07-18 19:53 desde IP: 64.60.81.98
Quiero ya salirme pero que me liquiden por ley y a lo que veo estan jugando sucio para no darme nada.
Autor
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AutorRespuesta No: 1776
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Fecha de respuesta: Martes 19 de Julio de 2011 15:30 2011-07-19 15:30 desde IP: 187.140.36.25
ok para recindir debes tener pruebas de el cambio de las condiciones de tu trabajo,, ya que la crga de la pruebas es tuya esto es tu tienes que probar lo que dices.
entonces haste llegar de la documentacion que tienes en donde acreditas ser la gerente, y luego donde te bajan de puesto, para poder demandar ,
recuerda que para esta accion tienes 30 dias para presenar la demanda... por cierto yo estoy en gdl de donde eres tu? ya que mencionas que eres de una ciudad chica supongo no es tepic saludos..
Autor
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AutorRespuesta No: 1780
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Fecha de respuesta: Martes 19 de Julio de 2011 18:01 2011-07-19 18:01 desde IP: 189.142.123.87
lety: Recibe cordiales saludos de tu amigo el Lic. Polo de Ecatepec Estado de México: Aquí lo más IMPORTANTE es que debes cuidar tu ANTIGUEDAD, son muchos años, como para hecharlos a perder. Aquí entiendo que te estan "aplicando la aburridora".
No te pido, que no FIRMES NINGUN documento, que signifique RENUNCIA, no lo hags aunque te presionen. Aquí no te preocupes por LA CARGA DE LA PRUEBA. Si haces TODO lo que aquí te indico, lo vamos a lograr y poder tener en su momento y una EXCELENTE defensa. Ok?
Bueno, empezaremos, primeramente, porque con tu CELULAR graves diversos AUDIOS, de los que deben ser de pláticas entre tú y tu pátrón, siempre que esté cerca de tí comentale "señor, porque me quita mi puesto de GERENTE plaza, si usted me lo dió, prometiendome aumentarme el salario" el te contestará "yo nunca firmé contrato yo sólo lo hice de palabra con usted".
Y así todos los "audios" que puedas obtener, te servirán de PRUEBA, y haber que hace tu patrón cuando lo demandes y sepa que está GRABADO. Y con esto también olvidate de los TREINTA DIAS, tu tendrías SESENTA días para demandar, así te lo digo, así que no te preocupes, te trascribo la siguiente tesis para que la estudies y veas de todo lo que puedes hacer para tu demanda.
VIDEOGRABACIONES EN EL PROCEDIMIENTO LABORAL. AL SER UNA VARIANTE DE LA PRUEBA DOCUMENTAL LES RESULTAN APLICABLES LAS REGLAS PREVISTAS PARA ÉSTA POR LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.
El artículo 776, fracción VIII, de la Ley Federal del Trabajo establece que en el proceso laboral son admisibles toda clase de pruebas, siempre que no sean contrarias a la moral o al derecho y prevé, especialmente, entre otras pruebas, las fotografías y, en general aquellos medios aportados por los descubrimientos de la ciencia; por lo cual, es incuestionable que las grabaciones videográficas constituyen un adelanto científico que puede resultar útil como medio probatorio; sin embargo, su ofrecimiento, admisión, desahogo y valoración no están regulados por la legislación laboral citada, como sucede en relación con la confesional, la testimonial, la pericial y la documental. No obstante ello, si mediante los videocasetes se reproducen imágenes de hechos que pueden tener algún significado probatorio procesal, en tanto que los tratadistas de la teoría general del proceso, particularmente de la prueba judicial, coinciden en que la prueba de documentos comprende todo aquel instrumento mediante el cual se representan, de manera gráfica, hechos relevantes para el proceso de que se trata, susceptibles de ser apreciados por los sentidos; consecuentemente, debe concluirse que los videocasetes, dada su naturaleza, son una variante de la prueba documental, por ello, les resultan aplicables las reglas sobre el ofrecimiento, admisión, desahogo, objeciones, alcance y valor probatorio establecidas por la Ley Federal del Trabajo para la prueba documental.
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.
Amparo directo 1377/2003. David de la Rosa Tapia. 19 de agosto de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Ramón Raúl Arias Martínez. Secretario: Fernando Sustaita Rojas.
