Estado de Referencia: Puebla
HOY ES 14 DE MAYO 2011
EL IMSS ME OTORGO 3 PENSIONES TEMPORALES POR INVALIDEZ Y DURANTE 6 AÑOS TUVE QUE AMORTIZAR AL INFONAVIT DE LAS CUANTIAS DE MIS PENSIONES. LA 4a PENSIÓN YA FUE DEFINITIVA.
LA COMISION DE INCONFORMIDADES DEL INFONAVIT RESOLVIO LIBERAR MI CREDITO BAJO LA TESIS AISLADA 176567 "LA PREEXISTENCIA DE ENFERMEDADES ES INAPLICABLE" Y ANTE NUEVA PETICION PARA QUE EL INFONAVIT ME DEVUELVA ESAS AMORTIZACIONES; LA COMISION DE INCONFROMIDADES NO HACE CASO DE LA JURISPRUDENCIA 182170 "NO EXIGEN QUE EL ACREDITADO ESTE AL CORRIENTE DE LOS PAGOS MENSUALES" Y NEGO LA DEVOLUCION RECLAMADA.
ACUDI A LA PROFEDET, DEFENDERAN MI CASO PERO SOLO POR LAS AMORTIZACIONES QUE REALICE DENTRO DE LA PENSION DEFINITIVA.
NO ESTOY DE ACUERDO CON ESO Y EL DIA 17 SE VENCE PLAZO PARA PROMOVER UN AMPARO.
a).- ¿PUEDO PROMOVER DICHO AMPARO? b).-SI NO ES ASI ¿QUE PUEDO HACER, Y COMO? c).- ¿EXISTEN OTRAS OPCIONES PARA MI CASO?
AGRADESCO SU ANTEMANO LA ORIENTACION.