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DESPIDO INJUSTIFICADO 6 AÑOS LABORADOS

  • Consulta : 1169
  • Autor : Fcor
  • Publicado : 2011-04-09 01:31 desde la IP: 187.160.72.3
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 592
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  • Autor
    Consulta

  • Fcor
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Nuevo León

    BUEN DIA:

    NECESITO QUE PORFAVOR ME ASESOREN ACERCA DE MI LIQUIDACION Y FINIQUITO , YA QUE EN LA EMPRESA EN LA QUE LABORABA HASTA EL DIA DE AYER ME HA DESPEDIDO INJUSTAMENTE ARGUMENTANDO QUE NO PODIAN SEGUIR PAGANDO MI SUELDO YA QUE SEGUN ELLOS ERA MUCHO.

    MI SUELDO DIARIO ES DE 706.42 INGRESE EN LA EMPRESA EL DIA 08 DE ABRIL DEL 2005 AL 08 DE ABRIL DEL 2011.

    QUISIERA QUE ME ASESORARAN`PARA SABER CUANTO ME CORRESPONDE DE FINIQUITO .

    DE ANTEMANO AGRADEZCO SU PRONTA RESPUESTA .

     

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  • Autor
    Respuesta No: 1262

  • aduron
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    border="0" cellpadding="0" cellspacing="0" width="927"> Fecha actual 5-Jan-11   Días salario 90 Inicio labores 8-Apr-05   Subtotal  $9,081.90 Último día laborado 7-Apr-11     Salario diario $100.91   Gran suma     Prestaciones + gratificación $18,518.92 Prestaciones de ley         Aguinaldo 2011 (3.99 días)  $402.26         Prima antigüedad (6.00 años, 72.03 días de salario) $7,268.84         Vacaciones del último año laborado (14.00 días) $1,412.74         Prima vacacional $353.19           $9,437.02        



  • Autor
    Respuesta No: 1263

  • aduron
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Eso por despido injustificado total, para negociar podrías aceptar 45 días de salario en vez de 90, para ahorrarte el juicio.



  • Autor
    Respuesta No: 1268

  • Fcor
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    LES AGRADEZCO SUS RESPUESTA , PERO AUN NO ME QUEDA CLARO CUANTO ES LO QUE ANTE LA LEY ME CORRESPONDE DE LIQUIDACION YA QUE MI SALARIO DIARIO ES DE 706.42 Y TENGO LAS PRESTACIONES DE LEY . ESPERO SUS RESPUESTAS . GRACIAS



  • Autor
    Respuesta No: 1281

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le inforno.

    No comparto el cálculo hecho por el Licenciado Durón, a qujien le envío un cordial saludo, ya que la cuantificación de diversas prestaciones es incorrecta; en consecuencia, acontinuación paso a señalarle detalladamente, las prestaciones a que tiene derecho:

    Indemnización constitucional, consistente en tres meses desalario (artículo 48, de la Ley Federal del Trabajo): $ 63,577.80;

    Prima de antigüedad, consistente en doce días por cada año de servicios prestados (artículo 162, de la Ley Federal del Trabajo), por lo que le corresponden 72 días por los seis años trabajados, prestación que se paga no con su salario nominal, sino con el equivalente a dos veces el salario mínimo (artículos 485 y 486, de la Ley Federal del Trabajo), del área geográfica que corresponde a la ciudad de Monterrey, Nuevo León (Área B: $ 58.13, por lo que debe cuantificarse con un salario diario de $ 116.26); 8,370.72;

    Vacaciones (artículo 76, de la Ley Federal del Trabajo) correspondientes al sexto año de servicios (doce días), más el veinticinco por ciento de prima vacacional (artículo 80, de la Ley Federal del Trabajo): $ 10,596.30;

    Aguinaldo (artículo 87, de la Ley Federal del Trabajo), proporcional al tiempo trabajado durante 2011 (5.16 días de aguinaldo, considerando que por cadames trabajado corresponde 1.25 días de aguinaldo): $ 3,645.12;

    Suman las anteriores prestaciones: $ 86,189.94, a las que habrán de añadir el pago de sueldos y prestaciones ordinarias que haya devengado al ocho de abril de dos mil once, y que no le hayan sido pagadas.

    Como recomendación, no firme al patrón ningún documento, ni finiquito, ni liquidación, ni convenio, ni renuncia ni ningún otro, ya que podrá servirse de él para itnentar acreditar que no lo despidió,sino que fue usted quien voluntariamente dio por terminada la relación de trabajo.

    Hágase asistir inmediatamente de un abogado especialista en derecho laboral, a fin de que inicie los trámites correspondientes presentando la demanda, ya que debe hacerlo antes de que transcurran dos meses a partir de la fecha en que lo despidieronl y en dicha demanda, además de las prestaciones ya señaladas, deberá reclamarse también el pago de los salarios caídos, desde la fecha del despido hasta el día que elpatrón de cumplimiento al laudo que lo condene a pagarlos.

    En caso de que lo considere conveniente, póngase en contacto conmigo, pudiendo obtener la información de mi teléfono,domicilio, cédula profesional, etcétera, ingresando a mi oficina virtual, representada por un fortafolio a un lado de mi nombre en esta respuesta, y le daré la orientación y asistencia adicional que requiera, sin compromiso alguno.





  • Autor
    Respuesta No: 1286

  • abogado leon
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Fcor: Recibe cordiales saludos de tu amigo el Lic. Polo de ecatepec estado de México: Sin quitar NINGUN valor a los comentarios vertidos por el COLEGA, raulcadena (saludos respetuosos).

    En primera, usted debe saber que una cosa es FINIQUITO, y otra cosa es LIQUIDACION, ambas tienes diferentes "PRECIOS" (gulp !  !  !  !  ! ) perdón por el término, pero así es, si usted firma RENUNCIA es FINIQUITO que le correspondería sólo: Proporcional de: Aguinaldo, Vacaciones, Prima Vacacional, salarios devengados, y prestaciones adeudadas como caja de ahorro, fondo de ahorro etc, etc, etc,

    Y si es despido INJUSTIFICADO, entonces si le CORRESPONDEN 90 días de salario diario INTEGRADO como INDEMNIZACION CONSTITUCIONAL, y el pago de la PRIMA DE ANRIGUEDAD.

    Sólo como observación (RESPETUOSAMENTE, claro) como VACACIONES le corresponderían CATORCE DÍAS y no doce.Ok? SALUDOS Y MUCHA PERO MUCHA SUERTE !  !  !  !  !  !

     



  • Autor
    Respuesta No: 1289

  • Fcor
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    les agradezco sus comentarios ya que me han despejado de muchas dudas, solo una ultima pregunta:

    cuanto es lo que me van a rebajar de impuestos.

     

     

    saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 1290

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si usted demanda, y la empresa, ya sea en la etapa conciliatoria del juicio o en cumplimiento dellaudo que se dicte, le paga su indemnización, lo tiene que hacer sin deducirle ningún impuesto.

    Si le entrega su liquidación sin que demande ni se tramite juicio, le descontará los impuestos correspondientes, de acuerdo almonto de laspercepciones totales que haya recibido en el año, es decir, considerando los sueldos y prestaciones que le haya pagado a partir del uno de enero de dos mil once, tomando en consideración la cantidad de impuestos que ya le hubiere retenido.



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