PRUEBAS DE AUDIO Y VIDEOGRABACIÓN EN EL JUICIO LABORAL. ATENDIENDO A SU NATURALEZA, SU DESECHAMIENTO POR NO ACOMPAÑARSE EN SU OFRECIMIENTO LOS ELEMENTOS NECESARIOS PARA SU DESAHOGO CONSTITUYE UNA VIOLACIÓN A LAS LEYES DEL PROCEDIMIENTO.
Texto: Si bien es cierto que el artículo 780 de la Ley Federal del Trabajo establece la obligación de ofrecer las pruebas acompañadas de todos los elementos necesarios para su desahogo, también lo es que tratándose de la prueba consistente en casetes, uno de audio y otro de video, resulta improcedente que la autoridad laboral la deseche con base en que al ser ofertada no se exhibieron los instrumentos electrónicos necesarios para su práctica, ya que, en todo caso, debe conminar a su oferente para que el día y hora que fije para su desahogo, allegue los medios con los que pueda llevarse a cabo su reproducción, pues dada su naturaleza, resultaría ilógico pretender que al escrito de ofrecimiento deban acompañarse, además de los respectivos casetes, un audio reproductor, una video reproductora y un aparato de televisión, mecanismos que estarían en poder de la responsable durante todo el tiempo que transcurra hasta su diligenciación, lo cual sería oneroso para el oferente; consecuentemente, si la prueba es desechada, ello constituye una violación a las reglas del procedimiento que afecta las defensas del oferente y trasciende al resultado del fallo.”CUALQUIER DUDA que tengas con gusto por este mismo medio estoy para ayudarte. Ok? SALUDOS Y MUCHA PERO MUCHA SUERTE ! ! ! ! !Autor
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AutorRespuesta No: 1782
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Fecha de respuesta: Martes 19 de Julio de 2011 19:24 2011-07-19 19:24 desde IP: 64.60.81.98
Mil gracias a los dos por sus respuestas, puedo perfectamente hacer lo que me indica lic Polo, que es grabarlo, el problema es que el está en la capital del estado y no lo veo muy seguido, puedo llamarlo y obtener esa información.
Ahora quiero comentarles que platiqué con un abogado laboral aqui en mi ciudad; pero el problema es que es amigo del abogado laboral de la compañía, desafortunadamente solo hay 4 y ellos dos son "los mejores"...no hay mas...por cierto es posible recibir y llevar una situación así con un abogado de otro estado?
Este abogado me comenta que debido a que no hay ningun documento firmado de que fui la gerente de plaza, entonces tengo las de perder porque tengo que demostrar mi cambio de puesto pero como esta compañía ha tenido decenas de demandas se las sabe de todas todas. y precisamente no me bajaron de sueldo, mi sueldo esta intacto. y como les comenté la nueva persona firmo hoy su contrato con el mismo puesto y con un sueldo bajísimo. Por lo que me dice que descartemos esta opción.
Aqui la pregunta es, si consigo la grabación, todavía procedería aunque no me hayan bajado el sueldo? es también el cambio de puesto una razón para que me den un finiquito digno?
Bueno, continuando, el abogado me ha dicho que la opción por la que yo debo seguir es despido injustificado, porque han puesto a otra persona que está haciendo lo que yo hacía y de hecho hoy, el nuevo gerente nos dijo a mi y otras dos empleadas (que dependían de mi y a las que también el efecto dominó las movió de puesto) que el patrón quiere despedirnos pero que "él" -en tono de salvador del mundo- está interecediendo para que no nos despidan. Nos repite eso constantemente y me parece ridículo estar así; pero entiendo que precisamente mi antiguedad es lo que a ellos le temen, porque según esta situación yo puedo optar por reclamar horas extras y que no nos pagó utilidades el año pasado y que se compensaría lo obtenido en este caso a lo que obtuviera si fuera el caso #1 pero que este es más fácil ya que aquí ya no tengo que demostrar nada.
Serían tan amables de confirmarme, si este segundo caso procede? Qué ocupo para comprobar el despido injustificado? ya han sido casi 3 semanas de que esto pasó y me da miedo que se me pase el tiempo y que despues se de como aceptada mi inconformidad.
