- Inicio
- Sala Laboral
Sala Laboral
VACACIONES
- Consulta : 1208
- Autor : galillea
- Publicado : 2011-04-22 08:44 desde la IP: 187.140.192.169
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 594
-
AutorConsulta
-
Publicado el Viernes 22 de Abril de 2011
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 1344
-
Fecha de respuesta: Viernes 22 de Abril de 2011 16:50 2011-04-22 16:50 desde IP: 189.208.200.29
En respuesta a su consulta, le informo.
De acuerdo con el artículo 76, de la Ley Federal del Trabajo, al cumplir dieciocho años de servicio le corresponden dieciséis días de vacaciones:
Artículo 76.- Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios.
Después del cuarto año, el período de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios.
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
Columna leida: 78838650 veces.
Lecturas completas: 4105