- Inicio
- Sala Laboral
Sala Laboral
VACACIONES PAGADAS O NO???
- Consulta : 1449
- Autor : miriamarteaga
- Publicado : 2011-06-13 15:28 desde la IP: 201.138.182.246
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 594
-
AutorConsulta
-
Publicado el Lunes 13 de Junio de 2011
Estado de Referencia: Colima
HOLA BUENAS TARDES
MI DUDA ES PORQUE EL 30 DE MAYO SALI DE VACACIONES Y REGRESE EL 6 DE JUNIO, LA QUINCENA DE MAYO OSEA EL 31 DE MAYO ME LLEGO BIEN MI SALARIO, PERO YA CASI SE HACERCA LA OTRA QUINCENA Y NO ME A LLEGADO MI PRIMA VACACIONAL, Y EN ESTA QUINSENA ME DISEN QUE SE ME PAGA DEL 6 QUE REGRESE AL 15 DE JUNIO Y PUES YO DIGO DONDE ESTAN MIS VACACIONES PAGADAS Y MI PRIMA VACACIONAL Y CADA VEZ QUE PREGUNTO ME DISEN QUE LUEGO ME EXPLICAN MI EMPRESA ES FORANEA, NOS MANEJAN POR AGENCIA Y LA AGENCIA NOS LIQUIDA CADA AÑO DISQUE POR TAMBIEN NOS LLEGA CUALQUIER COSA UNOS 300PS MAS, PERO NO SE SI ESTA BIEN O QUE HACER NUNCA ME HABIA PASADO ESTO
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 1608
-
Fecha de respuesta: Miércoles 15 de Junio de 2011 09:54 2011-06-15 09:54 desde IP: 187.177.184.157
En respuesta a su consulta, le informo.
La obligación del patron de otorgarle lass vacaciones que conforme a la Ley Federal del Trabajo le corresponden a usted con goce de salario, queda cumplida si a usted le concede el disfrute de ese descanso, y le son pagados los salarios (semanales o quincenales) íntegros, sin descontarlo los días que no acudió a trabajar por difrutar de esa prestación.
El pago de vacacione no significa que al trabajador, además del salario que le corresponde, deba pagársele otra cantidad igual durante los días que disfrute de vacaciones, ya que entonces ello equivaldría a que durante ese período de descanso, percibiera salario doble, considerando que los días que no acudió a laboral por encontrarse de vacaciones, el salario que se le paga, sin haberlo devengado, es justamente el del día de vacaciones disfrutado.
En cuanto a la prima vacacional, aún cuando la Ley Federal del Trabajo no señala si su pago debe de ser previo o posterior al disfrute de vacaciones, por sentido común debe entenderse que el patrón debe pagarla antesde que el trabajador goce de ese descanso; sin embargo, en muchas empresas acostumbran pagarlas después de que el trabajador reanudó labores, al pagarle los salariosen la forma y época acostumbados, es decir, en la semana o quincena posterior al regreso de sus vacaciones.
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
Columna leida: 78861718 veces.
Lecturas completas: 4106