Me dice el abogado que no es necesario que vaya más (porque yo he estado asistiendo puntualmente y tratado en lo posible de hacer mi trabajo porque cabe mencionar que los correros y las acciones y preguntas me llegan de la misma manera como antes, el nuevo gerente es un flojo de primera) pero también tengo miedo de que me acusen de abandono injustificado.
Es verdad que bajo esta opción de despido puedo reclamar salarios caidos, horas extras, comisiones y demás?
No saben qué desesperante es no tener el apoyo y la asesoria adecuada, por lo que les agradezco el tiempo y la información.
Autor
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AutorRespuesta No: 1783
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Julio de 2011 12:06 2011-07-20 12:06 desde IP: 189.189.126.155
lety: Recibe cordiales saludos de tu amigo el Lic. Polo de Ecatepec Estado de México: Claro, lo que te está pasando es MUCHO muy DESESPERANTE, y aquí es donde debes de entender que "se desespera pierde", aquí ya todo depende de usted, que se calme, que no se estresse, y que haga lo que SE LE INDICA.
Insistiendo en que GRABE TODOS los AUDIOS que pueda, es importante que grabe hasta al NUEVO GERENTE,entiendalo por fabor. Ahora eso de que esos "abogados son lo mejores", por dios, no se deje SORPRENDER, por simples palabras, o por dichos de equis personas, y/o de pseudo-abogados, debiera verlos cuando se dan cuenta que no saben nada y lo que UNICO saben hacer es AMEDRENTAR a la gente, cuando estan con ABOGADOS profesionales y no con LEGULEYOS.
Es dificil, pero por el momento no se desespere, haga lo que le digo y verá que todo saldrá bien, si logra obtener PAPELERIA de su desempeño en el trabajo, donde usted firma memorandums, ordenes de trabajo, que se yo, todo lo que le pueda para su juicio a futuro. Todo lo que le corresponde se puede lograr conntando con los medios de prueba, que poco a poco se iran recolectando. OK? SALUDOS Y MUCHA PERO MUCHA SUERTE ! ! ! ! ! !
Autor
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AutorRespuesta No: 1784
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Julio de 2011 15:55 2011-07-20 15:55 desde IP: 64.60.81.98
Gracias Lic. Polo, si, estoy ya más tranquila y estamos yo y el resto de las chicas planeando hacer lo que nos ha indicado, toda esa documentación la tengo.
Mi pregunta específica es, mi caso será entonces por despido injustifcado?
gracias de verdad
Autor
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AutorRespuesta No: 1785
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Julio de 2011 16:20 2011-07-20 16:20 desde IP: 189.189.160.12
lety: Recibe cordiales saludos de tu amigo el Lic. Polo de Ecatepec Estado de México: Claro, que la tactica a seguir es el DESPIDO INJUSTIFICADO, (y claro que no te recomendaría la rescicion), bueno, aquí es IMPORTANTE, saber cuantas compañeras más participarían, y también es necesario que tengas CUIDADO, que no vaya a estar una que esté ("con el patrón"), porque se ACELERARIA la tactica a seguir.
Bueno, ahora RECUERDA los AUDIOS, por fabor, soy muy REPATITIVO, pero se trata de que vayan POR EL DIEZ, y verán como esos "mejores ABOGADOS" se iran haciendo chiquitos hasta DESAPARECER, vamos, aquí de lo que se trata, es que vayan SEGURAS sin temor alguno.
No se PREOCUPEN, hagan lo que les digo, y todo saldrá bien, por lo mientras sigan trabajando NORMALMENTE, aunque les apliquen la "aburridora", hasta que se logre el objetivo, de todos modos, si tienes más dudas con gusto por este mismo medio te puedo ayudar. OK? SALUDOS Y MUCHA PERO MUCHA SUERTE ! ! ! ! ! !
Autor
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AutorRespuesta No: 1798
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Fecha de respuesta: Jueves 21 de Julio de 2011 12:10 2011-07-21 12:10 desde IP: 189.162.208.127
cuando te pregunte.. que queria hacer contestaste que querias salirte,,, pero que te liquiden,, de manera formal te digo que si lo haces asi nomas se tomara como renuncia... si tu quieres recindir puedes hacerlo,,, o irte por lo mas sencillo aguanta la presion y espera que te despidan,, y despues haces lo que consideres
Autor
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AutorRespuesta No: 1799
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Fecha de respuesta: Jueves 21 de Julio de 2011 14:48 2011-07-21 14:48 desde IP: 64.60.81.98
Gracias Temillo y Lic. Polo.
