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DIFAMACIóN EN CONTESTACIóN DE DEMANDA

  • Consulta : 1164
  • Autor : difamado
  • Publicado : 2011-04-08 13:13 desde la IP: 187.144.192.208
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 596
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  • Autor
    Consulta

  • difamado
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Guanajuato

    Estimados foristas, atentamente solicito su orientación con el asunto siguiente:

    En contestación por la parte patronal de Demanda por despido Injustificado;  EN RELACIÓN CON LOS HECHOS DE LA DEMANDA SE CONTESTA:, "que se me solicitaba aclaración de producto que había dispuesto en beneficio propio,  resultado de una auditoria interna, la cual arrojó un faltante de producto por varios millones de pesos", siendo totalmente falso, tanto lo de la auditoría como del faltante.

    Aclaro que no obstante lo anterior, se me ofrece reinstalación, solo que en lugar diferente en el que laboraba.

    Por lo anteriormente comentado sufrí daño Moral grave, ya que fui difamado y resulté perjudicado en la búsqueda de trabajo, así como en mis ocupaciones, con mi familia y en general con el medio en que me desempeño.

    La responsabilidad es de el o los poderdantes?, tienen responsabilidad? o, ¿contra quién debo proceder? ¿debo demandar? ¿civil?¿penal? ¿qué debo demandar? etc.

    Mucho agradeceré su respuesta.

    Atte.,

    difamado

     

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  • Autor
    Respuesta No: 1269

  • difamado
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Agradezco su pronta respuesta; sin embargo, aunque lo primordial es el resultado del juicio, me gustaría saber si se puede proceder, y de qué forma contra la ¿acusación? como usted la menciona o contra la difamación.

    Atte.,

    Difamado.



  • Autor
    Respuesta No: 1280

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    Comparto la opinión del Licenciado Durón, en cuanto a que el ofrecimiento de reinstalación hecho, cuando media una imación como la señalada por la demanda en su contestación, es de mala fe, y por tanto, no se revierte la carga de la prueba, lo que deberá conducir a un laudo condenatorio para la patronal.

    Respecto su otro cuestionamiento, usted debe proceder a presentar ante el agente del Ministerio Público de su localidad.la denuncia penal en contra, tanto de la empresa como de sus representantes y/o apoderados, por haber cometido en su perjuicio el delito de difamación y calumnia previsto y sancionado por el artículo 188, Código Penal del Estado de Guanajuato, para lo cual, deberá acompañar copias certificadas del escrito de contestación a la demanda en donde le atribuyen esa conducta ilícita, solicitando que, además del ejercicio de la acción penal, se deduzca también la relativa a la reparación del daño moral que le han causado, debido al descrédito y daño a su honra y reación.



  • Autor
    Respuesta No: 1299

  • difamado
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Licenciados Durón y Cadena, muy agradecido con sus respuestas; abusando un poco más, ¿es posible tener, o conocer algunas jurisprudencias con respecto al ofrecimiento de mala fe?

    Nuevamente, gracias.



  • Autor
    Respuesta No: 1303

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si, existe un considerable número de jurisprudencias y criterios sustentados por los Tribunales Colegiados, relativos a que el ofrecimiento del patrón a la reinstalación, cuando en su contestación atribuye al trabajador conductas indebidas, es de mala fe, aunque no lo reconvenga, y sólo como ejemplo, me permito transcribirle la siguiente:

    Registro IUS:  179249

     Localización: Novena Época, Tribunales Colegiados de Circuito, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XXI, Febrero de 2005, p. 1732, tesis III.2o.T.138 L, aislada, Laboral. 

     OFRECIMIENTO DE TRABAJO. ES DE MALA FE CUANDO EL PATRÓN ATRIBUYE CONDUCTAS DOLOSAS AL TRABAJADOR, CON INDEPENDENCIA DE QUE EXISTA O NO RECONVENCIÓN. Este tribunal reitera la postura que sostuvo en la tesis III.2o.T. 39 L, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XIV, agosto de 2001, página 1373, bajo el rubro: "OFRECIMIENTO DE TRABAJO. NO PUEDE CONSIDERARSE DE MALA FE AUN CUANDO EL PATRÓN RECONVENGA AL EMPLEADO.", en el sentido de que cuando un patrón reconvenga al trabajador por el pago de cierta cantidad en dinero no implica que el ofrecimiento sea de mala fe; sin embargo, con independencia de que exista o no acción reconvencional, la oferta de trabajo debe estimarse de mala fe cuando el patrón señala que el desempeño del trabajador no fue de manera correcta, imándole la realización de conductas dolosas o impropias, lo que es fuertemente cuestionable, porque con ello no es lógico aceptar que la patronal pretenda que se reanude la relación laboral, ya que resulta ilógico que acepte que el trabajador regrese a laborar a sabiendas de que se comporta de manera indebida; motivo por el cual debe considerarse de mala fe la oferta de trabajo, en virtud de que no evidencia una verdadera intención de mantener viva la relación de trabajo, sino sólo para obtener la reversión de la carga probatoria.

    SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.



  • Autor
    Respuesta No: 1306

  • difamado
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Lic. Cadena, le quedo muy agradecido con sus comentarios y orientación.

    Saludos.

    Atte.,

    Difamado.



  • Autor
    Respuesta No: 1307

  • difamado
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Lic. Cadena, le quedo muy agradecido con sus comentarios y orientación.

    Saludos.

    Atte.,

    Difamado.



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