Ahora si estoy confudida de nuevo.
Por un lado ya conseguimos una grabación del nuevo gerente diciendonos que "el nos esta salvando de que el dueños nos despida".
Ahora esa es la cuestion, yo no entiendo esto del despido injustificado que me dice usted Lic. Polo porque como le he repetido, en teoria no me bajaron de sueldo y sigo con mi puesto de "gerente de ventas", ellos estan esperando a que yo me salga, pero tanto el abogado de aquí como usted me han dicho que procede el despido injustificado, pero a lo que veo ellos solo estan jugando psicologicamente conmigo para que yo me enoje y renuncie personalmente, lo cual NO hare, pero entonces qué hago? El dueño no quiere hablar conmigo y por lo tanto no creo poder grabarlo diciendome que todo el acuerdo fue de palabra.
La verdad ya estoy confundida, aguanto hasta que me despidan pero a lo que veo por ellos no lo haran.
Pueden explicarme porque entonces, el caso de Despido injustificado procederia?
gracias.
Autor
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AutorRespuesta No: 1800
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Fecha de respuesta: Jueves 21 de Julio de 2011 17:31 2011-07-21 17:31 desde IP: 201.149.254.34
ESTIMADA LETY.
HE LEIDO LAS RECOMENDACIONES QUE HAN HECHO LOS ABOGADOS Y SON BUENAS RECOMENDACIONES, PERO EN MI PARTICULAR PUNTO DE VISTA YO TE ACONSEJO QUE REALICES ACCIONES CONCRETAS, RESPETO LAS ESTRATEGIAS DE LOS ABOGADOS QUE HAN HECHO SUS RECOMENDACIONES, PERO NO LAS COMPARTO EN SU TOTALIDAD, YA QUE EXISTEN OTRAS MAS PRECISAS Y CONCRETAS, CONSIDERO QUE EN LO QUE TE DEBES ENFOCAR, NO ES EN EL PUESTO NI EN EL SALARIO, DEBES ENFOCARTE EN LA PARTE RELATIVA AL DESPIDO INJUSTIFICADO, PORQUE LAS OTRAS CUESTIONES SON ACCESORIAS Y LA PRINCIPAL ES EL DESPIDO INJUSTIFICADO, DEPENDIENDO LA ESTRATEGIA QUE SE UTILICE EN UN JUICIO LABORAL ES COMO SE VA A DISTRIBUIR LA CARGA PROBATORIO (A QUIEN LE CORRESPONDE PROBAR SU DICHO) PERO POR REGLA GENERAL EN UN 90% LE CORRESPONDE AL PATRON DEMOSTRAR SU DICHO, ES DECIR, DEMOSTRAR QUE NO TE DESPIDIO, (A EXCEPCION DE QUE TE OFRESCA EL TRABAJO), POR ELLO NO TE RECOMIENDO LAS AUDIOGRABACIONES, SIMPLEMENTE ACOGETE A LOS BENEFICIOS QUE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO TE DA EN SUS ARTICULOS 804 Y 805 QUE DICEN:
Artículo 804.-El patrón tiene obligación de conservar y exhibir en juicio los documentos que a continuación se precisan:
I. Contratos individuales de trabajo que se celebren, cuando no exista contrato colectivo o contrato Ley aplicable;
II. Listas de raya o nómina de personal, cuando se lleven en el centro de trabajo; o recibos de pagos de salarios;
III. Controles de asistencia, cuando se lleven en el centro de trabajo;
IV. Comprobantes de pagos de participación de utilidades, de vacaciones, de aguinaldos, así como las primas a que se refiere esta Ley; y
V. Los demás que señalen las leyes.
Los documentos señalados por la fracción I deberán conservarse mientras dure la relación laboral y hasta un año después; los señalados por las fracciones II, III y IV durante el último año y un año después de que se extinga la relación laboral, y los mencionados en la fracción V, conforme lo señalen las leyes que los rijan.
Artículo 805.- El incumplimiento a lo dispuesto por el artículo anterior, establecerá la presunción de ser ciertos los hechos que el actor exprese en su demanda, en relación con tales documentos, salvo la prueba en contrario.
TRADUCIENDO ESTOS PRECEPTOS LEGALES, SOLO BASTA QUE EN TU ESCRITO DE DEMANDA DIGAS QUE FUISTE DESPEDIDA, (TIEMPO, LUGAR, MODO Y CIRCUNSTANCIAS) PARA QUE ASI EL PATRON TENGA LA OBLIGACION DE COMPROBAR QUE NO FUISTE DESPEDIDA, PARA ELLO SE NECESITA ANALIZAR DETENIDAMENTE LA NARRACCION DEL DESPIDO, PORQUE EN LO PERSONAL SOY MUY DELICADO PARA NARRARLO Y NO CAER EN OSCURIDADES.
POR TANTO LO QUE TE RECOMIENDO ES QUE TE ENFOQUES EN EL OBJETIVO PRINCIPAL, GANARLE UN POSIBLE JUICIO A TU PATRON, LAS PRESTACIONES ACCESORIAS VIENES DE REGALO "TUMBA LA CABEZA QUE EL CUERPO CAE SOLO"
SALUDOS DESDE ACAPULCO.
ATENTAMENTE
LIC. CARLOS ALBERTO REYNADA VELA.
P.D. PIDE INFORMES SOBRE LOS ABOGADOS ESPECIALISTAS EN DERECHO LABORAL DE ACAPULCO.
Autor
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AutorRespuesta No: 1801
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Fecha de respuesta: Jueves 21 de Julio de 2011 17:37 2011-07-21 17:37 desde IP: 201.149.254.34
ESTIMADA LETY.
POR OTRA PARTE, ES IMPORTANTE QUE SI TU QUIERES, NO PUEDES ESPERAR A QUE TE DESPIDAN, PORQUE COMO TE LO COMENTE ANTERIORMENTE CON EL HECHO DE QUE TU ALEGUES EN TU DEMANDA UN DESPIDO INJUSTIFICADO ES SUFICIENTE PARA QUE LE DEN ENTRADA A TU DEMANDA, (HAYA O NO HAYA DESPIDO, ESO SE COMPROBARA EN JUICIO), YO TE RECOMIENDO QUE VALORES LA POSIBILIDAD DE SALIRTE DE TU EMPLEO ANTES DE QUE EL PATRON TRAME ALGO EN TU CONTRA O TUS COMPAÑERAS, YA QUE UN RECURSO MUY RECURRIDO POR LOS PATRONES ES ACUSARLAS DE ROBO O DE ADMINISTRACION FRAUDULENTA PARA INTIMIDARLAS A QUE RENUNCIEN O BIEN PARA NEGOCIAR UN POSIBLE JUICIO ( DEMANDA VS DEMANDA, TU RETIRAS TU DEMANDA Y EL LA SUYA).
Y TE REPITO, NO NECESITAS MUCHAS PRUEBAS, LA CARGA PROBATORIA EN UN JUICIO ES DEL PATRON, LAS PRUEBAS QUE CONSIDERO NECESITARIAS SON 3 TESTIGOS, DE ACUERDO A LA ESTRATEGIA DE ATAQUE QUE YO UTILIZO, ACLARANDO QUE NO SOLAMENTE SE OFRECERIAN ESOS 3 TESTIGOS SINO UN CUMULO DE PRUEBAS MAS QUE SON DE CAJON, PERO LOS TESTIGOS SON PARA LA ACCION PRINCIPAL, QUE ES, ACREDITAR EL DESPIDO.
Autor
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AutorRespuesta No: 1802
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Fecha de respuesta: Jueves 21 de Julio de 2011 17:38 2011-07-21 17:38 desde IP: 64.60.81.98
LIC. CARLOS ALBERTO REYNADA VELA muchas gracias por su tiempo.
Bueno es exactamente lo que me dijo el abogado que consulté aquí, que en el primer caso (Cambio de puesto, etc) yo tengo que demostrar que el me movió de puesto y que podemos arriesgar más.
En cambio en el despido injustificado "la pelota está del lado de ellos" porque ellos tienen que demostrar que no me despidieron.
Lo que no he podido definir muy bien es si supongamos que yo realizo esta demanda la primer semana de agosto. Qué necesito hacer o recabar para tener probabilidades de ganar? necesito cambiar algo de mi forma de laborar por el momento? porque yo he seguido haciendo todo normal.
Cuando puedo dejar de ir y es verdad que tengo 60 dias para esto?
Mil gracias de verdad y cualquier información sobre los abogados en acapulco la agradecería.
me interesa mucho contar con un abogado profesional y neutral a mi lado.
Autor
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AutorRespuesta No: 1803
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Fecha de respuesta: Jueves 21 de Julio de 2011 17:43 2011-07-21 17:43 desde IP: 64.60.81.98
Agrego algo a mi comentario de arriba...por ejemplo, nos acaba de llegar una llamada a junta con el dueno en la capital...a mi, al nuevo jefe y a una de las administradoras.
Que hago? si voy, puede ser esto usado como prueba de que no me han despedido? o yo sigo laborando normalmente hasta que ya haga la demanda?
Autor
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AutorRespuesta No: 1815
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Fecha de respuesta: Viernes 22 de Julio de 2011 12:14 2011-07-22 12:14 desde IP: 189.189.161.3
letyviscarra; Y así llegarán más RESPUESTAS a su CONSULTA y usted SIEMPRE seguirá con las GRANDES DUDAS que le surgen en su deseperación como las que usted a expuesto; "estan esperando que me enoje, para que yo renuncie, lo cual NO hare, pero entonces que hago? "la verdad estoy confundida", "que la pelota está del lado de ellos" que ¿que hago? si voy, puede ser esto usado como prueba de que no ma han despedido?
Usted sola se BLOQUEA, le comentaba van a llegar DIVERSOS abogados y le darán su punto de vista, aquí cada ABOGADO puede plantear su estrategia, ya que cada UNO de los que aquí participamos, tiene su técnica, su forma de ver las cosas, de un Estado a otro CAMBIAN muchos criterios, aclaro que aunque La Ley Laboral, es Federal.
Siempre cambian los criterios, así que lo único que usted debe hacer, es pensar con calma que es lo que quiere, y no sunirse en algo que TODAVIA no SUCEDE, y ya está usted a punto de infarto.
Lo que yo le dado como respuesta a su CONSULTA es lo que yo hago y lo llevo a la práctica, si bien es cierto que la carga de la PRUEBA corresponbde al patrón según articulos 784, 804 y demás relativos, también es cierto que entre más elementos se tengan, más defensa tendrá en su futuro juicio. OK? SALUDOS.
Autor
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AutorRespuesta No: 1817
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Fecha de respuesta: Viernes 22 de Julio de 2011 18:58 2011-07-22 18:58 desde IP: 189.162.173.222
mire le voy a escribir lo que no queria, deje de estar estresada deje ese trabajo ya porque como dijo el forista anterior ellos ppdran tramar algo ,, como lo hace usted entonces pues..... , escoja un dia en especifico,, solo deje de ir y diga que la despidieron, ese dia (aunque nos e cierto) y demande ante la junta de su localidad,, y vera que le va ir bien,, eso si,, unas por otras,, saludos
Autor
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AutorRespuesta No: 1818
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Fecha de respuesta: Viernes 22 de Julio de 2011 18:58 2011-07-22 18:58 desde IP: 189.162.173.222
mire le voy a escribir lo que no queria, deje de estar estresada deje ese trabajo ya porque como dijo el forista anterior ellos ppdran tramar algo ,, como lo hace usted entonces pues..... , escoja un dia en especifico,, solo deje de ir y diga que la despidieron, ese dia (aunque nos e cierto) y demande ante la junta de su localidad,, y vera que le va ir bien,, eso si,, unas por otras,, saludos
Autor
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AutorRespuesta No: 1823
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Fecha de respuesta: Sábado 23 de Julio de 2011 21:13 2011-07-23 21:13 desde IP: 76.94.157.121
OK Si ya lo entendi, estoy dispuesta a salirme y demandar solo que la junta de mi ciudad estan todos de vacaciones y regresan hasta el 1ero de agosto.
Hay algun problema si dejo de asistir el lunes 25 pero presento la demanda hasta el lunes siguiente (hasta que abran las oficinas)?
gracias!
Autor
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AutorRespuesta No: 1824
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Fecha de respuesta: Sábado 23 de Julio de 2011 21:38 2011-07-23 21:38 desde IP: 189.189.143.45
lety: Ya se le a comentado, usted cuenta con DOS MESES para presentar su demanda, no hay problema, así se va usted a buscar otro empleo, CLARO que no menciones este ULTIMO empleo, señale uno anterior al ultimo y ya, pongase a trabajar y no ESPERE a que se resuelva de INMEDIATO su demanda.
Fijese que abogado contrata, y tome sus datos y direccion, NO ENTREGUE documentos ORIGINALES hasta que sean necesarios, aunque se los pidan no LOS ENTREGUE. CORRECTO? ok? saludos y suerte.
Autor
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AutorRespuesta No: 1840
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Fecha de respuesta: Martes 26 de Julio de 2011 14:18 2011-07-26 14:18 desde IP: 187.198.154.65
LETY.-
EL PLAZO QUE TIENE PARA DEMANDAR ES DE 2 MESES, SE CUENTAN SABADOS Y DOMINGOS.
ES PRECISO ACONSEJARLE QUE EN SU DEMANDA SEA CONCRETA Y NO RELATE TANTAS CUESTIONES DE LAS CUALES USTED TENGA LA CARGA DE LA PRUEBA, ELLO EN VIRTUD DE QUE SI LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO ES BENÉVOLA CON LOS TRABAJADORES NO HAY PORQUE NOSOTROS MISMOS ARROJARNOS CARGAS PROCESALES DESDE EL ESCRITO DE DEMANDA, POR ELLO ACONSEJO NONO NARRAR EN LA DEMANDA CUESTIONES QUE SOLO COMPLICARÍAN EL JUICIO EN EL SENTIDO DE QUE HAYAN OSCURIDADES (CUESTIONES QUE DEJEN DUDAS) QUE HAGAN QUE AUN DICTADO LAUDO (SENTENCIA) EL JUICIO SE TENGA QUE INICIAR DEBIDO A ESAS IRREGULARIDADES.
Y COMO DIJO EL FORISTA ANTERIOR, SOLO SALGASE DE SU TRABAJO Y EMPIECE LA DEMANDA.
Y NO ANDE DANDOLE TANTAS VUELTAS AL ASUNTO CON ESO DE LAS AUDIOGRABACIONES Y COSAS POR EL ESTILO.
CIERTAMENTE SON MAS ELEMENTOS DE CONVICCION, PERO INSISTO, SER MAS OBJETIVO SERIA MEJOR.
Autor
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AutorRespuesta No: 1841
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Fecha de respuesta: Martes 26 de Julio de 2011 14:46 2011-07-26 14:46 desde IP: 187.198.147.166
LETY.-
LE TRANSCRIBO EL CRITERIO DE LA CORTE QUE ESTABLECE QUE LO QUE SUCEDE SI SU DEMANDA TIENE IRREGULARIDADES, (SE EMPIEZA EL JUICIO DE NUEVO).
Novena Época Registro: 177745 Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Jurisprudencia Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XXII, Julio de 2005 Materia(s): Laboral Tesis: I.8o.T. J/2 Página: 1351
VIOLACIÓN A LAS LEYES DEL PROCEDIMIENTO LABORAL. SE ACTUALIZA CUANDO LA JUNTA, A PESAR DE HABER DICTADO LAUDO CONDENATORIO, OMITIÓ REQUERIR AL TRABAJADOR PARA QUE ACLARARA LAS IRREGULARIDADES DE LA DEMANDA, SI AMBAS PARTES PROMUEVEN EL JUICIO DE AMPARO Y EL PATRÓN ALEGA EN SUS CONCEPTOS DE VIOLACIÓN QUE DEBIÓ ABSOLVÉRSELE POR OSCURIDAD DE LA DEMANDA Y RESULTA PROCEDENTE. El artículo 159 de la Ley de Amparo prevé los casos en los que se consideran violadas las leyes del procedimiento y que afectan las defensas del quejoso con trascendencia en el resultado del fallo y, en especial, la hipótesis contenida en la fracción XI, relacionada con la diversa VI, del citado precepto, cuando la Junta, a pesar de haber dictado laudo condenatorio, existiendo irregularidades en la demanda omite requerir al trabajador para que la regularice, en términos del artículo 873 de la Ley Federal del Trabajo, y ambas partes promuevan el juicio de amparo, y el patrón alega en sus conceptos de violación que hubo oscuridad en la demanda y que por ello debió absolvérsele, pues en tal caso, dada la conexidad que existe entre ambos juicios, tendrían que resolverse simultáneamente y declarar fundados los conceptos de violación hechos valer por la parte patronal, lo cual sería en perjuicio del trabajador y, en esa tesitura, es evidente que esa omisión de la responsable trasciende al resultado del fallo en detrimento de éste.
OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Amparo directo 11448/2004. Gabriel Ornelas Grimaldo. 3 de febrero de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Ernesto Maldonado Lara. Secretario: David Salvador López Soto.
Amparo directo 188/2005. Rita Yolanda García Ruelas. 17 de febrero de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Ernesto Maldonado Lara. Secretario: David Salvador López Soto.
Amparo directo 3368/2005. Amalio Hernández Bravo. 11 de mayo de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Ernesto Maldonado Lara. Secretaria: Elizabeth Mendoza Solano.
Amparo directo 3758/2005. Bardomiano Sosa Hernández. 31 de mayo de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Ernesto Maldonado Lara. Secretaria: Guadalupe Ortiz Gamboa.
Amparo directo 3988/2005. Efraín Morales Miranda. 8 de junio de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Ernesto Maldonado Lara. Secretario: David Salvador López Soto.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-2000, Tomo V, Materia del Trabajo, página 114, tesis 138, de rubro: "DEMANDA LABORAL. LA OMISIÓN DE REQUERIR AL TRABAJADOR PARA QUE LA ACLARE O CORRIJA CONSTITUYE UNA VIOLACIÓN PROCESAL QUE, AMERITA LA REPOSICIÓN DEL PROCEDIMIENTO EN EL SUPUESTO DE QUE AFECTE LAS PRETENSIONES DEL ACTOR Y TRASCIENDA AL RESULTADO DEL FALLO." y Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXI, marzo de 2005, página 1182, tesis XIX.2o.42 L, de rubro: "OSCURIDAD DE LA DEMANDA LABORAL. LA OMISIÓN DE LA JUNTA DE REQUERIR AL TRABAJADOR PARA QUE LA ACLARE, CORRIJA O REGULARICE CUANDO ADVIERTA QUE DICHA OSCURIDAD IMPEDIRÁ LA RESOLUCIÓN DE LA ACCIÓN INTENTADA, CONSTITUYE UNA VIOLACIÓN A LAS LEYES DEL PROCEDIMIENTO."
EN BASE A ESTE CRITERIO ES RECOMENDABLE SER OBJETIVOS EN UN JUICIO LABORAL, CIERTAMENTE EN LA VIDA REAL EXISTEN SITUACIONES QUE SON NATURALES DE LA RELACION LABORAL, PERO EN UN JUICIO YO RECOMIENDO LIMITARNOS A LO QUE NOS LLEVARA AL EXITO EN EL JUICIO.
POR ELLO NO UTILIZO ESTRATEGIAS YA DEFINIDAS Y QUE A LO LARGO DEL TIEMPO HAN DADO RESULTADOS FAVORABLES, SIN ARRIEGAR EL PATRIMONIO DE LOS CLIENTES CON INNOVANDO ESTRATEGIAS QUE VAN ENCAMINADAS A PRESTACIONES ACCESORIAS.
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AutorRespuesta No: 1853
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Fecha de respuesta: Miércoles 27 de Julio de 2011 20:54 2011-07-27 20:54 desde IP: 189.189.154.224
lety: Reciba saludos de su amigo el Lic. POlo de Ecatepec Esatdo de México: Pues ya tiene TODO sólo es cuestión de que piense que es lo que desea hacer, mejor asesoría laboral no puede tener. OK? SALUDOS Y MUCHA PERO MUCHA SUERTE ! ! ! ! !
Saludos colegas participantes.
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Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
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